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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE ENERO DEL AÑO 2000 (11/01/2000)

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Pág. 182576 NORMAS LEGALES Lima, martes 11 de enero del 2000 De conformidad con el Decreto Ley Nº 25515, y el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar a partir de la fecha la renuncia presentada por el Ing. JORGE ZUZUNAGA ZUZUNAGA, al cargo de Asesor del Despacho Ministerial del Ministerio de Pesquería, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- El Ing. Jorge Zuzunaga Zuzunaga, retorna- rá a su plaza de origen en el Instituto del Mar del Perú, como especialista en Dinámica de Poblaciones, categoría remune- rativa F-3, de la Dirección General de Investigaciones de Recursos Hidrobiológicos. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República CESAR LUNA-VICTORIA LEON Ministro de Pesquería 0327 M T C Autorizan a CORPAC adquirir mate- riales para instalación y mantenimiento de sistemas de ayudas luminosas de aeropuertos de la República DECRETO SUPREMO Nº 053-99-MTC EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, la Corporación Peruana de Aeropuertos y Aviación Comercial S.A. - CORPAC S.A., es una empresa de propiedad del Estado e integrante de la actividad empresarial del Estado; Que, CORPAC S.A. debe adquirir 85,000 metros de cable de balizaje, calibre 8 AWG con aislamiento de polietileno XLPE, con chaqueta de PVC, pantalla de cobre para un voltaje de 5 kilovoltios, Norma FAA-824; para la instalación y mantenimiento de los sistemas de ayudas luminosas de los aeropuertos de la República; Que, Servicios Industriales de la Marina S.A. - SIMA PERU S.A. dispone de un stock de cables de balizaje con características técnicas similares a las requeridas por COR- PAC S.A. por un valor de sesenta y cinco centavos de dólar americano (US$ 0.65) por metro, más el Impuesto General a las Ventas, ofreciendo una garantía total respecto del bien ofrecido; así como la reposición de cualquier material defec- tuoso que pudiera existir; Que, la Tercera Disposición Transitoria de la Ley Nº 27013, Ley de Presupuesto del Sector Público para 1999 establece que cuando las entidades comprendidas en el Artículo 2º de la Ley Nº 27209 -Ley de Gestión Presu- puestaria- adquieran bienes muebles de empresas del Esta- do de derecho público o privado, no será de aplicación el requisito de Licitación Pública a que se contrae la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, debiendo ser aprobada dicha adquisición mediante Decreto Supremo; Que, en este sentido, es necesario expedir el dispositivo legal que autorice a la Corporación Peruana de Aeropuertos y Aviación Comercial S.A. - CORPAC S.A. a adquirir en forma directa y a título oneroso los bienes descritos en el segundo considerando a la Empresa Servicios Industriales de la Marina S.A. - SIMA PERU S.A.; En uso de las facultades conferidas por el inciso 8) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú y conforme a la Tercera Disposición Transitoria de la Ley Nº 27013; DECRETA: Artículo Primero.- Autorícese a la Corporación Perua- na de Aeropuertos y Aviación Comercial S.A. - CORPAC S.A., a adquirir en forma directa y a título oneroso a la empresaServicios Industriales de la Marina S.A. - SIMA PERU S.A., 85,000 metros de cable de balizaje calibre 8 AWG, con aislamiento de polietileno XLPE, con chaqueta de PVC, pantalla de cobre para un voltaje de 5 kilovoltios, Norma FAA-824, por un precio de sesenta y cinco centavos de dólar americano (US$ 0.65) por metro, más el Impuesto General a las Ventas. Artículo Segundo.- Facúltese a la Corporación Peruana de Aeropuertos y Aviación Comercial S.A. - CORPAC S.A. la realización de los actos y suscripción de la documentación necesaria con la finalidad de formalizar la adquisición men- cionada en el artículo precedente, efectuándose el pago correspondiente con cargo a los Presupuestos Fiscales 1999 y 2000 del mencionado pliego. Artículo Tercero.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y nueve. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República ALBERTO PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 0318 Autorizan viajes de inspectores de la Dirección General de Transporte Aéreo realizados en el mes de di- ciembre de 1999 RESOLUCION SUPREMA Nº 001-2000-MTC Lima, 10 de enero del 2000 CONSIDERANDO: Que, el Decreto Supremo Nº 035-99-MTC establece por excepción que los viajes al exterior que realicen los Inspecto- res de la Dirección General de Transporte Aéreo del Minis- terio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construc- ción, que irrogen gastos al Estado por concepto de viáticos y pasajes, en cumplimiento de sus funciones de acuerdo al Artículo 20º del Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil, serán autorizados en vía de regularización, mediante Reso- lución Suprema; Que, asimismo, dicho Decreto Supremo señala que el Director General de Transporte Aéreo del citado Ministerio presentará la información de los viajes realizados por los Inspectores el mes anterior, acreditando la necesidad y/o urgencia de los mismos, con el fin de iniciar el trámite de expedición de la Resolución correspondiente; Que, el Director General de Transporte Aéreo, en aplica- ción de lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 035-99-MTC, ha emitido el Informe Nº 086-99-MTC/15.16, señalando los montos pertinentes en observancia de la Escala de Viáticos establecida por Decreto Supremo Nº 031-89-EF; De conformidad con el Decreto Supremo Nº 035-99-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje, en vía de regularización, de los Inspectores de la Dirección General de Transporte Aéreo del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vi- vienda y Construcción, realizados en el mes de diciembre de 1999, a los países que se indican y que ocasionaron gastos por viáticos, conforme al siguiente detalle: Estados Unidos de América: Inspector Ciudad Fecha Viáticos US$ MONTOYA LEON HUGO Miami 1 al 6 1080.00 JACKSON ALVARADO MONICA Miami 6 al 7 360.00 VARGAS ARBOLEDA JAIME Miami 4 al 6 540.00 CASTILLO VARGAS CESAR Denver 6 al 9 720.00 JACKSON ALVARADO MONICA Miami 9 al 10 360.00 CABRERA CALENZANI JAIME Miami 10 al 12 540.00