NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2000 (16/09/2000)
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Pág. 193040 NORMAS LEGALES Lima, sábado 16 de setiembre de 2000 a) Copia simple de Escritura Pública de Compraventa del terreno de 96,823.50 m2, otorgada por el CONVENTO NUES- TRA SEÑORA DE LA MERCED, a favor de la Cooperativa de Servicios Múltiples "Manuel Polo Jiménez". b) Copia literal de dominio de propiedad del terreno de 96,823.50 de los Registros Públicos, a favor de la Cooperativa de Servicios Múltiples "Manuel Polo Jiménez". c) Copia de la partida electrónica Nº 01725920 de los Regis- tros Públicos de Lima y Callao con la inscripción de la Coopera- tiva de Servicios Múltiples "Manuel Polo Jiménez", y nombra- miento de mandatarios. d) Resolución Nº 025-95-D-ELS de fecha 21 de marzo de 1995, expedida por LUZ DEL SUR, recepcionando las Obras Eléctricas de Alumbrado Público y conexiones domiciliarias de la urbanización "El Convento de La Merced". e) Carta de SEDAPAL Nº 027-94-PRES-SEDAPAL-63000 de fecha 10 de febrero de 1994, aprobando el proceso de Recepción de redes de Agua potable y alcantarillado de la urbanización "La Merced de Monterrico". f) Certificado de Zonificación y Vías Nº 209-99-MLM/DMDU- OPDM de fecha 4 de octubre de 1999, calificando al terreno como zona Residencial Media "R-4". g) Recibos Nºs. 0100139584 y 0100139583 de fecha 24 de febrero del 2000, por los montos de S/. 979.00 y S/. 16,741.45 respectivamente, cancelados en la Caja Metropolitana corres- pondiente a los pagos por déficit de aportes, aprobación de proyecto y control de obra. h) Recibo Nº 19292 de fecha 13 de marzo de 1998, cancelando el monto de S/. 320.00, en la Unidad de Tesorería de la Munici- palidad, por concepto de derechos de trámite. Estando a las consideraciones expuestas y en uso de las facultades conferidas por el Art. 3º y la Sexta Disposición Tran- sitoria y Complementaria de la Ley General de Habilitaciones Urbanas Nº 26878, y el numeral 6 del Artículo 47º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; se: RESUELVE: Artículo Primero.- CONSIDERAR, de Tipo Progresivo la Habilitación Urbana para Uso Residencial de Densidad Media "R-4", del terreno de NOVENTISEIS MIL OCHO- CIENTOS VEINTITRES METROS CUADRADOS Y CIN- CUENTA CENTIMETROS CUADRADOS (96,823.50 m2), constituido por parte del ex fundo "La Julita", de propiedad de la Cooperativa de Servicios Múltiples "MANUEL POLO JIME- NEZ", ubicada en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima, dejándose diferida la ejecución de las obras de aceras, rampas peatonales, muretes de señalización de calles, para ser ejecutadas por los adquirientes de los lotes en un plazo máximo de 28 meses. Artículo Segundo.- DECLARAR, cumplido por la COO- PERATIVA DE SERVICIOS MULTIPLES MANUEL POLO JIMENEZ, de conformidad con el plano de replanteo signado con el Nº 010-2000-HU-OII-MDA, la ejecución de las Obras de instalaciones eléctricas, instalaciones de agua potable y al- cantarillado, pavimentación y ornamentación de los parques de la Habilitación Urbana, del terreno de NOVENTISEIS MIL OCHOCIENTOS VEINTITRES METROS CUADRADOS Y CINCUENTA CENTIMETROS CUADRADOS (96,823.50 m2), constituido por parte del ex fundo "La Julita", ubicado en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima, cuyos proyectos se aprobaron por Resolución Directoral Nº 494-88- MLM/AM-SMDU, con fecha 26 de mayo de 1988, y con Reso- lución Directoral Nº 194-93-MLM/SMDU-DMDU de fecha 16 de noviembre se autoriza la inscripción provisional de los lotes. Artículo Tercero.