Norma Legal Oficial del día 16 de Noviembre del año 2012 (16/11/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano MORDAZA, viernes 16 de noviembre de 2012

NORMAS LEGALES

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EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES VISTO: El Informe Nº 15-2012/SGBIS/GDIS/MDSJM, de fecha 20 de marzo del 2012, de la Sub Gerencia de Bienestar e Inclusion Social, Informe Nº096-2012-GDIS-MDSJM de fecha 26 de Setiembre del 2012 de la Gerencia de Desarrollo e Inclusion Social, Informe Nº 673-2012-GAJMDSJM de fecha 05 de Octubre del 2012 de la Gerencia de Asesoria Juridica, respecto al Proyecto del Reglamento de Funcionamiento del Centro Integral de Atencion al Adulto Mayor (CIAM-SJM), en la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Miraflores; y, CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo establecido en el articulo 194 de la Constitucion Politica del Peru, senala que las Municipalidades son organos de gobierno local y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos que son de su competencia, siendo que esta autonomia radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico, en concordancia con lo establecido en el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972. Que, la Ley Nº 27972, establece en el numeral 2.4. del articulo 84º, que son funciones especificas exclusivas de la las municipalidades distritales organizar, administrar y ejecutar los programas locales de asistencia, proteccion y apoyo a la poblacion en riesgo, de ninos, adolescentes, mujeres, adulto mayor, personas con discapacidad y otros grupos de la poblacion en situacion de discriminacion; Que, de conformidad con la Ley Nº 28803, Articulo 8º, el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social MIMDES, promueve a traves de la Direccion de Personas Adultos Mayores, la Creacion de los Centros Integrales de Atencion al Adulto Mayor (CIAM), en las Municipalidades Provinciales y Distritales; Que, el Articulo 6º del Reglamento de la Ley de Personas Adultas Mayores, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2006-MIMDES, establece que el objetivo del CIAM, es asegurar espacios saludables integrales de socializacion, beneficio a la poblacion adulta mayor y garantizando la inclusion de las personas adultas mayores con discapacidad y a las familias que tienen a su cargo personas adultas mayores con dependencia; Que, mediante Ordenanza Nº 000101-2009-MDSJM, se constituye el Centro Integral de Atencion al Adulto Mayor (CIAM-SJM), en la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Miraflores, El CIAM-SJM, es el espacio Municipal de prestacion, coordinacion y articulacion, intra e interinstitucional de servicios basicos integrales y multidisciplinarios para el bienestar y promocion social de las personas Adultas Mayores del Distrito de San MORDAZA de Miraflores. Con Informe Nº 15-2012-SGBIS-GDIS-MDSJM de fecha 21 de marzo del 2012, la Sub Gerencia de Bienestar E Inclusion Social, informa que es necesario la reglamentacion del CIAM SJM y en cumplimiento a la Ordenanza Nº 0001012009-MDSJM se ha procedido a elaborar el Reglamento del Funcionamiento del Centro Integral de Atencion al Adulto Mayor de la Municipalidad de San MORDAZA de Miraflores, asi mismo dicho reglamento contempla lo que no contempla la Ordenanza Nº 000101-2009-MDSJM. Con Informe Nº 096-2012-GDIS-MDSJM de fecha 26 de setiembre del 2012, la Gerencia de Desarrollo E Inclusion Social, remite el proyecto de decreto de alcaldia que tiene por finalidad aprobar el Reglamento de Funcionamiento del Centro Integral de Atencion al Adulto Mayor (CIAM-SJM) de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Miraflores, concluyendo que dentro del cumplimiento de los objetivos es proponer normas referidas al desarrollo social para mejorar la calidad de MORDAZA de las personas adultas mayores promoviendo espacios saludables de socializacion, conservacion de la salud y desarrollo personal, a traves de sus actividades favoreciendo la participacion activa organizada, por lo que da la factibilidad para su aprobacion. Asimismo, solicita a esta Gerencia emita opinion legal. Que, el articulo 42º de la Ley Nº 27972, dispone que los Decretos de Alcaldia establecen normas reglamentarias y de aplicacion de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta aplicacion y eficiente administracion municipal; Estando a lo expuesto, en uso de sus atribuciones

conferidas en el articulo 20º numeral 6) y articulo 42º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades. SE DECRETA: Articulo Primero.- APROBAR el Reglamento de Funcionamiento del Centro Integral de Atencion al Adulto Mayor (CIAM-SJM), en el Distrital de San MORDAZA de Miraflores, que consta de XII Titulos que forman parte integrante del presente Decreto de Alcaldia, con el objetivo de mejorar la calidad de MORDAZA de las personas adultas mayores a traves de un servicio que les proporcione espacios saludables para realizar tareas y actividades que refuercen su capacidad creativa e imaginativa garantizando la inclusion de dicho segmento social. Articulo Segundo.- El presente Decreto de Alcaldia entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo e Inclusion Social, Subgerencia de Bienestar e Inclusion Social, la ejecucion de las acciones pertinentes para el cumplimiento de la presente norma. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

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MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE PORRES
Establecen beneficios tributarios y no tributarios en el distrito
ORDENANZA Nº 334-MDSMP
San MORDAZA de Porres, 14 de noviembre del 2012. EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE PORRES En Sesion Ordinaria del Concejo Municipal de fecha 14.NOVIEMBRE.2012, con el quorum reglamentario de los senores regidores, se trato sobre el proyecto de Ordenanza que otorga beneficios tributarios y no tributarios en el distrito; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Dictamen Nº 008 -2012-CPF/MDSMP la Comision de Planificacion y Finanzas recomienda al Pleno del Concejo la aprobacion del proyecto de Ordenanza que establece beneficios tributarios y no tributarios en el distrito, con el objeto de brindar a nuestros contribuyentes las mayores facilidades para el cumplimiento de sus obligaciones sustanciales de naturaleza tributaria y, asimismo, fomentar el cumplimiento voluntario de las obligaciones formales; contandose al respecto con las opiniones favorable de la Gerencia de Administracion Tributaria (Informe Nº 062-2012-GAT/MDSMP), Gerencia de Asesoria Juridicas (Informe Nº 608-2012-GAJ/MDSMP) y Gerencia Municipal (Proveido Nº 2366-12-GM); De conformidad con los articulos 9, inciso 9); 39 y 40 de la Ley Nº 27972 ­ Organica de Municipalidades; articulo 41 del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF; con el Dictamen Nº 008 -2012-CPF/MDSMP; con el MORDAZA Unanime de los senores regidores y con la dispensa de la lectura y aprobacion de al acta, el Concejo Municipal de San MORDAZA de Porres aprueba la siguiente:

ORDENANZA QUE ESTABLECE BENEFICIOS TRIBUTARIOS Y NO TRIBUTARIOS EN EL DISTRITO CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo Primero: Ambito de aplicacion La presente Ordenanza es de aplicacion en la jurisdiccion del distrito de San MORDAZA de Porres, provincia y departamento de Lima.

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