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Pág.165058 ~t~lj@h'/I~W:\l~ Lima, lunes 19 de octuhn: de 1998 SBS Prorrogan plazo para que empresa ban- caria proceda con la enajenación de bien inmueble ubicado en la provincia de Lima RESOLUCION SBS W 1023-98 Lima, 1 de octubre de 1998 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por el Banco de Comercio, para que se le otorgue prórroga para concretar la venta de un bien inmueble ubicado en la prolongación Italia N” 1612, departa- mento 205, del distrito de La Victoria en la provincia y departa- mento de Lima; CONSIDERANDO: Que, el Artículo2 15”de la Ley General establecequecuando como consecuencia del pago de una deuda contraída previamen- te y de buena fe, se reciba o adjudique en ago total o parcial, bienes muebles o inmuebles, la empresa se que se trate debe enajenarlos en el plazo de un (1) año, el mismo que podrá ser prorrogado por la Superintendencia por una sola vez y por un máximo de seis (6) meses; Que, en el referido artículo se precisaque, vencido dicho plazo, sin que se haya efectuado la venta o el arrendamiento financiero del bien, la empresa deberá constituir una provisión hasta por el monto equivalente al costo en libros de los bienes no vendidos; DC acuerdo con el Informe N”ASIF “C” 192-OTi98, y con la opinión favorable del Superintendente Adjunto de Banca; En uso de las atribuciones que le confiere la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; Ley N” 26702: RESUELVE: Artículo Primero.- Prorrogar por seis (6) meses el plazo a que se refiere el Artículo 215” de la Ley General del Sistema Financieroyde1SistemadeSegurosyOrgánicadelaSuperinten- dencia de Banca y Seguros, Ley N” 26702, para que el Banco de Comercio proceda con la enajenación del bien inmueble ubicado en la prolongación Italia N” 1612, departamento 205, del distrito de La Victoria en la provincia y departamento de Lima. Artículo Segundo.- Vencido el plazo de prórroga otorgado al Banco de Comercio, sin que se haya efectuado su enajenación, dicha empresa deberá proceder conforme a lo establecido en el segundo párrafo del Artículo 215” de la Ley General, debiendo constituirse la correspondiente provisión. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTIN NARANJO LANDERER Superintendente de Banca y Seguros 12000 Prorrogan plazo para que empresa ban- caria proceda a enajenar bien inmue- ble adjudicado en pago de deudas RBSOLUCION SBS W 1041-98 Lima, 6 de octubre de 1998 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La solicitud de prórroga del plazo para la enajenación de un inmueble adjudicado recibido en cobro de acreencias, presenta- daporelBancoBanex,conformealoprevistoporelArtículo215” de la Ley N” 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Sebwros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; CONSIDERANDO: Que,elArtículo215”delaLeyGeneral,establecequecuando como consecuencia del pago de una deuda contraída previamen-te y de buena fe, se reciba o adjudique en bienes muebles o inmuebles, la empresa Ipago tota1 o parcial, e que se trate debe enajenarlos en el plazo de un (ll año, el mismo que podrá ser prorrogado por esta Superintendencia por una sola vez y por un maximo de seis (6) meses; Que, en el segundo párrafo del referido artículo se precisa 9ue vencido dicho plazo, sin que la enajenación se haya efectua- o, el Banco Banex deberá constituir una provisión hasta monto equivalente al costo en libros de los bienes no ven g.or el idos; Estando a lo informado por el Intendente de Instituciones Financieras “A” mediante Informe ASIF”A”157-OT/98 de fecha 30 de setiembre de 1998 ya lo opinado por la Superintendenta Adjunta de Banca; y,, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley N” 26702, Ley Genera1 del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; y en virtud de las facultades delegadas por Resolución SBS N” 1025- 98 del 1 de octubre de 1998; RESUELVE:_’ Articulo Primero.- Prorrogar por seis (6) meses elplazo a que se refiere el Artículo 215” de la Ley General, para que el BancoBanex, proceda alaenajenación del bien inmueblbúbica- do en el lote N” 10, manzana E-l, Zona Norte Baja; Urb, Punta Negra, distrito de Punta Negra, provincia y departamento de Lima, el mismo que vencerá el 24 de abril de 1999. Articulo Se ??ndo.- Vencido el plazo de prórroga que se otorga, el Banco anex deberá proceder conforme a lo estable- cido en el segundo párrafo del Articulo 215”de la Ley General, debiendo constituirse la correspondiente provisión. Regístrese, comuníquese y publíquese SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendenta de Banca y Seguros (ai.) 11970 Autorizan a entidad bancaria la organización de empresa subsidiaria RBSOLUCION SBS W 1048-98 Lima, 7 de octubre de 1998 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS La solicitud presentada por el Banco Wiese Ltdo. para que se le autorice la organización de una empresa subsidiaria titu- lizadora, bajo la denominación de “WIESE SOCIEDAD TITU- LIZAD0RAS.A.“; CONSIDERANDO: Que el directorio de la empresa recurrente, en sesión cele- brada el 25 de marzo de 1998, aprobó la constitución de la referida empresa subsidiaria, sustentando los motivos quejus- tifican su creación; Estando a lo informado por la Intendencia de Instituciones Financieras “B” mediante Informe N” 117-07-98, por la Super- intendencia Adjunta de Asesoría Jurídica a través del Informe N”686-98-AJ,yaloopinadoporlaSuperintendentaAdjuntade Banca; En uso de las atribuciones que le confiere la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley N’ 26702, y la Resolución SBS N” 1025-98 de 1 de octubre de 1998; RESUELVE: lo.- Autorizar al Banco Wiese Ltdo. la organización de una empresa subsidiaria bajo la denominación social de “WIESE SOCIEDAD TITULIZADORA S.A.“. cuyo objeto social será realizar todos aquellos actos, contratos negocios y operaciones permitidos alas sociedades htulizadoras por la Ley del Mercado de Valores. 2“.- Devuélvase la minuta que la formaliza con el sello oficial deestaSuperintendenciaparasuelevaciónaEscnturaPública, en la que se insertará el texto de la presente resolución y su posterior inscripción en el Registro Mercantil de Lima. 3”.- El Banco Wiese Ltdo. deberá ublicar el texto de la presente resolución en el Diario Oficial E1 Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendenta de Banca y Seguros (a.i.) 12099