Norma Legal Oficial del día 12 de enero del año 2000 (12/01/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 1

DIARIO OFICIAL

FUNDADO EN 1825

POR EL

LIBERTADOR MORDAZA MORDAZA

Director: MORDAZA MORDAZA Orbegozo http://www.editoraperu.com.pe "ANO DE LA LUCHA CONTRA LA VIOLENCIA FAMILIAR" MORDAZA, miercoles 12 de enero del 2000 ANO XVIII - Nº 7142 Pag. 182583

NORMAS LEGALES
PCM

Revierten a dominio del Estado terrenos ubicados en la MORDAZA de Cerro de Pasco, cuya titularidad sera asumida por COFOPRI para ejecutar programa de formalizacion de la propiedad
DECRETO SUPREMO Nº 001-2000-PCM CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Ley Nº 21117 se creo la Empresa Minera del Centro del Peru - CENTROMIN PERU, cuya denominacion social fue sustituida por la de Empresa Minera del Centro del Peru Sociedad Anonima - CENTROMIN PERU S.A. mediante Decreto Supremo Nº 03981-EM-AJ, empresa que ha venido operando en la MORDAZA de Cerro de Pasco, departamento de Pasco; Que, CENTROMIN PERU S.A. es titular de areas de terreno ubicadas en la MORDAZA de Cerro de Pasco, departamento de Pasco, cuyo dominio consta inscrito en la Ficha Nº 9490 de la Oficina Registral de Pasco; Que, de la partida registral referida en el considerando que antecede, CENTROMIN PERU S.A. ha transferido e independizado un area determinada a favor de la Empresa Minera Paragsha S.A., en concordancia con el MORDAZA de promocion de la inversion privada a que se encuentra sujeta CENTROMIN PERU S.A. por mandato del Decreto Legislativo Nº 674; Que, las areas remanentes de la Ficha Nº 9490 resultan para CENTROMIN PERU S.A. innecesarias para sus fines operativos y actividades mineras a su cargo, por lo que resulta necesario revertirlas al dominio del Estado; Que, por Decreto Legislativo Nº 803, Ley de Promocion del Acceso a la Propiedad Formal, complementado por la Ley Nº 27046 cuyo Texto Unico Ordenado fue aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-99-MTC, se creo la Comision de Formalizacion de la Propiedad Informal - COFOPRI, como organismo rector MORDAZA encargado de disenar y ejecutar de manera integral, comprehensiva y rapida, un Programa de Formalizacion de la Propiedad y de su mantenimiento dentro de la formalidad a nivel nacional, centralizando la competencia y toma de decisiones a este respecto; Que, por razones operativas la Comision de Formalizacion de la Propiedad Informal - COFOPRI, asumira la titularidad sobre las areas a ser revertidas al dominio del Estado, a efectos de ejecutar el Programa de Formalizacion de la Propiedad bajo los alcances del Decreto Legislativo Nº 803, sus normas complementarias, ampliatorias, modificatorias, sus Directivas y Reglamentos; Que, el Comite Especial de Promocion de la Inversion Privada de CENTROMIN PERU S.A. (CEPRI - CENTROMIN) ha aprobado esta operacion mediante Acuerdo Nº 17-98 MORDAZA por Acuerdo Nº 78-99 tomados en sesiones de fechas 15 de diciembre de 1998 y 19 de octubre de 1999, respectivamente; De conformidad con el Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; DECRETA: Articulo 1º.- Revertir al dominio del Estado, las areas de terreno ubicadas en la MORDAZA de Cerro de Pasco, departa-

mento de Pasco, que constan inscritas en la Ficha Nº 9490 de la Oficina Registral de Pasco, segun planos y memorias descriptivas que en Anexo forman parte del presente Decreto Supremo, con exclusion de las areas transferidas e independizadas a favor de la Empresa Minera Paragsha S.A., en concordancia con el MORDAZA de promocion de la inversion privada a que se encuentra sujeta CENTROMIN PERU S.A. por mandato del Decreto Legislativo Nº 674. CENTROMIN PERU S.A. en via de regularizacion, procedera al desaporte de los activos a que se refiere el presente Decreto Supremo y a la reduccion de capital correspondiente, segun los montos consignados en sus libros contables. Articulo 2º.- Por razones operativas la Comision de Formalizacion de la Propiedad Informal - COFOPRI, asumira la titularidad sobre las areas revertidas al dominio del Estado a que se refiere el articulo que antecede, a efectos de ejecutar el Programa de Formalizacion de la Propiedad bajo los alcances del Decreto Legislativo Nº 803, sus normas complementarias, ampliatorias, modificatorias, sus Directivas y Reglamentos. De existir transferencias efectuadas por CENTROMIN PERU S.A., COFOPRI se encargara de formalizarlas e independizarlas. Articulo 3º.- COFOPRI procedera a inscribir directamente a favor de la Superintendencia de Bienes Nacionales, las areas que no MORDAZA materia del MORDAZA de Formalizacion de la Propiedad. Articulo 4º.- El presente Decreto Supremo constituira merito suficiente para que la Oficina Registral competente, proceda a inscribir a favor de COFOPRI, las areas de terreno referidas en los articulos que anteceden. Articulo 5º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Energia y Minas, el Ministro de la Presidencia y el Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion y, entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los once dias del mes de enero del ano dos mil. MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA CHAMOT MORDAZA Ministro de Energia y Minas MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Presidencia MORDAZA PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 0367

Autorizan viaje de Primer Vicepresidente para asistir a la transmision de mando presidencial en la Republica de Guatemala
RESOLUCION SUPREMA Nº 014-2000-PCM MORDAZA, 8 de enero del 2000

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