Norma Legal Oficial del día 24 de diciembre del año 2001 (24/12/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 24 de diciembre de 2001

RA en el cargo de Gerente de la Gerencia Local del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA de MORDAZA Articulo 2°.- Designar, a partir de la fecha, al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Gerente de la Gerencia Local del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA de Arequipa. Registrese y comuniquese. LUZ MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano 36840

diodifusion comercial por television en UHF, en el distrito y provincia de Moyobamba, departamento de San Martin; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 22º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, establece que para la prestacion del servicio de radiodifusion se requiere de autorizacion y permiso otorgados por el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; Que, los Articulos 48º y 49º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones MORDAZA referido, establecen que la autorizacion es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para establecer un servicio de telecomunicaciones; y el permiso es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para instalar en un lugar determinado equipos de radiocomunicacion; Que, el Articulo 161º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC, y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, senalan que para obtener autorizacion para prestar servicio de radiodifusion se requiere presentar una solicitud, la misma que se debe acompanar con la informacion y documentacion que en dichas normas se detallan; Que, el Articulo 162º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que otorgada la autorizacion para prestar servicio de radiodifusion, se inicia un periodo de instalacion y prueba que tiene una duracion de doce (12) meses; Que, el Articulo 193º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que no son modificables las caracteristicas de instalacion y operacion autorizadas para el uso o explotacion de frecuencias y otros parametros tecnicos, si MORDAZA no se obtiene la correspondiente aprobacion del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; Que, mediante Informes Nºs. 877-2001-MTC/15.19.03.2 y 970-2001-MTC/15.19.01, la Direccion de Administracion de Frecuencia y la Direccion de Asesoria Tecnica de la Direccion General de Telecomunicaciones, respectivamente, senalan que la solicitud formulada por MORDAZA MARITZA MORDAZA MORDAZA cumple con los requisitos tecnicos y legales, por lo que resulta procedente otorgar a la referida persona la autorizacion y permiso solicitados; De conformidad con el TUO de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC con sus modificatorias, el Texto Unico de Procedimiento Administrativos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; y, Con la opinion favorable del Director General de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a MORDAZA MARITZA MORDAZA MORDAZA, autorizacion y permiso de instalacion por el plazo de diez (10) anos, que incluye un periodo de instalacion y prueba de doce (12) meses improrrogable, para operar una estacion del servicio de radiodifusion comercial por television en UHF, en el distrito y provincia de Moyobamba, departamento de San MORDAZA, de acuerdo a las siguientes caracteristicas tecnicas: Estacion Frecuencia MORDAZA Indicativo Potencia Emision : BC-TV : Video: 501.25 MHz. Audio: 505.75 MHz. Banda IV : 19 : OBY-9X : Video: 0.2 Kw. Audio: 0.02 Kw. : Video: C3F Audio: F3E : H24

RELACIONES EXTERIORES
Nombran Consul General del Peru en Turin, Republica Italiana
RESOLUCION SUPREMA Nº 555-2001-RE
MORDAZA, 21 de diciembre de 2001 CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Suprema Nº 532-2001-RE, de 12 de diciembre de 2001, se creo el Consulado General del Peru en la MORDAZA de Turin, Republica Italiana, como Consulado General de Carrera; Que el Consulado General del Peru en Turin, se encuentra vacante; De conformidad con los Articulos 8º y 9º del Decreto Legislativo Nº 894, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica, de 24 de diciembre de 1996; el Articulo 121º del Decreto Supremo Nº 0002-79-RE, modificado por el Articulo 1º del Decreto Supremo Nº 0004-85-RE, de 12 de marzo de 1985; y, los Articulos 131º y 132º del Decreto Supremo Nº 0002-79-RE, Reglamento Consular de la Republica, de 17 de enero de 1979; SE RESUELVE: 1º.- Nombrar al Ministro Consejero en el Servicio Diplomatico de la Republica, MORDAZA MORDAZA Galecio, Consul General del Peru en Turin, Republica Italiana. 2º.- La jurisdiccion consular sera la establecida en la Resolucion Suprema Nº 532-2001-RE, de 12 de diciembre de 2001. 3º.- Extenderle las Letras Patentes correspondientes. 4º.- La fecha en la que el mencionado funcionario debera asumir funciones sera fijada mediante Resolucion Ministerial. 5º.- Aplicar el egreso que origine la presente Resolucion a las partidas correspondientes del Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA GARCIA-SAYAN LARRABURE Ministro de Relaciones Exteriores 36799

MTC
Otorgan a persona natural autorizacion y permiso de instalacion para operar estacion del servicio de radiodifusion comercial por television en UHF
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 1034-2001-MTC/15.03
MORDAZA, 13 de diciembre de 2001 VISTA, la solicitud formulada por MORDAZA MARITZA MORDAZA MORDAZA, para que se le otorgue autorizacion para instalar y operar una estacion del servicio de ra-

Horario Ubicacion de la Planta : Av. Grau s/n, distrito y provincia de Moyobamba, departamento de San Martin. Coordenadas: L.O. 76° 58' 19" L.S. 06° 01' 59" El plazo de autorizacion y el permiso concedido se computara a partir del dia siguiente de publicada la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano.

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