Norma Legal Oficial del día 06 de Marzo del año 2013 (06/03/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 71

El Peruano MORDAZA, miercoles 6 de marzo de 2013

NORMAS LEGALES
COSTO TOTAL POR CONTRIBUYENTES DE UN SOLO PREDIO (S/.) 150356.39 CUADRO RESUMEN COSTO TOTAL 168,212.93 INGRESO POTENCIAL 162,518.00

490229
DIFERENCIA 5,694.93

COSTO TOTAL EMISION PARA PREDIAL (S/.) 168,212.93

COSTO TOTAL POR FORMATOS ADICIONALES DE PU o PR (S/.) 17856.54

6.1.4. Determinacion del Costo de Derecho de Emision para Contribuyentes de un solo Predio: El derecho de emision y distribucion por contribuyente de un solo predio, resulta del producto del valor de un formato por la cantidad de formatos por cuponera. En el caso de contribuyentes de un solo predio, debemos indicar que cada cuponera contendra tres formatos (HR, PU o PR y LAM) y dos cargos de notificacion.
CANTIDAD DE FORMATOS A UTILIZAR POR CUPONERA 5 COSTO POR DERECHO DE EMISION PARA CONTRIBUYENTES DE UN SOLO PREDIO (S/.) S/. 2.07

La diferencia de S/. 5,694.93 (Cinco Mil Seiscientos Noventicuatro y 93/100 Nuevos Soles) sera integramente asumida por la Municipalidad de MORDAZA El Salvador.

907905-1

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL
Aprueban el Reglamento del MORDAZA del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Ano Fiscal 2014
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 004-2013-MPH
Huaral, 28 de febrero del 2013 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL POR CUANTO: EL CONCEJO PROVINCIAL DE HUARAL VISTO: En Sesion Ordinaria de la fecha, el Informe Nº 046-2013-MPH/GPPR de fecha 27 de Febrero del 2013 de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalizacion; y, CONSIDERANDO: Que, los Articulos 197º y 199º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley Nº 27680, que Aprueba la Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralizacion, establecen que las Municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la Participacion Vecinal en el desarrollo Local, formulan sus Presupuestos con la participacion de la poblacion y rinden cuenta de sus ejecuciones, anualmente, bajo responsabilidad de acuerdo a Ley. Que, el numeral 17.1 del Articulo 17º de la Ley Nº 27783, "Ley de Bases de la Descentralizacion" establece que los gobiernos locales estan obligados a promover la participacion ciudadana en la formulacion, debate y concertacion de sus planes de desarrollo y presupuestos, para cuyo efecto se debe garantizar la conformacion y funcionamiento de espacios y mecanismos de consulta, coordinacion, concertacion y vigilancia ciudadana, de acuerdo a Ley. Que, los Articulos 9º, 20º, 53º, 97º, 99º, 100º, 103º, 104º, asi como la Decima Sexta Disposicion Complementaria de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, aluden al MORDAZA Concertado del Presupuesto Participativo Municipal, comprometiendo al Consejo de Coordinacion Local y Sociedad Civil Organizada y disponiendo la Aprobacion Anual de dicho MORDAZA, mediante la respectiva regulacion via Ordenanza. Que, mediante la Ley Nº 28056, "Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo" y su modificatoria Ley Nº 29298, se establecen disposiciones que garantizan la efectiva participacion de la Sociedad Civil en el MORDAZA de Programacion Participativa del Presupuesto. Que, de conformidad con el Reglamento de la Ley Nº 28056 - Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo, Aprobado mediante Decreto Supremo Nº 142-2009-EF, se definen los conceptos, alcances y objetivos del MORDAZA Participativo, asi como detalla sus etapas: MORDAZA de Identificacion y Capacitacion de los Agentes Participantes, Desarrollo de Talleres de Trabajo, Evaluacion Tecnica de Prioridades y Rendicion de Cuentas.

COSTO POR CADA FORMATO (S/.) S/. 0.414016737

6.1.5. Determinacion del Costo por Derecho de Emision Mecanizada para Contribuyentes que posean mas de un Predio.- Para los contribuyentes que posean mas de un predio, se considerara el costo por derecho de emision mecanizada por impuesto predial y arbitrios municipales (cuponera) S/. 2,07 mas S/. 0.83 por predio adicional que posea. Los S/. 0.83 es el resultado de la suma de la Hoja PU o PR y LAM por cada predio adicional, es decir 2 formatos adicionales por predio. VII. DETERMINACION DE TASAS POR DERECHO DE EMISION Para la determinacion de las tasas por derecho de emision mecanizada por Impuesto Predial 2013 se ha redondeado al inmediato inferior, como se aprecia en el siguiente cuadro.
CUADRO DE TASAS PARA EMISION MECANIZADA CONCEPTO PARA UN SOLO PREDIO PREDIOS ADICIONALES COSTO DE EMISION MECANIZADA (S/.) S/. 2.07 S/. 0.83 TASA ANUAL (S/.) 2.00 0.80

VIII. VARIACION DE TASAS ­ EMISION MECANIZADA Y DISTRIBUCION El derecho de la emision mecanizada y su distribucion para el ano 2012, no fue presentado ante la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA para su correspondiente ratificacion. IX. ESTIMACION DE INGRESO POTENCIAL Para la estimacion del ingreso potencial por el derecho de emision y distribucion de los recibos por el impuesto predial, se ha considerado la cantidad de contribuyentes que solo tienen un predio multiplicado por la tasa anual senalado en el cuadro anterior, luego se ha sumado el ingreso proveniente por los predios adicionales que registran algunos contribuyentes obteniendo el ingreso potencial.
PREDIOS ADICIONALES 21,565.00 TASA ADICIONAL 0.80

CONTRIBUYENTE 72,633

TASA 2.00

INGRESO (S/.) 145,266.00

INGRESO 17,252.00

INGRESO TOTAL 162,518.00

En el siguiente cuadro resumen se puede observar que los ingresos no superan el costo total de emision mecanizada, debido a que se ha tomado redondeo hacia el inmediato inferior.

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