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Pág. 186945 NORMAS LEGALES Lima, martes 23 de mayo de 2000 Pasajes: US$ 1,130.00 Viáticos: - 25 de mayo al 2 de junio US$ 2,600.00 - 28 de mayo al 2 de junio US$ 1,820.00 Tarifa CORPAC: US$ 50.00 Artículo 4º.- La presente resolución no dará derecho a exone- ración o liberalización de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República ALBERTO PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 5739 Aprueban Convenio para el uso del Embarcadero Fluvial de Mazán como Puesto de Capitanía RESOLUCION MINISTERIAL Nº 239-2000-MTC/15.02 Lima, 17 de mayo de 2000 CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, viene desarrollando un Programa de embarcade- ros fluviales en la zona de la Selva con el fin de dotarla de la infraestructura portuaria básica coadyuvando así con el desarro- llo de la región; Que, en el marco de este Programa el Ministerio de Transpor- tes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción ha construido el Embarcadero Fluvial de Mazán, ubicado en el distrito del mismo nombre, provincia de Maynas, del departamento de Loreto, encar- gando al efecto su administración en forma temporal a la Munici- palidad Distrital de Mazán, la misma que viene ejerciendo hasta la fecha; Que, a fin que el mencionado Embarcadero cuente con la seguridad necesaria, así como posibilitar su uso como Puesto de Capitanía apoyando el Plan de Vigilancia Fluvial a través del río Napo se ha determinado celebrar un Convenio con la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa que permita se brinde el servicio antes referido; Que, en consecuencia, es necesario aprobar el texto del mencionado convenio, así como designar al funcionario que suscribirá en representación del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, el convenio para el uso del Embarcadero Fluvial de Mazán como Puesto de Capi- tanía; De conformidad al Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Convenio para el uso del Embarcade- ro Fluvial de Mazán como Puesto de Capitanía, a suscribirse entre la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa y la Dirección General de Transporte Acuático del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construc- ción, el mismo que consta de seis (6) Cláusulas y dos (2) Anexos y forma parte de la presente Resolución. Artículo 2º.- Designar al ingeniero Eusebio Vega Bueza, Director General de Transporte Acuático, para que en represen- tación del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, suscriba el Convenio que se aprueba por el Artículo Primero de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALBERTO PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 5724 Otorgan concesión a empresa para la prestación del servicio público portador local RESOLUCION MINISTERIAL Nº 242-2000-MTC/15.03 Lima, 22 de mayo de 2000Vista la solicitud presentada por TELE CABLE S.A., sobre otorgamiento de concesión para la prestación del servicio público portador local en la provincia de Lima, del departamento de Lima y en la Provincia Constitucional del Callao. CONSIDERANDO: Que, conforme al T.U.O. de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo Nº 006-94-TCC y sus modificatorias, y el Decreto Supremo Nº 007-97-MTC, correspon- de a este Ministerio las atribuciones y facultades de administrar, asignar y controlar, entre otros, el servicio público portador local, así como las atribuciones referidas al otorgamiento de las conce- siones de éste, las que se perfeccionan mediante contrato escrito aprobado por resolución del Titular del Sector; Que, habiendo verificado el cumplimiento de los requisitos que establece la legislación para el otorgamiento de concesión del servicio público portador local, la Unidad Especializada en Conce- siones de Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 059-2000- MTC/15.03.UECT, opina que es procedente la solicitud de TELE CABLE S.A.; Que, estando a lo expuesto en los anteriores considerandos, corresponde otorgar la concesión solicitada, aprobar el contrato de concesión y autorizar su suscripción; De conformidad con lo dispuesto por los Decretos Supremos Nºs. 013-93-TCC, 006-94-TCC, 007-97-MTC, 005-98-MTC, 022- 98-MTC y 002-99-MTC; Con la opinión favorable del Jefe de la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones y del Viceministro de Comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a TELE CABLE S.A. concesión para la explotación del servicio público portador local por el plazo de veinte (20) años en el área que comprende la provincia de Lima, del departamento de Lima y en la Provincia Constitucional del Callao. Artículo 2º.- Aprobar el contrato de concesión a celebrarse con TELE CABLE S.A. para la prestación del servicio público al que se refiere el artículo precedente, el cual consta de veinticuatro (24) cláusulas y tres (3) anexos que forman parte integrante de la presente resolución ministerial. Artículo 3º.- Autorizar al Jefe de la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones para que, en representación del Ministerio, suscriba el contrato de concesión que se aprueba mediante la presente resolución ministerial. Artículo 4º.- Antes de la suscripción del contrato de conce- sión, TELE CABLE S.A. deberá cumplir con el pago del derecho de concesión, del canon, si corresponde, y de la publicación de esta resolución. Artículo 5º.- La concesión otorgada quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto admi- nistrativo correspondiente, si el contrato de concesión no es suscrito por la empresa solicitante en el plazo máximo de sesenta (60) días calendario computados a partir de la publicación de la presente resolución ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALBERTO PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 5728 ONPE Establecen medidas relativas al registro del número de sufragantes en la Segunda Elección para Presidente y Vicepresi- dentes de la República RESOLUCION JEFATURAL Nº 213-2000-J/ONPE Lima, 18 de mayo del 2000 CONSIDERANDO: Que, el Jurado Nacional de Elecciones, ha convocado median- te Resolución Nº 570-2000-JNE, a la Segunda Elección para Presidente de la República y Vicepresidentes, se realizará el domingo 28 de mayo del 2000, entre las Organizaciones Políticas Alianza Electoral Perú 2000 y el Partido Político Perú Posible; Que, es necesario adoptar medidas que permitan registrar correctamente el número de sufragantes, de modo que no se generen distorsiones en esta sumatoria; De conformidad con el Artículo 182º de la Constitución Política del Perú, Ley Nº 26487, Orgánica de ONPE y la Ley Nº 26859, Orgánica de Elecciones;