Norma Legal Oficial del día 16 de Noviembre del año 2012 (16/11/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 16 de noviembre de 2012

En uso de las facultades conferidas por los articulos 29° y 88° del TUO del Codigo Tributario, el articulo 11° del Decreto Legislativo Nº 501, el articulo 5° de la Ley Nº 29816 y el inciso q) del articulo 19° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT aprobado por el Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM y MORDAZA modificatoria; SE RESUELVE: Articulo 1°.- MODIFICACION DEL LUGAR DE CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES FORMALES Y SUSTANCIALES CON CODIGO Nº 25 Sustituyase el lugar de cumplimiento de las obligaciones tributarias formales y sustanciales identificado en la Tabla contenida en el articulo 1° de la Resolucion de Superintendencia Nº 011-2011/ SUNAT con el Codigo Nº 25, para que los Principales Contribuyentes de la Oficina Zonal MORDAZA cumplan con dichas obligaciones, asi como para que inicien procedimientos contenciosos y no contenciosos y realicen todo MORDAZA de tramite referidos a tributos internos administrados y/o recaudados por la SUNAT, de acuerdo al siguiente detalle:
CODIGO DE LUGAR DE CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES FORMALES Y SUSTANCIALES 25 LUGAR DE CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES FORMALES Y SUSTANCIALES MORDAZA MORDAZA MORDAZA (Oeste) Nº 280 (antes Nº 298) de la Urbanizacion Independencia Manzana C Lote 16, distrito y provincia de Barranca, departamento de Lima.

Que conforme al Articulo 14° del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicacion de Proyectos Normativos y Difusion de Normas Legales de Caracter General, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, el 6.9.2012 y el 16.10.2012 se publico en el MORDAZA Web de la SUNAT (www.sunat.gob.pe) los proyectos de la presente norma; En merito de lo dispuesto en el inciso g) del Articulo 23° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administracion Tributaria aprobado con Decreto Supremo N° 115-2002PCM, y de conformidad con las facultades conferidas en la Resolucion de Superintendencia N° 122-2003/SUNAT y la Resolucion de Superintendencia N° 028-2012/SUNAT; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Apruebese el Procedimiento Especifico INTA-PE.00.09 (Version 3), "Clasificacion Arancelaria de Mercancias", conforme al siguiente texto: I. OBJETIVO Establecer las pautas que regulan la emision, revocacion, modificacion o sustitucion de resoluciones de clasificacion arancelaria de mercancias. II. ALCANCE Esta dirigido a los operadores del comercio exterior y al personal de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administracion Tributaria ­ SUNAT. III. RESPONSABILIDAD La aplicacion, cumplimiento y seguimiento de lo establecido en el presente procedimiento es de responsabilidad de la Secretaria Institucional, Intendencia Nacional de Tecnica Aduanera (INTA), Intendencia Nacional de Administracion, Intendencia de Fiscalizacion y Gestion de Recaudacion Aduanera y de las intendencias de aduana de la Republica. IV. VIGENCIA

DEPENDENCIA

Oficina Zonal MORDAZA

Articulo 2°.- VIGENCIA La presente resolucion entrara en vigencia a partir del 19 de noviembre del 2012. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Nacional

A partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. V. BASE LEGAL - Ley General de Aduanas, aprobada por Decreto Legislativo N° 1053 del 26.6.2008 y sus normas modificatorias; - Reglamento de la Ley General de Aduanas, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2009-EF del 16.1.2009 y sus normas modificatorias; - Arancel de Aduanas, aprobado por Decreto Supremo N° 238-2011-EF del 24.12.2011 y sus normas modificatorias; - Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, Ley N° 27806 del 3.8.2002 y sus normas modificatorias; - Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N° 27444 del 11.4.2004 y sus normas modificatorias; - Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por Decreto Supremo N° 135-99-EF del 19.8.99 y sus normas modificatorias; - Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria, aprobado por Decreto Supremo N° 115-2002-PCM del 28.10.2002, y; - Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo N° 057-2009-EF del 7.3.2009. VI. NORMAS GENERALES 1. Toda persona natural o juridica puede solicitar la clasificacion arancelaria de una mercancia mediante el formato denominado "Solicitud de Clasificacion Arancelaria de Mercancias", en adelante la solicitud (Anexo 1). 2. Corresponde a la INTA determinar la clasificacion arancelaria de la mercancia en la subpartida nacional del Arancel de Aduanas vigente mediante la emision de una Resolucion de Clasificacion Arancelaria, en adelante Resolucion.

866943-1

Aprueban el Procedimiento Especifico "Clasificacion Arancelaria de Mercancias" INTA-PE.00.09 (Version 3) y dejan sin efecto el Procedimiento Especifico "Muestras" INTA-PE.01.06 (Version 1)
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE ADUANAS Nº 507-2012/SUNAT/A
Callao, 14 de noviembre de 2012 CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas N° 627-2007/SUNAT/A, se aprobo el Procedimiento Especifico de Clasificacion Arancelaria de Mercancias INTA-PE 00.09 (Version 2); Que se ha visto por conveniente aprobar una nueva version del Procedimiento Especifico "Clasificacion Arancelaria de Mercancias" INTA-PE.00.09 (Version 3), la cual permitira simplificar y agilizar el despacho; Que asimismo, resulta necesario dejar sin efecto el Procedimiento Especifico "Muestras" INTA-PE.01.06 (version 1) aprobado por Resolucion de Intendencia Nacional N° 001059-1999, toda vez que su contenido se encuentra recogido en el Arancel de Aduanas aprobado por Decreto Supremo N° 238-2011-EF, el Procedimiento Especifico INTA-PE.01.01 (version 3) "Despacho Simplificado de Importacion", la Ley N° 29459 - Ley de Productos Farmaceuticos y Dispositivos Medicos y su reglamento aprobado por D.S. 016-2011SA;

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