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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2002 (23/12/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 102

Pág. 235712 NORMAS LEGALES Lima, lunes 23 de diciembre de 2002 C. MODALIDADES DE APLICACION 11.Aplicaciones Directas Gastos que se realizan directamente, sin efectuarse trans- ferencias de recursos. 20.Transferencias a Municipios Gastos por transferencias financieras de recursos a Go- biernos Locales. 21.Transferencias a los Gobiernos Regionales Gastos por transferencias financieras de recursos a los Gobiernos Regionales. 22.Transferencias a otros Organismos del Sector Pú- blico Gastos por transferencias financieras de recursos a otros Organismos del Sector Público no contemplados en otras modalidades. 30.Transferencias a las Sociedades de Beneficencia Pública Gastos por transferencias financieras de recursos a las Sociedades de Beneficencia Pública. 31.Transferencias a Empresas Gastos por transferencias financieras de recursos efec- tuadas en aplicación de norma legal expresa y destina- das a atender gastos de empresas. 32.Transferencias a Fondos y Fundaciones Gastos por transferencias financieras de recursos efec- tuadas en favor de entidades creadas bajo la forma de fondos y fundaciones. 40.Transferencias a Instituciones Privadas, Comuni- dades Campesinas y Organizaciones Sociales Gastos por transferencias financieras de recursos a enti- dades que no forman parte del Sector Público. 50.Transferencias al exterior - Gobiernos, Organismos Internacionales y Fondos Internacionales Gastos por transferencias financieras de recursos, con o sin contraprestación de bienes y/o servicios, a organis- mos y entidades gubernamentales pertenecientes a otros países, a Organismos Internacionales provenientes de compromisos firmados anteriormente, inclusive aquellos que tengan sede o reciban los recursos en el Perú, y a fondos instituidos por diversos países como consecuen- cia de Ley expresa. 60.Transferencias al CAFAE Gastos por transferencias financieras de recursos para el abono de incentivos y/o entregas, programas, activi- dades de bienestar y productividad, así como para la eje- cución de las prestaciones dispuestas por norma legal expresa, cuando corresponda. D. ESPECIFICAS DEL GASTO 01. RETRIBUCIONES Y COMPLEMENTOS-LEY DE BASES DE LA CARRERA ADMINISTRATIVA Gastos por retribuciones y complementos afectos y no afectos a cargas sociales. Conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 135- 94-EF, las retribuciones y complementos afectos a car- gas sociales, comprenden gastos como: remuneración básica, remuneración reunificada, remuneración transi- toria para homologación, bonificación personal, bonifica- ción familiar, refrigerio y movilidad, bonificación especial del Decreto Supremo Nº 051-91-PCM y bonificacionesespeciales de los Decretos de Urgencia Nº 37-94, 118- 94, 090-96, 019-97, 073-97 y 011-99 y demás bonifica- ciones otorgadas que tengan la misma naturaleza. Conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº. 135-94-EF, las retribuciones y complementos no afec- tos a cargas sociales, son las consideradas por los Decretos Supremos Nº 067-92-EF y 025-93-PCM, así como la asignación excepcional del Decreto Supremo Nº 276-91-EF. 02. RETRIBUCIONES Y COMPLEMENTOS - LEY DEL PROFESORADO Y SU MODIFICATORIA Gastos por retribuciones y complementos afectos y no afectos a cargas sociales. Conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 135-94-EF, las retribuciones y complementos afectos a cargas sociales, comprenden gastos como: Remu- neración Básica, Remuneración Reunificada, Remune- ración Transitoria para Homologación, Bonificación Personal, Bonificación Familiar, Refrigerio y Movilidad, diversas bonificaciones y asignaciones excepcionales, tales como lo dispuesto por los Decretos Supremos Nºs 154-91-EF y 051-91-PCM, Decreto Ley Nº 25671, Decretos Supremos Nº 081-93-EF y 19-94-PCM y De- cretos de Urgencia Nº 80-94, 090-96, 073-97 y 011-99 y demás bonificaciones otorgadas que tengan la mis- ma naturaleza. Conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 135- 94-EF, las retribuciones y complementos no afectos a cargas sociales, comprenden gastos como: bonificación por preparación de clases, bonificación por desempeño del cargo y preparación de documentos de gestión, boni- ficación por zona diferenciada por laborar en zona de fron- tera selva, zona rural, altura excepcional, zona de menor desarrollo relativo y emergencia, diversas bonificaciones y asignaciones excepcionales, tales como lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 261-91-EF, Decreto Supremo Extraordinario Nº 21-PCM/92 y Decreto Supremo Extraor- dinario Nº 077-93/PCM. 03. RETRIBUCIONES Y COMPLEMENTOS - LEY DE LA CARRERA MEDICA Y PROFESIONALES DE LA SALUD Gastos por retribuciones y complementos afectos y no afectos a cargas sociales. Conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 135-94-EF, las retribuciones y complementos afectos a cargas sociales, comprenden gastos como: Remu- neración Básica, Remuneración Reunificada, Remune- ración Transitoria para Homologación, Bonificación Personal, Bonificación Familiar, Refrigerio y Movilidad, diversas bonificaciones y asignaciones excepcionales, tales como lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 153- 91-EF, Decreto Ley Nº 25671, Decreto Supremo Nº 081- 93-EF, Decreto Supremo Nº 19-94-PCM, Decretos de Urgencia Nº 80-94, 090-96, 098-96, 073-97 y 011-99 y demás bonificaciones otorgadas que tengan la misma naturaleza. Conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 135- 94-EF, las retribuciones y complementos no afectos a cargas sociales, comprenden gastos como: bonificación diferencial por laborar en zonas rurales y urbano margi- nales y zonas declaradas en emergencia (art. 184º - Ley Nº 25303), diversas bonificaciones y asignaciones excep- cionales o especiales tales como lo dispuesto por el De- creto Supremo Nº 040-92-EF. 04. RETRIBUCIONES Y COMPLEMENTOS-CARRERA JUDICIAL Gastos por retribuciones y complementos afectos y no afectos a cargas sociales. Conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 135- 94-EF, las retribuciones y complementos afectos a car- gas sociales, comprenden gastos como: Remuneración Básica, Remuneración Reunificada, Remuneración Tran-