Norma Legal Oficial del día 29 de Junio del año 2013 (29/06/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 71

El Peruano Sabado 29 de junio de 2013

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0082 : Programa Nacional de Saneamiento MORDAZA 3 000001 : Acciones Comunes 5 001777 : Transferencia de Recursos para Agua y Saneamiento MORDAZA 1 : Recursos Ordinarios 480 825,00

PROGRAMA PRESUPUESTAL PRODUCTO ACTIVIDAD FUENTE DE FINANCIAMIENTO

2.3. La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, instruira a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 3. Autoriza Transferencia Financiera 3.1. Autorizase la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento MORDAZA, a favor de la Entidad Prestadora de Servicio de Saneamiento Grau S.A, hasta por la suma de S/. 10 023 112,00 (DIEZ MILLONES VEINTITRES MIL CIENTO DOCE Y 00/100 NUEVOS SOLES), para el financiamiento del proyecto de inversion publica de saneamiento MORDAZA "Mejoramiento y Ampliacion del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de los Asentamientos Humanos La MORDAZA I, II y III Etapa, Urb. San MORDAZA, Sagrado Corazon de MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Grau del Distrito de MORDAZA ­ Piura", con codigo SNIP N° 83555. 3.2. La transferencia financiera autorizada por el presente Decreto Supremo se realiza con cargo al presupuesto aprobado en el presente Ano Fiscal del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento MORDAZA, Programa Presupuestal 0082: Programa Nacional de Saneamiento MORDAZA, Producto 3 000001: Acciones Comunes, Actividad 5 001777: Transferencias de Recursos para Agua y Saneamiento MORDAZA, Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios. Articulo 4. Limitacion al uso de los recursos Los recursos de las transferencias a que hacen referencia los articulos 1 y 3 del presente Decreto Supremo, no podran ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Articulo 5. Informacion Los Pliegos habilitados informaran al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, la desagregacion de los recursos autorizados en la presente norma; asi mismo, conjuntamente con la entidad prestadora de servicios de saneamiento, los avances fisicos y financieros de la ejecucion de los proyectos a su cargo, con relacion a su cronograma de ejecucion y a las disposiciones contenidas en los Convenios, para efectos de las acciones de verificacion y seguimiento a que se refiere el articulo 11 de la Ley N° 29951. Articulo 6. Del Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento y por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintinueve dias del mes de junio del ano dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas

GASTO DE CAPITAL 2.4. Donaciones y Transferencias UNIDAD EJECUTORA PROGRAMA PRESUPUESTAL PRODUCTO ACTIVIDAD FUENTE DE FINANCIAMIENTO

005 : Programa Nacional de Saneamiento Rural 0083 : Programa Nacional de Saneamiento Rural 3 000001 : Acciones Comunes 5 001778 : Transferencia de Recursos para Agua y Saneamiento Rural 1 : Recursos Ordinarios 111 537 708,00 ============ 112 018 533,00 ============ En Nuevos Soles Instancias Descentralizadas : Gobiernos Locales 0082 : Programa Nacional de Saneamiento MORDAZA 1 : Recursos Ordinarios 480 825,00

GASTO DE CAPITAL 2.4. Donaciones y Transferencias TOTAL EGRESOS A LA: SECCION MORDAZA PLIEGOS PROGRAMA PRESUPUESTAL FUENTE DE FINANCIAMIENTO

GASTO DE CAPITAL 2.6. Adquisicion de Activos no Financieros PROGRAMA PRESUPUESTAL FUENTE DE FINANCIAMIENTO

0083 : Programa Nacional de Saneamiento Rural 1 : Recursos Ordinarios 111 537 708,00 ============ 112 018 533,00 ============

GASTO DE CAPITAL 2.6. Adquisicion de Activos no Financieros TOTAL EGRESOS

1.2. Los Pliegos habilitados en la seccion MORDAZA del presente articulo y los montos de transferencia por Pliego y proyecto, se detallan en el Anexo "Transferencia de Partidas para el Financiamiento de Proyectos de Inversion Publica de Saneamiento" que forma parte integrante del presente Decreto Supremo y se publica en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento (www.vivienda.gob.pe) en la misma fecha de la publicacion de la presente MORDAZA en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 2. Procedimiento para la Aprobacion Institucional 2.1. El Titular de los Pliegos habilitador y habilitados en la presente Transferencia de Partidas aprueba mediante Resolucion, la desagregacion de los recursos autorizados en el articulo 1 de la presente MORDAZA, a nivel programatico, dentro de los cinco (5) dias calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. MORDAZA de la Resolucion sera remitida dentro de los cinco (5) dias de aprobada a los organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23 del Texto Unico Ordenado de la Ley N 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF. 2.2. La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitara a la Direccion General de Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.

956025-14

Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector publico para el Ano Fiscal 2013, para el financiamiento de proyectos de inversion publica de saneamiento MORDAZA y rural
DECRETO SUPREMO N° 156-2013-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el literal a) del articulo 4 de la Ley Nº 27792, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda,

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