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Pág. 165296 t[mtlno @fh’d:~~ L,ima. .jucvcs 29 dc octuhrc de 1% base de material seleccionado con ancho mínimo de 0.10 m. debidamente nivelado y compactado.1 El desnivel con relación ala calzada será de 0.15 m. y su acabado debe ser con mezcla cemento-arena fina, en propor- ción 1:2 de un centímetro de espesor, bruñado a cada 1.0 m.. con juntas de 314” cada 5.00 m.1. En los extremos expuestos y/o en contacto con las calza- das, se construirán simultáneamente a las veredas, los sardineles de veredas de 0.15 x 0.30 m. RAMPAS PEATONALES Serán de concreto con fc = 140 k./cm2, debiendo ajustar- se a lo establecido por el Reglamento Nacional de Construc- ciones. OBRAS SANITARIAS Serán ejecutadas de conformidad con el proyecto de Agua Potable y Alcantarillado que deben ser aprobados por SEDAF’AL, d b’ de len o poner en conocimiento de dicha com- pañía, la fecha de inicio y término de las obras. ELECTRICIDAD Los interesados deberan solicitar a EDELNOR la instalación de las redes primarias y secundarias de ener- gía eléctrica pública y domiciliaria, los cuales serán ejecutados de acuerdo a los planes de expansión de dicha compañía. INSTALACIONES TELEFONICAS Para las instalaciones telefónicas, la parte interesada deberá coordinar con la Gerencia de Proyectos de Plantas Externas de dicha compañía, para la instalación de duetos y cámaras y la reserva de áreas para centrales. Artículo Cuarto.- Exonérese del pago por concepto de déficit de aportes reglamentarios, en mérito a lo dispuesto en el numeral II XIV-7.2 del Reglamento Nacional de Construcciones. Artículo Quinto.- Autorícese la inscripción indivi- dualizada de los lotes que conforman la presente Habili- tación, de conformidad con la Memoria Descriptiva y Plano que, debidamente sellados y firmados, forman parte inte- grante de la presente resolución. Artículo Sexto.- Considérese la presente habditación con construcción simultánea. Los propietarios de los lotes deberán solicitar previamente las respectivas autorizacio- nes y licencias de construcción a la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres. Artículo Séptimo.- Inscríbase en forma definitiva a favor de la Municipalidad de San Martín de Porres, las áreas de aporte reglamentario al uso de vivienda para recreación pública de 424.68 m2, conforme aparece en el plano materia de aprobación de esta resolución. Artículo Octavo.- Inscríbase en forma definitiva a favor del Ministerio de Educacion las áreas de Aporte para Educación de 629.60 m2, sobre el área destinada a vivienda. Artículo Noveno.- Dispóngase la publicacion de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Décimo.- Transcríbase la presente resolu- ción a los Registros Públicos para su corresponditsnte ins- cripción y a la Municipalidad Metropolitana de Lima. para su conocimiento y fines. Regístrese, publíquese y cúmplase. JAVIER KANASHIRO YWAMOTO Alcalde 12124 MUNICIPALIDAD DE QUINUA - HUAMANGA Disponen el saneamiento físico legal de inmuebles de propiedad de la municipalidad DECRETO DE ALCALDIA N” 004-SS-MDQIA Quinua, 21 de agosto de 1998 12015EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE QUINUA CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo N” 018-90-VC, se dispuso que las municipalidades quedan facultadas para gestionar la primera inscripción de dominio de los bienes inmuebles que le pertenezcan sin contar con títulos comprobatorios de dominio, mediante cualquiera de los procedimientos que él precisa; Que, asimismo por Decreto Supremo N” 026-96-PCM del 20 de junio de 1996, se ha dispuesto que las entidades del Gobierno Central, Gobiernos Regionales y Corporaciones de Desarrollo. Gobiernos Autónomos y demás dependencias públicas, dicten medidas específicas para el saneamiento físico legal de los bienes inmuebles de su propiedad, cuyo dominio no estuviera inscrito en los Registros Públicos a---L-- J-1 liktnrln. Que, el saneamiento físico legal de los inmuebles de la Municipalidad Distrital de Quinua resulta fundamental para optimizar sus rentas y constituir una fuente de finan- ciamiento para la ejecución de diversos proyectos de enver- gadura, en beneficio de la provincia de Huamanga; Que, con la finalidad de administrar de manera ópti- ma los bienes inmuebles que constituyen patrimonio de la municipalidad, resulta necesario dictar una norma que regule su saneamiento físico legal a efectos de poder explotarlos, obteniendo los medios económicos necesa- rios para desarrollar proyectos de interés para los vecinos del distrito; Que, es necesario contar con un procedimiento simpli- ficado que permita acceder con celeridad a la titulación de los bienes inmuebles de propiedad municipal a fin de cumplir los objetivos señalados anteriormente; De conformidad con lo dispuesto por el numeral 6 del Art. 47” de la Ley W 23853, Orgánica de Municipalidades; DECRETA: lo.- Disponer el saneamiento físico legal de los bienes inmuebles de propiedad de la Municipalidad Distrital de Quinua, que a la dación del presente decreto no se encuentran inscritos en los Registros de la Propiedad Inmueble de la Superintendencia Nacional de los Regis- tros P úblicos. ‘20..- .La Municipalidad Distrital de Quinua a partir de la vigencia del presente decreto procederá a inscribir los bienes inmuebles de su propiedad en los registros de la propiedad inmueble acompañando a la solicitud de inscrip- ción los siguientes documentos: a. Memoria descriptiva del inmueble b. Plano de ubicación c. Plano perimétrico d. Declaración jurada haciendo constar que el inmueble está libre de todo gravamen, embargo, medida cautelar o proceso judicial. 3”.- Las inscripciones a que se refiere el artículo anterior a solicitud de la Municipalidad Distrital de Quinua, ae convertirán en definitivas una vez que haya transcurrido el plazo de 30 días sin que haya mediado opción judicial de terceras personas. 4”.- La Municipalidad Distrital de Quinua regularizará la inscripción de las declaraciones de fábrica, ampliaciones, modificaciones o rectificaciones de declaratoria, adquiridos bajo cualquier forma o modalidad, antes de la vigencia del presente decreto, se presentará la solicitud correspondiente ante los Registros Públicos adjuntando los siguientes docu- mentos: a. Memoria descriptiva del inmueble b. Planos de ubicación y de distribución 5”.- Encargar a la División de Proyectos y Obras, y a la Oficina de Administración, realizar las acciones estable- cidas en el presente decreto. Regístrese, comuníquese y cúmplase. SUSANO MENDOZA PAREJA Alcalde