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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2000 (13/11/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 56

Pág. 194982 NORMAS LEGALES Lima, lunes 13 de noviembre de 2000 CONSIDERANDO: Que, con Informe Nº 106-2000-MDSL/GDU de fecha 23.10.2000, la Gerencia de Desarrollo Urbano señala haber detectado una tasa de improcedencia e incompatibilidad entre el Desarrollo Comercial real del distrito de San Luis y la normatividad vigente, proponiendo, con la finalidad de repo- tenciar el desarrollo comercial, la aceptación en las compati- bilidades de uso de los giros permitidos para la zonificación C- 2 (comercio vecinal), para la obtención de Licencias de Funcio- namiento en las avenidas principales del distrito, como son Av. San Juan, Av. San Luis, Av. Del Aire y Av. Agustín de la Rosa Toro; Que, con Informe Nº 200-2000-MDSL-GA/UAL de fecha 27.10.2000, la Oficina de Asesoría Legal emite opinión legal favorable, señalando que la propuesta efectuada por la Gerencia de Desarrollo Urbano redundará en beneficio de los contribuyentes que deseen invertir en el distrito de San Luis y por ende representará mayor recaudación para el municipio; Que, el Art. 12º de la Ordenanza Reglamentaria de Actualización y Reajuste del Plano de Zonificación Gene- ral de Lima Metropolitana, aprobado mediante Ordenan- za Nº 134, dispone que el reajuste de la zonificación general de los usos del suelo de Lima Metropolitana se realizará una vez al año, con excepción de casos en que exista probado interés público o local en determinado sector o sectores de la ciudad, debidamente fundamentado, estableciéndose asimismo la acotada Ordenanza en el Artículo 13º, el procedimiento que debe tenerse en conside- ración para el reajuste de la Zonificación General de los usos del suelo de Lima Metropolitana; Estando a lo expuesto conforme a las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, se sanciona la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- APROBAR la flexibilización de la Zonificación en las avenidas principales del distrito de San Luis, en consecuencia acéptese en las compatibilidades de uso de los giros permitidos por la zonificación C-2 (Comercio Vecinal) para la obtención de licencias de funcionamiento en las avenidas que se detallan a continuación: AVENIDAS CUADRAS ZONIFICACIÓN ZONIFICACIÓN ACTUAL APROBADA AV. SAN JUAN Lado Par 3, 4, 5 y 6 R-4 C-2 7 y 8 R-3 C-2 9, 10, 11 y 12 R-3 C-2 Lado Impar 12 (Ultimo) I1-R3 C-2 9, 10, 11 y 12 I1-R3 C-2 AV. SAN LUIS Lado Impar 8 I1-R3 C-2 AV. DEL AIRE Lado Par 14, 15 y 16 R-3 C-2 Lado Impar 12, 13, 14, 15 y 16 I1-R3 C-2 AV. ROSA TORO Lado Par 2, 3, 4 y 5 I1-R3 C-2 Lado Impar 2, 3 y 4 (Primero) I1-R5 C-2 4 (Ultimo) y 5 I1-R3 C-2 Artículo Segundo.- PRECISAR que la flexibilización de zonificación aprobada en el Artículo Primero de la presente Ordenanza tendrá vigencia hasta la obtención del cambio de zonificación integral del distrito, la misma que deberá ser aprobada por la Municipalidad Metropo- litana de Lima. Artículo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Desarrollo Urbano en cuanto le corresponde. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. VICTOR ALEGRIA GONZALES Alcalde 12991Incorporan disposición transitoria so- bre autorización provisional en el Reglamento de Licencia de Apertura para funcionamiento de Estableci- mientos Comerciales ORDENANZA Nº 086-MDSL San Luis, 9 de noviembre del 2000 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS POR CUANTO: El Concejo Municipal de San Luis, en Sesión Extraor- dinaria de fecha 31 de octubre del 2000, aprobó por unanimi- dad el Dictamen Nº 004-2000-CCA-CDSL emitido por la Comi- sión de Comercialización y Abastecimiento, por el cual propo- ne la Disposición Transitoria para el Otorgamiento de Autori- zación Provisional Rápida de Apertura para el Funcionamien- to de Establecimientos; CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 054-MDSL de fecha 12 de enero del 2000, se aprobó el Reglamento de Licencia de Apertura para funcionamiento de Establecimientos Comer- ciales, Industriales, de Actividades Profesionales y/o de Servi- cios; Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 7) del Artículo 68º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, corresponde a las Municipalidades otorgar licencias de aper- tura a Establecimientos Comerciales, Industriales, de Activi- dades Profesionales y/o de Servicios, así como controlar su funcionamiento de acuerdo a las normas establecidas; Que, el Artículo 68º inciso c) del Decreto Legislativo Nº 776, modificado por Ley Nº 27180, faculta a los Gobiernos Locales crear la tasa denominada "TASAS DE LICENCIAS DE APER- TURA DE ESTABLECIMIENTO", que debe pagar todo con- tribuyente por única vez para operar un Establecimiento comercial, industrial o de servicios; Que, de acuerdo con el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de esta corporación edil, aprobado mediante Ordenanza Nº 072-MDSL (rubro 8 de la División de Obras Privadas y Catastro) está considerada la consulta de zonificación, mediante la que se expide una constancia de Consulta de Zonificación, la misma que sería la base para el otorgamiento de la Autorización Provisional; Que, la Unidad de Asesoría Legal mediante Informe Nº 198-2000-MDSL-GA-UAL, opina que la Disposición Transito- ria para el Otorgamiento de Autorización Provisional Rápida de Apertura para el Funcionamiento de Establecimientos, puede ser incorporado a la Ordenanza Nº 054-MDSL, y, en relación al pago de la Tasa y los Derechos que sean modifica- dos, deberán ser incorporados al Texto Único de Procedimien- tos Administrativos - TUPA; Estando a lo expuesto conforme a las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, se sanciona la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- INCORPORAR en el Reglamento de Licencia de Apertura para funcionamiento de Establecimientos Comerciales, Industriales, de Actividades Profesionales y/o Servicios, aprobado mediante Ordenanza Nº 054-MDSL de fecha 12.1.2000, la Disposición Transitoria para el otorga- miento de Autorización Provisional Rápida de Apertura para el Funcionamiento de Establecimientos, la misma que consta de catorce (14) artículos y forma parte integrante de la presen- te Ordenanza. Artículo Segundo.- INCORPORAR en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA aprobado mediante Ordenanza Nº 072-MDSL de fecha 19.6.2000, el pago de los Derechos y el Procedimiento Administrativo que se establecen en la Disposición Transitoria para el otorgamiento de la Licencia Provisional Rápida. Artículo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Finanzas y Gerencia de Desarrollo Urbano en cuanto le corresponda. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. VICTOR ALEGRIA GONZALES Alcalde 12992