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Pág. 208673 NORMAS LEGALES Lima, domingo 12 de agosto de 2001 DECRETO SUPREMO EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO:Que el Artículo 44º de la Constitución Política del Perú, establece dentro de los deberes primor-diales del Estado, garantizar la plena vigencia de los derechos humanos en un ambiente de justicia para la nación; Que el Ministerio de Justicia tiene por finalidad, velar por la vigencia del imperio de la ley, el derecho y la justicia; Que es una función del Ministerio de Justicia, sis- tematizar la legislación e información jurídica de ca- rácter general y promover su estudio y difusión; Que el Artículo 51º de la referida Constitución Política, establece que la publicidad es esencial para la vigencia de toda norma del Estado; Que la Ley Nº 9311 establece la obligación de publi- car en el Diario Oficial El Peruano las Leyes, Resolu-ciones Legislativas, Decretos y Resoluciones Supre- mas; Que la Ley del Poder Ejecutivo - Decreto Legislativo Nº 560 señala en su Artículo 3º que los Decretos Legis- lativos y los Decretos Supremos deben ser obligatoria- mente publicados en el Diario Oficial El Peruano; Que el numeral 3 del artículo antes citado, señala que las Resoluciones Supremas rigen desde el día en que son expedidas, salvo los casos en que requierannotificación o publicación, en cuya virtud rigen una vez cumplido tal requisito; Que el tercer párrafo del Artículo 37º, del referido Decreto Legislativo, señala que los Ministros expiden Resoluciones Ministeriales pero no establece obliga- ción alguna respecto de su publicación; Que a la fecha, distintas entidades del Estado han venido emitiendo normas de carácter general a través de Resoluciones Ministeriales o dispositivos de menorjerarquía que, sin embargo, no han sido publicadas lo cual dificulta su conocimiento y aplicación; pudiendo con ello crearse situaciones violatorias de derechoshumanos reconocidos por la Constitución Política del Estado;MINISTERIO DE JUSTICIA PREPUBLICA CION DE PRO YECT O DE DECRETO SUPREMO SOBRE LA PUBLICIDAD DE LAS NORMAS Las opiniones y sugerencias podrán ser remitidas por escrito a la Dirección Nacional de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Justicia, sita en la sede del Ministerio de Justicia, (módulo 14), Jr. ScipiónLLona N° 350, Miraflores, Lima 18 - Perú, Central Telefónica : 440-4310, o vía correo electrónico a: htassano @minjus.gob.pe., hasta el 11 de setiembre de 2001. PREPUBLICACIÓN