Norma Legal Oficial del día 17 de junio del año 2001 (17/06/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 54

N° DEPENDENCIA DONDE SE INICIA EL TRAMITE AUTORIDAD QUE APRUEBA EL TRAMITE AUTORIDAD QUE RESUELVE EL RECURSO IMPUGNATIVO

DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO

REQUISITOS

DERECHO DE PAGO

Pag. 204600

ORD.

CALIFICACION Evaluacion Hasta 30 Dias Autom. Silencio Silencio Admin. Admin. (+) (-)

4.45 X Unidad de Tramite Documentario

REGULARIZACION DE OBRA SIN LICENCIA (INICIADA DESPUES DEL 20/07/99)

Comision Tecnica Calificadora de Proyectos Distrital

Reconsideracion Comision Tecnica Calificadora de Proyectos Distrital

D.S. Nº 008-2000-MTC que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 27157. "La autoconstruccion sera permitida exclusivamente para uso residencial, Carton de Licencias: con una altura MORDAZA de 3 pisos, al interior de terrenos con areas no mayores S/. 20.00 Nuevos Soles que el lote normativo, con una tolerancia en exceso del 25%, segun el Art 47º del Reglamento de la Ley Nº 27157 Valor de la Obra: (Art 56º) Liquidacion por Numero: a. Para edificacion nueva o ampliacion, se obtendra el valor de obra con base en S/. 40.00 Nuevos Soles (por cada numero los Valores Unitarios Oficiales de edificaciones para la Costa, actualizados menasignado en viv. unifam. en departamento, en c/ estac., sualmente de acuerdo con los indices aprobados por el INEI. en cada deposito y otros susceptibles de numerarse). b. Para Remodel. Modific. reparac. puesta en valor y cercado, el valor de obra sera con base en el costo directo total del presupuesto estimado de obra a nivel de subpartidas, con costos unitarios de MORDAZA publicados en medios especializados, adjuntando fotocopia de la publicacion, aplicando el factor de reajuste 0.4. 1.- CARPETA: (Incluye Hoja de Tramite por duplicado, FUO-Parte 1 y CARPETA: UIT 1.33 % S/. 40.00 Derecho de tramite: anexos por triplicado), debidamente llenados y firmados por el Propietario, Abogado y constatador arq. o ing. civil colegiado. 0.16 % del valor de obra En caso de encontrarse la obra a nivel de casco habitable presentara (monto minimo S/.51.80 + 1% de la UIT) ademas el FUO-Parte 2 para la Declaratoria de Fabrica del inmueble.(*) Monto de Multa: 2.- MORDAZA Simple de Certificado Literal de Dominio con el dictamen 10% del valor de la Obra legal del abogado. 3.- En caso de Regimen de Propiedad Exclusiva y Comun, el acta legalizada de la junta de propietarios autorizando la ejecucion de la obra Art.133º DS. Nº 008-2000-MTC. 4.- Certificado de Parametros Urbanisticos y Edificatorios vigente. 5.- Anexo D del FUO - Parte 1 (con el que se efectuo la Autoliquidacion Derechos por Revision: de multa). por especialidad: 0.05% del V.O. 6.- Certificado de Habilitacion del Profesional Responsable o constatador (Arquitectura) 7.- Memoria justificativa (edificios de mas de 4 pisos, para obras de De ser el caso por especialidad: 0.05% V.O. menor altura que sobrepasan los 1,000 m2 de area techada total, (Estructuras) para los que se proyecten en areas de reglamentacion especial, y por c/delegado ad-hoc: 0.02% Valor de obra para casos de soluciones novedosas. monto minimo por revision: 1% de la UIT 8.- Plano de Localizacion y Ubicacion (1) juego, debidamente De ser procedente: MORDAZA y firmado por el Propietario y Arq.o Ing. Civil Liquidacion de derechos municipales 9.- Planos de Arquitectura (1) juego, debidamente segun valor de obra: MORDAZA y firmado por el Propietario y Arq. o Ing. Civil Licencia de Obra = 0.4% del V.O. 10.- Fotografias a color del inmueble con relacion a volumetria de inmuebles 1º-2º y 3º control de Obra = 0.9% del V.O. vecinos (de ser el caso) (*) 11.- Presupuesto de Valor de Obra (Art 56º del D.S. Nº 008-2000-MTC) Deterioro Pistas y Veredas =0.6% del V.O 12.- Comprobante de pago de la Multa cancelada ( 10% del V.O. ) (Sujeto a reajuste mensual de acuerdo a 13.- Comprobante de pago de los derechos correpondientes. los indices aprobados por el INEI)

Apelacion Comision Tecnica Provincial

NORMAS LEGALES

Nota: Todos los puntos deberan cenirse a lo estipulado en el Liquidacion por Numero: D.S.Nº 008-2000-MTC que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 27157. S/. 40.00 Nuevos Soles ADICIONALMENTE: (por cada numero asignado en viv. Unifam. En Autorizacion previa del Ministerio de Educacion para los anteproyectos de edificadepartamento, en c/ estac., en cada deposito ciones que correspondan a locales educacionales. y otros susceptibles de numerarse. Autorizacion previa del Ministerio de Salud para los anteproyectos de edificaciones que correspondan a hospitales, clinicas o similares. Autorizacion previa de DIGESA para obras que incluyan piscinas o similares. Art. 110º "En el caso que se desee tramitar licencia para ejecutar una obra de cualquier MORDAZA, vinculada a una edificcacion existente que requiere regularizacion de conformidad con el Reglamento de la Ley Nº 27157, ambos tramites se podran efectuar simultaneamente. Art. 112º "El dictamen DESAPROBADO implicara la adecuacion de la edificacion mediante la correccion de las deficiencias. Para ello debera gestionar, paralelamente y bajo el mismo expediente como anexo una Licencia de Obra para amplia- NOTA: Cada revision adicional por especialidad, cion, modificacion, remodelacion y/o demolicion, segun el MORDAZA de obra que corres- requerira de un MORDAZA pago, segun lo estipulado en el ponda, con la salvedad de que, en este caso, se solicitara mediante el FOM y se articulo 121º del Reglamento de la Ley Nº 27157 presentara los planos con el dictamen DESAPROBADO de la Comision Tecnica (*) Para obras menores de 30 m2, sera necesario Calificadora de proyectos, en sustitucion de la declaratoria de fabrica exigida". solo un (1) control de obra. Una vez concluidas las obras de adecuacion debera obtener el Certificado de El cobro de control de obra sera para los casos Finalizacionde Obra y Zonificacion respectivo. que requieran ejecucion de obra. La Licencia de Regularizacion sera procedente solo cuando se MORDAZA concluido con los procedimientos MORDAZA establecidos, previo dictamen de aprobado por la Comision Tecnica Calificadora. (*) En caso de que la obra no se encontrase a nivel de casco habitable, tramitara

MORDAZA, MORDAZA 17 de junio de 2001

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