Norma Legal Oficial del día 23 de mayo del año 2000 (23/05/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

MORDAZA, martes 23 de MORDAZA de 2000
Pasajes: US$ 1,130.00 Viaticos: - 25 de MORDAZA al 2 de junio US$ 2,600.00 - 28 de MORDAZA al 2 de junio US$ 1,820.00 Tarifa CORPAC: US$ 50.00

NORMAS LEGALES

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Vista la solicitud presentada por TELE CABLE S.A., sobre otorgamiento de concesion para la prestacion del servicio publico portador local en la provincia de MORDAZA, del departamento de MORDAZA y en la Provincia Constitucional del Callao. CONSIDERANDO: Que, conforme al T.U.O. de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo Nº 006-94-TCC y sus modificatorias, y el Decreto Supremo Nº 007-97-MTC, corresponde a este Ministerio las atribuciones y facultades de administrar, asignar y controlar, entre otros, el servicio publico portador local, asi como las atribuciones referidas al otorgamiento de las concesiones de este, las que se perfeccionan mediante contrato escrito aprobado por resolucion del Titular del Sector; Que, habiendo verificado el cumplimiento de los requisitos que establece la legislacion para el otorgamiento de concesion del servicio publico portador local, la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 059-2000MTC/15.03.UECT, opina que es procedente la solicitud de TELE CABLE S.A.; Que, estando a lo expuesto en los anteriores considerandos, corresponde otorgar la concesion solicitada, aprobar el contrato de concesion y autorizar su suscripcion; De conformidad con lo dispuesto por los Decretos Supremos Nºs. 013-93-TCC, 006-94-TCC, 007-97-MTC, 005-98-MTC, 02298-MTC y 002-99-MTC; Con la opinion favorable del Jefe de la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones y del Viceministro de Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a TELE CABLE S.A. concesion para la explotacion del servicio publico portador local por el plazo de veinte (20) anos en el area que comprende la provincia de MORDAZA, del departamento de MORDAZA y en la Provincia Constitucional del Callao. Articulo 2º.- Aprobar el contrato de concesion a celebrarse con TELE CABLE S.A. para la prestacion del servicio publico al que se refiere el articulo precedente, el cual consta de veinticuatro (24) clausulas y tres (3) anexos que forman parte integrante de la presente resolucion ministerial. Articulo 3º.- Autorizar al Jefe de la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones para que, en representacion del Ministerio, suscriba el contrato de concesion que se aprueba mediante la presente resolucion ministerial. Articulo 4º.- MORDAZA de la suscripcion del contrato de concesion, TELE CABLE S.A. debera cumplir con el pago del derecho de concesion, del canon, si corresponde, y de la publicacion de esta resolucion. Articulo 5º.- La concesion otorgada quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el contrato de concesion no es suscrito por la empresa solicitante en el plazo MORDAZA de sesenta (60) dias calendario computados a partir de la publicacion de la presente resolucion ministerial. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 5728

Articulo 4º.- La presente resolucion no MORDAZA derecho a exoneracion o liberalizacion de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 5739

Aprueban Convenio para el uso del Embarcadero Fluvial de Mazan como Puesto de Capitania
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 239-2000-MTC/15.02 MORDAZA, 17 de MORDAZA de 2000 CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, viene desarrollando un Programa de embarcaderos fluviales en la MORDAZA de la MORDAZA con el fin de dotarla de la infraestructura portuaria basica coadyuvando asi con el desarrollo de la region; Que, en el MORDAZA de este Programa el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion ha construido el Embarcadero Fluvial de Mazan, ubicado en el distrito del mismo nombre, provincia de Maynas, del departamento de MORDAZA, encargando al efecto su administracion en forma temporal a la Municipalidad Distrital de Mazan, la misma que viene ejerciendo hasta la fecha; Que, a fin que el mencionado Embarcadero cuente con la seguridad necesaria, asi como posibilitar su uso como Puesto de Capitania apoyando el Plan de Vigilancia Fluvial a traves del rio Napo se ha determinado celebrar un Convenio con la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa que permita se brinde el servicio MORDAZA referido; Que, en consecuencia, es necesario aprobar el texto del mencionado convenio, asi como designar al funcionario que suscribira en representacion del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, el convenio para el uso del Embarcadero Fluvial de Mazan como Puesto de Capitania; De conformidad al Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el Convenio para el uso del Embarcadero Fluvial de Mazan como Puesto de Capitania, a suscribirse entre la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa y la Direccion General de Transporte Acuatico del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, el mismo que consta de seis (6) Clausulas y dos (2) Anexos y forma parte de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Designar al ingeniero MORDAZA MORDAZA Bueza, Director General de Transporte Acuatico, para que en representacion del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, suscriba el Convenio que se aprueba por el Articulo Primero de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 5724

ONPE
Establecen medidas relativas al registro del numero de sufragantes en la MORDAZA Eleccion para Presidente y Vicepresidentes de la Republica
RESOLUCION JEFATURAL Nº 213-2000-J/ONPE MORDAZA, 18 de MORDAZA del 2000 CONSIDERANDO: Que, el MORDAZA Nacional de Elecciones, ha convocado mediante Resolucion Nº 570-2000-JNE, a la MORDAZA Eleccion para Presidente de la Republica y Vicepresidentes, se realizara el MORDAZA 28 de MORDAZA del 2000, entre las Organizaciones Politicas Alianza Electoral Peru 2000 y el Partido Politico Peru Posible; Que, es necesario adoptar medidas que permitan registrar correctamente el numero de sufragantes, de modo que no se generen distorsiones en esta sumatoria; De conformidad con el Articulo 182º de la Constitucion Politica del Peru, Ley Nº 26487, Organica de ONPE y la Ley Nº 26859, Organica de Elecciones;

Otorgan concesion a empresa para la prestacion del servicio publico portador local
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 242-2000-MTC/15.03 MORDAZA, 22 de MORDAZA de 2000

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