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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE OCTUBRE DEL AÑO 1998 (19/10/1998)

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I.ima, luncb IY dc octuhn: de IYYX cfm Pág.165055 expidael dispositivolegalcorrespondientepara lainscripciónen primera de dominio a favor del Estado y posterior transferencia a su favor de los terrenos de 4 199,99 m2, ubicado en la intersección de las calles La República y Choquehuanca (Bos-que El Olivar) y la alameda Párroco Constancio Bollar de la urbanización San Isidro, y de 7 954,50 m2 ubicado en la intersec- ción de la calle Paul Harris y la avenida Coronel Pedro Portillode la urbanización “Santa Mónica”. en el distrito de San Isidro,provincia y departamento de Lima, respectivamente; y Que, mediante documentos de fecha 31 de octubre de 1996, la Municipalidad Distrital de San Isidro remitió a la Superintendencia de Bienes Nacionales los documentos téc-nicos que sustentan su solicitud de inscripción en primera de dominio y posterior transferencia a su favor del terreno de 4 199.99 m2. ubicado en la interseccik de las calles La Remí- blica y Choquehuanca (I3osque El Olivar) y Ia alameda Páko- co Constancio Bollar de la urbanización San Isidro, así comodel terrenode7954,50m2, ubicadoenlaintersecciónde lacalle Paul Harris y la avenida Coronel Pedro Portillo de la swbani- zación “Santa Mónica”. en el distrito de San Isidro. Drovincia v departamento de Li&:. Que. mediante Informes N” 097-97/SBN-DMAR y N” 098- BIIISBN-DMAR, de fecha 20 de mayo de 1997, la Dirección de Marne& v Acciones Rekstrales de la Suoerintendencia de Bie-I. nes Nacionales señala que el terreno de 4 1 Y9,99 m2 se encuen- tra dentro de área mayor inscrito a fojas 423 del tomo 23-B, asiento 6 de la urbanización San Isidro, en el rubro de áreas libres. pistas, calles y avenidas, según consta en la Certificación de la Oficina Retistral de Lima v Callao. de fecha 14 dv marzo de 1997 y que el?.erreno de 7 954,50 m2 se encuentra dentro de área mayor inscrita u fojas 55 del tomo X48, asiento 6 del Registro de la Propiedad Inmueble de Lima, en el rubro deparques, pistas y jardines de la urbanización “Santa Mónica”, según consta en la Certificación de la Oficina Registra1 c!e Lima y Callao, de fecha 21 de marzo de 1997; Que, mediante Informes N” 303-98/SBN-DAT y N” .104-98,’ SBN-DAT, de fecha 15 de julio de 1998, la Dirección d<s Apoyo Técnico de la Superintendencia de Bienes Nacionales da cuenta queuhicadoslosterrenossubmateriaenel planodelotizaciónde las urbanizaciones “San Isidro” y “Santa Mónica” respec-tivamente. éstos forman uarte de una extensión mayor destina- da a parque; Que, el Artículo 56” del Decreto Supremo N”OO7-85-V(‘, de fecha 15 de febrero de 1985, establece que las calles, parques, plazas y paseos: los bosques y prados; áreas de conservación y protección; las playas; los ríos y lagos con sus caucos y riberas y otras áreas de uso público tienen el carácter de intangibles, inalienables e imprescriptibles. agregando dicha norma que losmunicipios no permitirán su aplicación afines o modalidades deuso diferentes a las que su carácter de un bien público les impone; Que, asimismo se debe dejar establecido que la diferencia entre los bienes de dominio público y los bienes de propiedad del Estado, es que estos últimos son aquellos sobre los cuales el Estado tiene un derecho de propiedad con todos sus atributos y que los primeros son aquellos sobre los que el Estado no tiene derecho-de propiedad sino solamente potestad reglamentaria, administrativa v de tutela. perteneciendo a la colectividad sin que sean susceptibles de apropiación privada, no figurando por tanto en el haber patrimonial del Estado; Que, en consecuencia no resuIta aplicable a la solicituddela Municipalidad recurrente la incorporación al dominio privadodel Estado de un bien de uso público sobre el cual re puedainscribirunderechodepropiedad, correspondiendo en todo caso que los inmuebles actualmente construidos en el área pública antes descrita permanezcan al servicio público de su respectiva comunidad; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley N° 25556, modificado por Decreto Ley N° 25738. Decreto Ley N° 25554, Decreto Supremo N” y. Estando a lo informado por la Superintendencia de Bienes Nacionales; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Declarar improcedent e la solicitud de inscripción en primera de dominio a favor del Estado y posteriortransferencia a favor de la Municipalidad Distrital de San Isidro, de los terrenos de 4 199,99 m2, ubicado en la intersección de las calles La República y Choquehuanca (“Bosque El Olivar”) y la alameda Párroco Constancio Bollar de la urbanización San Isidro y de 7 954,50 n-12, ubicado en la intersección de la calle Paul Harris y la avenida Coronel Pedro Portillo de la urbaniza- LEGISLA~¡ON - CONCORDANCIA - JURISPRUDENCIA SUMILLA woElosnEtwsnY!JclonYMEEuIcIoyM: capaaluaci6n deUtMades. __I Swedad AMma (Regular) capiuliici6 n por Ajuste de carr. Man. Socedad Anónima Cerrada Reduccldn de Capital Sonedad Arhbna Abwla Transiormac~bn. fmibn y Escisión sJzcfcd Com=%Wl ae RerponsaMIdad Ltda. Düoluclón. Liquidacl6n y Exkión soeledad coleclrva Restabkcimiea~o de Equilibrm Patrimonul Socbdad en Gnnandna Slmpie y por AEciones Transterencia de Partic~pac~mes sociedades ClvlbS Y Oms acfcs wcmnOS Examine todas las posibilidades de reducir costos en materia de administración de salarios, aportaciones e impuestos. Temas que se desarrollarin: l Política Salarial y sus proyecciones. l Niveles y comportamiento del mercado. l Nuevas tendencias en las negociaciones colectivas. l Remuneración principal, remuneraciones complementarias, ingresos no considerados remuneraciones, condiciones de trabajo, formalidades y documentación administrativa. l Conceptos remunerativos y no remunerativos: distribución de menor costo. l Libros de planillas. Boletas de Pago. 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