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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE JULIO DEL AÑO 1998 (27/07/1998)

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Lima, lunes 27 de julio de 1998 vc[tkrtEáf#) Pág.162607 1’ ’ Que mediante el Oficio RE (LEG) N° 2-19-B/170 de la Dirección de Asuntos Legales del Ministerio de RelacionesExteriores comunica que el Departamento de Estado de los Estados Unidos de América, con Nota del 20 de abril de 1998, ha informado a nuestra Embajada en dicho país, que el Departa-mento de Justicia Americano aprobó la transferencia al Perú dela interna ROSA MANUELA PINEDO PORTOCARRERO; Con la opinión favorable de la Dirección General de Seguri- dad y la Oficina General de Asesoría Jurídica del Instituto Nacional Penitenciario; De conformidad con lo dispuesto en el Tratado entre la República Peruana y los Estados Unidos de América sobre cumplimiento de condenas penales, aprobado por el Decreto LeyN” 23124, y los Artículos 2” y 8” del Decreto Ley N° 25993, Ley Orgánica del Sector Justicia; Estando a lo acordado;SE RESUELVE: Artículo l°.- AUTORIZAR al Instituto Nacional Peniten- ciario la ejecución del traslado y recepción de la interna ROSAMANUELA PINEDO PORTOCARRERO, recluida en el Insti- tuto Correccional Federal de Danbury, Connecticut, Nueva York, quien sera trasladada al Centro Federal de Detención de Miami - Estados Unidos de América, tan pronto se defina la fecha de su transferencia, para que cumpla en un establecimien-to penitenciario del Perú el resto de la condena de 76 meses de pena privativa de libertad con 3 años de libertad vigilada, impuesta por el delito de tráfico ilícito de drogas. Artículo 2°.- La presente resolución no irrogará gasto alguno al Estado, ni dará derecho de exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 3°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Justicia y el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíqueseRúbrica del Ing. Alberto FujimoriPresidente Constitucional de la República ALFREDO QUISPE CORREA Ministro de JusticiaEDUARDO FERRER0 COSTAMinistro de Relaciones Exteriores 8374 ECONOMIA Y FINANZAS ’ Autorizan viaje de funcionarios del OSIP- TEL a Suiza, en comisión de servicios RESOLUCIONSUPREMA N° 1 15-98-EF Lima, 24 de julio de 1998 CONSIDERANDO:Que, la Sociedad de Internet - ISOC organizó la Conferencia “International Networking - INET ‘98”, que se llev6 a cabo en la ciudad de Ginebra, Suiza, del 21 al 24 de julio de 1998; Que, con Oficio N” C.260-SG/98 de fecha 14 de julio de 1998, el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomuni-caciones -OSIPTEL- informa que mediante Resolución de Pre- sidencia N” 071-98-PD/OSIPTEL aprobó el viaje de la señorita Ana Rosa Martinelli Montoya, Gerente de Relaciones Empresa- riales y del señor Daniel Shimabukuro Maeki, Coordinador de Area de Informática y Sistemas, a fin de que participen en la mencionada conferencia, solicitando se autorice su viaje a laindicada ciudad, del 19 al 26 de julio de 1998; Que, en consecuencia es necesario autorizar dicho viaje, cuyos gastos fueron cubiertos con recursos del Presupuesto deOSIPTEL correspondientes al ejercicio de 1998; De conformidad con lo establecido en la Directiva N°009-96- OIOE, “Norma de Viajes”, aprobada mediante Resolución Mi-nisterial N” 165-96-EF/15, precisada por Resolución Ministerial N” 171-96-EF/15 y prorrogada por el Artículo 3” de las Resolu- ciones Ministeriales N°s. 019-97-EF/15 y 065-98-EF/15; y, Estando a lo acordado;SE RESUELVE: Artículo l°.- Autorizar en vía de regularización el viaje de la señorita Ana Rosa Martinelli Montoya, Gerente de Relacio- nes Empresariales y del señor Daniel Shimabukuro Maeki,Coordinador de Area de Informática y Sistemas del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones -OSIP- TEL-, ala ciudad de Ginebra, Suiza, del 19 al 26 de julio de 1998, paralos fines expuestos en la parte considerativa de la presenteresolución. Articulo 2”.- Los gastos que irrogue el cumplimiento del presente dispositivo legal, serán cubiertos con recursos del presupuesto del OSIPTEL: Us$ - Pasajes 3 157,68 - Viáticos 3 640,OO - Tarifa de CORPAC 50,oo Articulo 3”.- La presente Resolución Suprema no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana decualquier clase o denominación a favor de los funcionarios cuyoviaje se autoriza. Registrese, comuniquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto FujimoriPresidente Constitucional de la República JORGE BACA CAMPODONICO Ministro de Economia y Finanzas 8372 Autorizan viaje de profesionales del Ministerio para participar en eventos sobre epidemiol oía de campo a % realizarse en Colom ia RESOLUCIONSUPREMA IV 069-9%SA Lima, 25 de julio de 1998 Visto el Oficio OGE No 860-98, de la Oficina General de Epidemiologfa del Ministerio de Salud; CONSIDERANDO:Que el Instituto Nacional de Salud de Colombia ha organi- zado, para los días 28,29,30 y 31 de julio y 1 de agosto de 1998, el Primer Encuentro de los Directores de los Programas deEpidemiologfa de Campo de la Región de las Américas y laPrimera Conferencia Regional de las Américas de la Red de Entrenamiento en Salud Publica y Epidemiologfa de Campo; Que a dichas reuniones han sido invitados dos funcionarios de la Oficina General de Epidemiología, del Ministerio de Salud; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N” 276 y el Decreto Supremo N” 13590-PCM; y, Estando a lo acordado;SE RESUELVE: lo.- Autorizar al Dr. ROBERTO DEL AGUILA, Director de la Oficina Ejecutiva de Vigilancia y Evaluación de Vigilancia Epidemiológica y al Dr. AMADO RODRIGUEZ CALDAS, para que viajen a la ciudad de Santa Fe de Bogotá, Colombia, y participen en las reuniones señaladas en la parte considerativade la presente resolución, a partir del 28 al 31 de julio y 1 deagosto de 1998, debiendo presentar a su retorno un informe desu participación en dichas reuniones. 2”.- Los gastos de pasajes y viáticos serán financiados con fondos de la Oficina de Financiamiento, Inversiones y Coopera-ción Externa del Ministerio de Salud, según el siguiente detalle: - Pasajes US$ 687.94 c/u - Viáticos US$ 1000.00 c/u - Uso del aeropuerto US$ 25.00 ch 3”.- La presente resolución no dará derecho a exoneraciones aduaneras de ninguna clase o denominación. Registrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto FujimoriPresidente Constitucional de la República MARINO COSTA BAUER Ministro de Salud8383