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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2001 (10/12/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 30

Pág. 213688 NORMAS LEGALES Lima, lunes 10 de diciembre de 2001 - De Ubicación (1 Copia)1/500 Debe indicarse la fabrica que va ser materia de Demolición - Plano de Planta (1 Copia) 1/75 indicando el área techada y el número de pisos de la edificación a demolerse y de la edificación remanente en caso de demolición parcial 9. Boleta de habilitación profesional del arquitecto e ingeniero10. Presupuesto de Obra de demolición11. Declaración Jurada de que no existen inquilinos ocupando el predioLIQUIDACION:1. Pago por la Licencia 1% V. Presupuesto Mínimo 100.002. Multa por Demolición sin Licencia en caso de Regularización (3% del valor de la Demolición) .. 10.08Licencia de Obra por Autoconstrucción con presentación de 1. Solicitud – Formulario (FUO – parte 1) por triplicado - 50.00 20 Administración Comisión1. Comisión TécnicaPlanos carpeta y hoja de trámite con sus anexos respectivos Documentaria Técnica Distrital 2. Copia literal de dominio o copia de título de propiedad Calificadora2. Comisión Técnica3. Recibo de pago Distrital Provincial Por revisión de Proyecto 0.1% V.Obra + IGV Mínimo 1% deUIT + IGV 4. Certificado de Parámetros Urbanísticos5. Planos de Localización y Ubicación a escala de 1/5006. Autorización de la Junta de propietarios o de los copropietarios en caso de ser propiedad común7. Planos firmados por profesionales y propietario, según especialidades - Arquitectura (1 Copia) 1/50 - Estructuras (1 Copia) 1/50 - Instalaciones Sanitarias (1 Copia) 1/50 - Instalaciones Eléctricas (1 Copia) 1/508. Fotografías a color (tomadas frontalmente desde la acera opuesta y vistas longitudinales)9. Memoria justificativa cuando la edificación tenga más de cuatro pisos, para las obras de menor altura que sobrepasen los 1,000 M2 de área techada total y demás señalados en la Ley Nº 27157 y su Reglamento10. Estudio de Impacto Ambiental cuando las normas vigentes así lo requieran11. Boleta de habilitación profesional del arquitecto e ingeniero12. Inspección Técnica 60.0013. Certificado de numeración municipal 50.0014. Esta modalidad será permitida exclusivamente para uso residencial, con una altura máxima de tres pisosNOTAS: a) En caso de edificaciones de uso especializado deberán ceñirse además a la reglamentación de su sector.b) El pago cubre sólo 2 revisionesLIQUIDACION:1. Pago por la Licencia 1% V. Obra Mínimo 100.00 2. Deterioro Pistas y Veredas 0.5% V. Obra3. Supervisión de obra obligatoria o facultativa (mínimo tres visitas) Arts. 47º y 93° D.S.N° 008-2000-MTC 6% de U.I.T Inciso a) del Numeral 1.2 del Artículo 1º de la R.M. + IGV N° 253-2000-MTC/15.04 CALIFICACION DEPENDENCIAAUTORIDADAUTORIDAD QUE N° DE DENOMINACION DEL REQUISITOS DERECHO EVALUACION PREVIA DONDE SE QUERESUELVE RECURSO ORDEN PROCEDIMIENTO DE PAGOAUTOMA-POSI-NEGA-NO INICIA EL APRUEBA1. RECONSIDER. S/. TICOTIVOTIVOREGULADOTRAMITE EL TRAMITE2. APELACION