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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE JUNIO DEL AÑO 2000 (30/06/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 256

TEXTO PAGINA: 142

Pág. 189492 NORMAS LEGALES Lima, viernes 30 de junio de 2000 MUNICIPALIDAD DE PUENTE PIEDRA Declaran en situación de urgencia la ejecución de obras complementarias de relleno sanitario ubicado en el dis- trito ACUERDO DE CONCEJO Nº 000046 Puente Piedra, 23 de junio de 2000 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUENTE PIEDRA POR CUANTO: El Concejo de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra, en Sesión Extraordinaria de Concejo del 23.6.00; CONSIDERANDO: Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 065 de fecha 23 de diciembre de 1999, se aprobó el Presupuesto Institucional correspondiente al año 2000 de la Munici- palidad Distrital de Puente Piedra por un monto de S/. 13.794.189 (trece millones setecientos noventa y cuatro mil ciento ochenta y nueve y 00/100 nuevos soles) de los cuales corresponden a los gastos de capital un monto de S/. 3.346.916 nuevos soles, con su correspondiente fi- nanciamiento que permiten ejecutar diversas obras a esta Corporación edil; Que, asimismo dicho programa incluye diversas obras (parques, vías, etc.), en los cuales no se encuentra prevista Obras Civiles del Relleno Sanitario; sin embar- go, dada la necesidad para poder solucionar el problema de disposición de residuos sólidos se hace necesario, la Ejecución de la Obra antes mencionada, que permitirá captar recursos en beneficio de la Municipalidad; Que, asimismo al tener como objeto principal solucio- nar el problema de salud pública y de la preservación del medio ambiente de este distrito, también busca ayudar a los distritos vecinos que no cuentan con el servicio de Relleno Sanitario. Busca también la captación de recur- sos económicos para incrementar nuestro presupuesto de tal modo que nos permita tener un manejo de los diversos servicios que se brinda a la comuna; Que, asimismo el Ministerio de Salud mediante Resolución Directoral Nº 088-DG-DISA-III-LN-00 de fecha 23.3.2000 ha aprobado el Expediente Técnico del Relleno Sanitario "LA VIZCACHA", quedando a la fe- cha expedita para iniciar los trámites de licencia de funcionamiento, para cuyo efecto esta Entidad Rectora de Salud obliga que el Municipio de Puente Piedra implemente y realice mejoras a las obras ya existentes a las fechas; Que, entre estas obras, corresponde Ejecutar la Cons- trucción de una Oficina Administrativa, asfaltado de pista, mejoramiento de 12.300 m2. de pista, Pavimen- tación de 10,000 m2, la Construcción de una Cisterna para riego de goteo de 30 m3, etc. Que, mediante Resolución de Alcaldía del visto es necesario y conveniente aprobar el financiamiento por el monto de S/. 795,000.00 nuevos soles, e incluir en el Presupuesto del presente año, vía reprogramación del Programa de Inversiones; Que, asimismo, el servicio de limpieza pública, y disposición de residuos sólidos requiere contar con in- fraestructura adecuada, y que los mismos deben ejecu- tarse en forma inmediata para no causar grave peligro a la salud pública, toda vez que este Municipio no cuenta con los recursos necesarios para continuar depositando los residuos sólidos en el Relleno Sanitario. Administra- do por Relima;De conformidad con la Ley Orgánica de Municipalida- des Nº 23853, y con las atribuciones que le compete al Concejo; previa deliberación de los señores Regidores y con el voto aprobatorio de la mayoría legal de sus miembros; ACORDO: 1º.- DECLARAR en situación de urgencia, conforme al Art. 21º, de la Ley Nº 26850, la Ejecución de las Obras complementarias, del Relleno Sanitario "LA VIZCA- CHA", propiedad de la Municipalidad de Puente Piedra. 2º.- APROBAR el Presupuesto por un monto de S/. 795,000.00 nuevos soles, para la Ejecución de las Obras complementarias, del Relleno Sanitario "LA VIZCA- CHA", ubicado en el km. 39 lado derecho, Panamericana Norte, distrito de Puente Piedra. 3º.- INCORPORAR dicha suma al Programa de Inversiones, año 2000. 4º.- AUTORIZAR al Sr. Alcalde, a través de la Dirección de Presupuesto, en coordinación con la Direc- ción de Desarrollo Urbano, la reprogramación total del Programa de Inversiones, año 2000. 5º.- AUTORIZAR al Sr. Alcalde, para que a través de la Dirección de Presupuesto, en coordinación con la Dirección de Desarrollo Urbano se modifique el Progra- ma de Inversiones y la modificación Presupuestal co- rrespondiente. 6º.- ENCARGAR, a la Dirección Municipal, Direc- ción de Administración y Dirección de Desarrollo Urba- no, el cumplimiento del presente Acuerdo, siguiendo los procedimientos de la Ley Nº 26850 en lo que les corres- ponda. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MILTON F. JIMENEZ SALAZAR Alcalde 7499 Aprueban Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas y el Cua- dro de Infracciones y Sanciones Admi- nistrativas de la municipalidad ORDENANZA Nº 000006 Puente Piedra, 19 de junio de 2000 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUENTE PIEDRA POR CUANTO: El Concejo Municipal, en Sesión Ordinaria de fecha 24.3.2000 y 19.6.2000, por unanimidad de votos aprobó la siguiente Ordenanza: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE APLICACION DE SANCIONES ADMINISTRATIVAS (RAS) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUENTE PIEDRA DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- La presente norma rige el Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas de la Munici- palidad Distrital de Puente Piedra y su Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas (RAS). Artículo 2º.- La Municipalidad de Puente Piedra, en caso que considere necesario, otorgará en concesión a personas jurídicas o naturales, la fiscalización del cumplimiento de las Normas Municipales de su compe- tencia.