- AUTORIZAR, la Inscripción Definiti- va de los lotes que conforman la presente Habilitación, de conformidad al plano signado con el Nº 010-2000-HU-OII- MDA y a la Memoria Descriptiva que se encuentra debida- mente visada. Del área total del terreno materia de recepción de 96,823.50 m2, corresponde a área útil de lote 50,595.65 m2, distribuidos de la siguiente manera: Manzana Nº Numeración Area de lotes E 22 1 al 22 4,432.23 m2 F 4 1 al 4 917.72 m2 G 34 1 al 34 5,337.24 m2 H 64 1 al 64 12,153.50 m2 I 45 1 al 45 8,039.96 m2 J 61 1 al 61 11,305.74 m2 K 24 1 al 24 4,070.99 m2 L 13 1 al 13 2,260.63 m2 M 6 1 al 6 1,053.00 m2 N 6 1 al 6 1,024.64 m2La diferencia de 46,127.85, corresponde, 973.22 a áreas de Compensación; 9,879.37 m2 para Recreación, distribuidos como parque con 3,690.00 m2 ubicado en la manzana "G", parque con 2,664.00 m2 ubicado en la manzana "T", parque con 3,525.37 m2 ubicado en la manzana "M"; 1,892.10 m2 constituye el aporte al Ministerio de Educación y 33,383.16 m2 para Vías Públicas. Los déficit de Aportes para Recreación Pública de 771.43 m2 y Ministerio de Educación de 44.41 m2, han sido redimidos en dinero. Artículo Cuarto.- DISPONER, la inscripción a nombre de la Municipalidad de Ate, el área de aporte para Recreación Pública de 9,879.37 m2. Artículo Quinto.- DISPONER, la publicación de la presen- te Resolución en el Diario Oficial El Peruano a cargo de los interesados. Artículo Sexto.- TRANSCRIBASE a la Municipalidad Pro- vincial para su conocimiento, a los Registros Públicos para efectos de la inscripción correspondiente, a la Superintendencia de Bienes Nacionales para la Inscripción de los Aportes en el Margesí de Bienes Nacionales. Regístrese, comuníquese y cúmplase. OSCAR BENAVIDES MAJINO Alcalde 10610 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Autorizan contratación del suministro de combustible gas licuado de petró- leo mediante adjudicación directa de menor cuantía RESOLUCION Nº 992-2000-RASS Santiago de Surco, 6 de setiembre de 2000 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO VISTO: El Informe Nº 272-A-2000-OA-MSS de la Oficina de Administración, e Informe Nº 1321-2000-OAJ-MSS, de la Ofici- na de Asesoría Jurídica, sus fechas 6 de setiembre 2000 respec- tivamente, sobre Situación de Urgencia del Suministro de Com- bustible Gas Licuado de Petróleo; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Nº 471-2000-RASS de fecha 6 de marzo del 2000, se aprobó la exoneración del proceso de Licitación Pública Nº 001-2000-MSS, para la Adquisición de Combustible por haberse declarado desierta por dos veces consecutivas el referido proceso, autorizándose a la Oficina de Administración para que inicie el proceso de Adjudicación Directa de Menor Cuantía para la Adquisición de Combusti- ble; Que, como resultado del proceso anotado resultó favore- cida con la Buena Pro la empresa Auto Gas S.A. con una oferta de S/. 155,698.50 Nuevos Soles para suministrar hasta 135,390 litros en Gas Licuado de Petróleo, por el período de abril hasta diciembre del 2000, suministro que a la fecha se encuentra sin cobertura, por haberse agotado el monto del contrato; Que, asimismo se señala en el referido informe que una de las causas por las cuales la contratación de este suministro no ha tenido la cobertura correspondiente, se debe a que la asignación presupuestaria por razones de corte presupuestario no conside- ró la totalidad de las necesidades requeridas por la Unidad de Servicios Generales y Mantenimiento para el período 2000, recomendando se declare en Situación de Urgencia a fin de que las unidades vehiculares de propiedad de la Municipalidad no interrumpan sus respectivos servicios por la falta de gas licuado de petróleo, en tanto se convoca al proceso de selección corres- pondiente; Que, el Artículo 21º de la Ley Nº 26850, Ley de Contrata- ciones y Adquisiciones del Estado, considera Situación de Urgencia, cuando la ausencia de un Bien o Servicio compro- mete en forma directa e inminente la continuidad de un servicio esencial, y supone una medida temporal y transitoria