Norma Legal Oficial del día 19 de octubre del año 1998 (19/10/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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MORDAZA, lunes 19 de octuhn: de 1998

SBS
Prorrogan plazo para que empresa bancaria proceda con la enajenacion de bien inmueble ubicado en la provincia de MORDAZA
RESOLUCION SBS W 1023-98

MORDAZA, 1 de octubre de 1998 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por el Banco de Comercio, para que se le otorgue prorroga para concretar la venta de un bien inmueble ubicado en la prolongacion Italia N" 1612, departamento 205, del distrito de La MORDAZA en la provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, el Articulo2 15"de la Ley General establecequecuando como consecuencia del pago de una deuda contraida previamente y de buena fe, se reciba o adjudique en ago total o parcial, bienes muebles o inmuebles, la empresa se que se trate debe enajenarlos en el plazo de un (1) ano, el mismo que podra ser prorrogado por la Superintendencia por una sola vez y por un MORDAZA de seis (6) meses; Que, en el referido articulo se precisaque, vencido dicho plazo, sin que se MORDAZA efectuado la venta o el arrendamiento financiero del bien, la empresa debera constituir una provision hasta por el monto equivalente al costo en libros de los bienes no vendidos; D C acuerdo con el Informe N"ASIF "C" 192-OTi98, y con la opinion favorable del Superintendente Adjunto de Banca; En uso de las atribuciones que le confiere la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros; Ley N" 26702: RESUELVE: Articulo Primero.- Prorrogar por seis (6) meses el plazo a que se refiere el Articulo 215" de la Ley General del Sistema Financieroyde1SistemadeSegurosyOrganicadelaSuperintendencia de Banca y Seguros, Ley N" 26702, para que el Banco de Comercio proceda con la enajenacion del bien inmueble ubicado en la prolongacion Italia N" 1612, departamento 205, del distrito de La MORDAZA en la provincia y departamento de Lima. Articulo Segundo.- Vencido el plazo de prorroga otorgado al Banco de Comercio, sin que se MORDAZA efectuado su enajenacion, dicha empresa debera proceder conforme a lo establecido en el MORDAZA parrafo del Articulo 215" de la Ley General, debiendo constituirse la correspondiente provision. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA NARANJO LANDERER Superintendente de Banca y Seguros
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te y de buena fe, se reciba o adjudique en ago tota1 o parcial, bienes muebles o inmuebles, la empresa Ipe que se trate debe enajenarlos en el plazo de un (ll ano, el mismo que podra ser prorrogado por esta Superintendencia por una sola vez y por un MORDAZA de seis (6) meses; Que, en el MORDAZA parrafo del referido articulo se precisa ue vencido dicho plazo, sin que la enajenacion se MORDAZA efectua9 o, el Banco Banex debera constituir una provision hasta or el monto equivalente al costo en libros de los bienes no ven g.idos; Estando a lo informado por el Intendente de Instituciones Financieras "A" mediante Informe ASIF"A"157-OT/98 de fecha 30 de setiembre de 1998 ya lo opinado por la Superintendenta Adjunta de Banca; y,, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley N" 26702, Ley Genera1 del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros; y en virtud de las facultades delegadas por Resolucion SBS N" 102598 del 1 de octubre de 1998; _' Articulo Primero.- Prorrogar por seis (6) meses elplazo a que se refiere el Articulo 215" de la Ley General, para que el BancoBanex, proceda alaenajenacion del bien inmueblbubicado en el lote N" 10, manzana E-l, MORDAZA Norte Baja; Urb, Punta Negra, distrito de Punta Negra, provincia y departamento de MORDAZA, el mismo que vencera el 24 de MORDAZA de 1999. Articulo Se ndo.- Vencido el plazo de prorroga que se otorga, el Banco ? anex debera proceder conforme a lo estable? cido en el MORDAZA parrafo del Articulo 215"de la Ley General, debiendo constituirse la correspondiente provision. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA HEYSEN MORDAZA Superintendenta de Banca y Seguros (ai.)
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RESUELVE:

Autorizan a entidad bancaria la organizacion de empresa subsidiaria
RBSOLUCION SBS W 1048-98

MORDAZA, 7 de octubre de 1998 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS La solicitud presentada por el Banco Wiese Ltdo. para que se le autorice la organizacion de una empresa subsidiaria titulizadora, bajo la denominacion de "WIESE SOCIEDAD TITULIZAD0RAS.A."; CONSIDERANDO: Que el directorio de la empresa recurrente, en sesion celebrada el 25 de marzo de 1998, aprobo la constitucion de la referida empresa subsidiaria, sustentando los motivos quejustifican su creacion; Estando a lo informado por la Intendencia de Instituciones Financieras "B" mediante Informe N" 117-07-98, por la Superintendencia Adjunta de Asesoria Juridica a traves del Informe N"686-98-AJ,yaloopinadoporlaSuperintendentaAdjuntade Banca; En uso de las atribuciones que le confiere la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley N' 26702, y la Resolucion SBS N" 1025-98 de 1 de octubre de 1998; RESUELVE:
lo.- Autorizar al Banco Wiese Ltdo. la organizacion de una empresa subsidiaria bajo la denominacion social de "WIESE SOCIEDAD TITULIZADORA S.A.". cuyo objeto social sera realizar todos aquellos actos, contratos negocios y operaciones permitidos alas sociedades htulizadoras por la Ley del MORDAZA de Valores. 2".- Devuelvase la minuta que la formaliza con el sello oficial deestaSuperintendenciaparasuelevacionaEscnturaPublica, en la que se insertara el texto de la presente resolucion y su posterior inscripcion en el Registro Mercantil de Lima. 3".- El Banco Wiese Ltdo. debera ublicar el texto de la presente resolucion en el Diario Oficial E 1 Peruano.

Prorrogan plazo para que empresa bancaria proceda a enajenar bien inmueble adjudicado en pago de deudas
RBSOLUCION SBS W 1041-98

MORDAZA, 6 de octubre de 1998 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La solicitud de prorroga del plazo para la enajenacion de un inmueble adjudicado recibido en cobro de acreencias, presentadaporelBancoBanex,conformealoprevistoporelArticulo215" de la Ley N" 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Sebwros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros; CONSIDERANDO: Que,elArticulo215"delaLeyGeneral,establecequecuando como consecuencia del pago de una deuda contraida previamen-

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA HEYSEN MORDAZA Superintendenta de Banca y Seguros (a.i.)
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