Norma Legal Oficial del día 06 de Febrero del año 2014 (06/02/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano Jueves 6 de febrero de 2014

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CONSIDERANDO: Que, por Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, se crean los Gobiernos Regionales y conforme a lo dispuesto por el Articulo 2º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867, estos emanan de la voluntad popular y son personas juridicas de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo para su administracion economica y financiera un pliego presupuestal. Que, los Articulos 11º y 13º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867, modificada por la Ley Nº 27902, establece que el Consejo Regional es el organo normativo y fiscalizador del Gobierno Regional; la misma MORDAZA en el Inc. a) del Articulo 15º concordante con el Inc. a) del Articulo 37º establece, que el Consejo Regional tiene la atribucion de aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional, asi como aprobar las decisiones de caracter institucional, de interes publico y ciudadano, mediante Acuerdos y Ordenanzas Regionales. Que, la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales en el Articulo 56 Inc. a) determina como funciones de los Gobierno Regional en materia de Transportes "Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y politicas en materia de transportes de la Region de conformidad con las politicas nacionales y los planes sectoriales. Que, el Plan Estrategico de Desarrollo Vial de la Region Amazonas 2013-2016, propuesto por el Ejecutivo Regional, para su aprobacion, es un documento de gestion que actualiza el Plan Vial Departamental Participativo de Amazonas 2010-2020 y se ha elaborado atendiendo a la sugerencia de la Direccion General de Politica de Inversiones del Ministerio de Economia y Finanzas, con la finalidad de incluir los proyectos correspondientes a la red vial departamental de Amazonas, contemplados en este Plan, dentro de los alcances de la RD. Nº 003-2012EF/63.01, ahora RD. Nº 008-2012-EF/63.01, para luego continuar con la priorizacion de los corredores, con la asistencia tecnica de la Direccion General de Politica de Inversiones. Que, este documento de gestion vial actualizado, constituye una herramienta que permitira al Gobierno Regional de Amazonas, anticipar de manera organizada sus acciones de desarrollo vial. El Plan Estrategico de Desarrollo Vial de la Region Amazonas, destaca en su rol estrategico de articular la red vial al sector productivo, orientando sus inversiones en infraestructura vial desde el territorio, producto y condicion de MORDAZA en los distintos espacios y procesos economicos, culturales y sociales. Que, el objetivo principal del Gobierno Regional de Amazonas en relacion a la gestion vial, enfocado en el Plan Estrategico de Desarrollo Vial de la Region Amazonas 2013-2016, es mejorar el sistema de articulacion vial, con indicadores de vias construidas, mejoradas, mantenidas y rehabilitadas, tambien esta orientado a mejorar el indicador reducido de via asfaltada dentro de la red departamental; por lo que esta propuesta de Plan Estrategico, reune los elementos para constituirse en un instrumento orientador de la gestion vial regional a mediano plazo, que permita progresivamente optimizar las estrategias de intervencion en los ejes viales estrategicos y caminos departamentales, para mejorar las oportunidades de desarrollo de los pueblos, conforme asi lo dictamina la Comision Ordinaria de Infraestructura, Transporte y Proyectos de Impacto Regional, siendo por lo tanto necesario su aprobacion mediante el dispositivo regional correspondiente; Que, estando a lo acordado y aprobado en Sesion Extraordinaria de Consejo Regional Nº 005, mediante Acuerdo Nº 006-2013 de fecha 23 de Diciembre del 2013, contando con el MORDAZA unanime de los Consejeros Regionales y en uso de sus facultades conferidas por el Inc. a) del Art. 37º de la Ley Nº 27867 y sus modificatorias Nº 28968 y 29053 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales. Se ha aprobado la Ordenanza siguiente: Articulo Primero.APROBAR el "PLAN ESTRATEGICO DE DESARROLLO VIAL DE LA REGION AMAZONAS 2013-2016", que en un documento de 263 paginas y 01 espiralado, forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional; Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Infraestructura, gestionar la difusion

conferidas por Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias Leyes Nº 27902, 28968 y 29053 y lo acordado por unanimidad en sesion del Consejo Regional de fecha 20 de diciembre del 2013, mediante Acuerdo de Consejo Regional Nº 241-2013, con dispensa de lectura y aprobacion de acta. ORDENA: Articulo Primero.- DECLARAR a los Sarcofagos de las Culturas Chachapoyas ­ Luya Chillaos, como patrimonio Cultural de la Region Amazonas, por ser de interes social e institucional la conservacion, proteccion, difusion, defensa por la importancia de la identidad Cultural y etnica de nuestro Pueblo. Articulo Segundo.- PROMOCIONAR E INCENTIVAR la investigacion y proteccion de los Sarcofagos de la Cultura Chachapoyas ­ Luya Chillaos por la simetria y estructura funeraria que la hacen unica en el MORDAZA para fines turisticos, destinando los recursos presupuestales y logisticos necesarios para la implementacion de la presente Ordenanza Regional. Articulo Tercero.- PUBLICAR la siguiente ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y diario de mayor circulacion de la Region, la que tendra vigencia al dia siguiente de su publicacion, conforme a lo dispuesto en el articulo 42º, de la Ley Organica de Gobiernos Regionales Ley Nº 27867. Articulo Cuarto.- DERIVAR la Ordenanza Regional y todos los actuados al Director Regional de Cultura Amazonas, para que por su intermedio realice los tramites administrativos pertinentes ante el Ministerio de Cultura para obtener la correspondiente inscripcion en el Registro Nacional de Bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nacion y de ese modo cumplir con la conveniencia tecnica para que se declare como PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACION a los Sarcofagos de las Culturas Chachapoyas ­ Luya Chillaos. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional Amazonas, para su promulgacion. En Chachapoyas, a los 27 dias del mes de diciembre del 2013. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Consejo Regional Amazonas POR TANTO: Registrese, publiquese y cumplase. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Amazonas, a los 8 dias del mes de enero del 2014. MORDAZA BERLEY MORDAZA MORDAZA Presidente 1046593-1

Aprueban el "Plan Estrategico de Desarrollo Vial de la Region Amazonas 2013 - 2016"
ORDENANZA REGIONAL Nº 340 GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS POR CUANTO: El Consejo Regional de la Region Amazonas, de conformidad con lo previsto en los articulos 191º y 192º de la Constitucion Politica del Peru del 1993 modificado por la Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre descentralizacion, Ley de Bases de la Descentralizacion, Ley Nº 27783, Ley Organica de los Gobiernos Regionales, Ley 27867 y sus modificatorias: en Sesion Ordinaria de fecha 23 de Diciembre del 2013, ha aprobado por unanimidad la presente Ordenanza Regional;

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