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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE JUNIO DEL AÑO 2001 (17/06/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 54

Pág. 204600 NORMAS LEGALES Lima, domingo 17 de junio de 2001 D.S. Nº 008-2000-MTC que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 27157."La autoconstrucción será permitida exclusivamente para uso residencial, Cartón de Licencias: con una altura máxima de 3 pisos, al interior de terrenos con áreas no mayores S/. 20.00 Nuevos Soles que el lote normativo, con una tolerancia en exceso del 25%, según el Art 47º delReglamento de la Ley Nº 27157 Valor de la Obra: (Art 56º) Liquidación por Número: a. Para edificación nueva o ampliación, se obtendrá el valor de obra con base en S/. 40.00 Nuevos Soles (por cada número los Valores Unitarios Oficiales de edificaciones para la Costa, actualizados men- asignado en viv. unifam. en departamento, en c / estac., sualmente de acuerdo con los índices aprobados por el INEI. en cada depósito y otros susceptibles de numerarse). b. Para Remodel. Modific. reparac. puesta en valor y cercado, el valor de obra será con base en el costo directo total del presupuesto estimado de obra a nivel de sub- partidas, con costos unitarios de mercado publicados en medios especializados, adjuntando fotocopia de la publicación, aplicando el factor de reajuste 0.4. 4.45 REGULARIZACION DE OBRA SIN 1.- CARPETA: (Incluye Hoja de Trámite por duplicado, FUO-Parte 1 y CARPETA: UIT 1.33 % S/. 40.00 X Reconsideración LICENCIA anexos por triplicado), debidamente llenados y firmados por Derecho de trámite: Unidad de Comisión Técnica Calificadora (INICIADA DESPUES DEL 20/07/99) el Propietario, Abogado y constatador arq. o ing. civil colegiado. 0.16 % del valor de obra Trámite Comisión de Proyectos D istrital En caso de encontrarse la obra a nivel de casco habitable presentará (monto mínimo S/.51.80 + 1% de la UIT) Documentario Técnica además el FUO-Parte 2 para la Declaratoria de Fábrica del inmueble.(*) Monto de Multa: Calificadora 2.- Copia Simple de Certificado Literal de Dominio con el dictamen 10% del valor de la Obra de legal del abogado. Proyectos 3.- En caso de Régimen de Propiedad Exclusiva y Común, el acta legaliza- Distrital da de la junta de propietarios autorizando la ejecución de la obra Art.133º Apelación DS. Nº 008-2000-MTC. Comisión Técnica Provincial 4.- Certificado de Parámetros Urbanísticos y Edificatorios vigente. 5.- Anexo D del FUO - Parte 1 (con el que se efectuó la Autoliquidación Derechos por Revisión: de multa). por especialidad: 0.05% del V.O. 6.- Certificado de Habilitación del Profesional Responsable o constatador (Arquitectura) 7.- Memoria justificativa (edificios de más de 4 pisos, para obras de De ser el caso por especialidad: 0.05% V.O. menor altura que sobrepasan los 1,000 m2 de área techada total, (Estructuras) para los que se proyecten en áreas de reglamentación especial, y por c/delegado ad-hoc: 0.02% Valor de obra para casos de soluciones novedosas. monto mínimo por revisión: 1% de la UIT 8.- Plano de Localización y Ubicación (1) juego, debidamente De ser procedente: sellado y firmado por el Propietario y Arq.o Ing. Civil Liquidación de derechos municipales 9.- Planos de Arquitectura (1) juego, debidamente según valor de obra: sellado y firmado por el Propietario y Arq. o Ing. Civil Licencia de Obra = 0.4% del V.O. 10.- Fotografías a color del inmueble con relación a volumetría de inmuebles 1º-2º y 3º control de Obra = 0.9% del V.O. vecinos (de ser el caso) (*) 11.- Presupuesto de Valor de Obra (Art 56º del D.S. Nº 008-2000-MTC) Deterioro Pistas y Veredas =0.6% del V.O 12.- Comprobante de pago de la Multa cancelada ( 10% del V.O. ) (Sujeto a reajuste mensual de acuerdo a 13.- Comprobante de pago de los derechos correpondientes. los índices aprobados por el INEI) Nota: Todos los puntos deberán ceñirse a lo estipulado en el Liquidación por Número: D.S.Nº 008-2000-MTC que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 27157. S/. 40.00 Nuevos Soles ADICIONALMENTE: (por cada número asignado en viv. Unifam. En Autorización previa del Ministerio de Educación para los anteproyectos de edifica- departamento, en c/ estac., en cada depósito ciones que correspondan a locales educacionales. y otros susceptibles de numerarse. Autorización previa del Ministerio de Salud para los anteproyectos de edificaciones que correspondan a hospitales, clínicas o similares. Autorización previa de DIGESA para obras que incluyan piscinas o similares.Art. 110º "En el caso que se desee tramitar licencia para ejecutar una obra de cualquier tipo, vinculada a una edificcación existente que requiere regularizaciónde conformidad con el Reglamento de la Ley Nº 27157, ambos trámites se podránefectuar simultáneamente.Art. 112º "El dictamen DESAPROBADO implicará la adecuación de la edificación mediante la corrección de las deficiencias. Para ello deberá gestionar, paralela-mente y bajo el mismo expediente como anexo una Licencia de Obra para amplia- NOTA: Cada revisión adicional por especialidad, ción, modificación, remodelación y/o demolición, según el tipo de obra que corres- requerirá de un nuevo pago, según lo estipulado en el ponda, con la salvedad de que, en este caso, se solicitará mediante el FOM y se artículo 121º del Reglamento de la Ley Nº 27157 presentará los planos con el dictamen DESAPROBADO de la Comisión Técnica (*) Para obras menores de 30 m2, será necesario Calificadora de proyectos, en sustitución de la declaratoria de fábrica exigida". sólo un (1) control de obra. Una vez concluidas las obras de adecuación deberá obtener el Certificado de El cobro de control de obra será para los casos Finalizaciónde Obra y Zonificación respectivo. que requieran ejecución de obra. La Licencia de Regularización será procedente sólo cuando se haya concluido con los procedimientos antes establecidos, previo dictamen de aprobado por la Comisión Técnica Calificadora. (*) En caso de que la obra no se encontrase a nivel de casco habitable, tramitaráN° DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO REQUISITOS DERECHO DE PAGO CALIFICACIÓN Evaluación DEPENDENCIA AUTORIDAD AUTORIDAD ORD. Hasta 30 Días DONDE SE INICIA QUE APRUEBA QUE RESUELVE Autom. Silencio Silencio EL TRAMITE EL TRAMITE EL RECURSO Admin. Admin. IMPUGNATIVO (+) (-)