Norma Legal Oficial del día 10 de febrero del año 2002 (10/02/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

MORDAZA, MORDAZA 10 de febrero de 2002

NORMAS LEGALES

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cion, a traves de sus organos competentes debidamente legitimados por sus documentos de gestion. b) Inspector Municipal: Persona debidamente capacitada y autorizada por la Autoridad Administrativa, que tiene la funcion de supervisar el cumplimiento de la Ordenanza Nº 017­2000/MVMT e imponer las papeletas de multas ante las infracciones que cometan las personas juridicas y los conductores de vehiculos menores. c) Papeleta de Infraccion: Formulario aprobado por la Autoridad Administrativa, en el que constara la infraccion cometida, asi como los datos para identificar a la persona juridica, conductor y vehiculo, responsables de la infraccion, que tiene como resultado una sancion administrativa. d) Autoridad Policial: Personal de la Policia Nacional del Peru que brinda el apoyo que resulte necesario para el cumplimiento de la Ordenanza Nº 017-2000/ MVMT , asi como del presente Reglamento.
TITULO IV DE LAS SANCIONES E INFRACCIONES

Articulo 4º.- Las sanciones que se apliquen se sujetaran a lo establecido en los Arts. MORDAZA y MORDAZA Primero de la Ordenanza Nº 017­2000/MVMT, asi como en el Anexo denominado Cuadro de Infracciones y Sanciones al Reglamento del Servicio de Transporte Publico en Vehiculos Menores del distrito de MORDAZA MORDAZA del Triunfo, de la misma.
TITULO V DE LAS SANCIONES Y PROCEDIMIENTOS

Articulo 5º.- El incumplimiento de las normas establecidas en el Cuadro de Infracciones y Sanciones al Reglamento del Servicio de Transporte Publico en Vehiculos Menores de la Ordenanza Nº 017­2000/ MVMT, daran lugar a la aplicacion de la sancion correspondiente por la autoridad. Articulo 6º.- Las sanciones por infracciones a la Ordenanza Nº 017-2000/ MVMT, que regula el Servicio de Transportes de Pasajeros y Carga en Vehiculos Menores, seran impuestas por los Inspectores Municipales autorizados por la Autoridad Administrativa; con sujecion a las disposiciones legales vigentes, sin perjuicio de las infracciones de MORDAZA a cargo de la Policia Nacional del Peru de la Jurisdiccion Distrital, tal como lo disponen la Ordenanza Nº 241­ 99/MML, que regula el Servicio de Transportes de Pasajeros y Carga en Vehiculos Menores, Decreto Supremo Nº 004­2000/MTC y Decreto Supremo Nº 009­ 2000/MTC . Articulo 7º.- El cuerpo de Inspectores Municipales dependera jerarquicamente de la Direccion de Servicios Publicos. Articulo 8º.- Las atribuciones conferidas a los Inspectores Municipales podran tambien ser asumidas por la Policia Municipal y/o el cuerpo de Serenazgo, con expresa autorizacion de la Direccion Municipal de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA del Triunfo. Articulo 9º.- Para la imposicion de las papeletas de infraccion, el Inspector Municipal constatara la infraccion cometida, con el Cuadro de Infracciones y Sanciones al Reglamento del Servicio de Transporte Publico en Vehiculos Menores del distrito de MORDAZA MORDAZA del Triunfo, anexo de la Ordenanza Nº 017­2000/MVMT, solicitando al conductor la Resolucion de Circulacion, el Certificado de Operacion, Credencial de Conductor, Licencia de Conducir, Tarjeta de Propiedad y la respectiva Poliza de Seguros vigente, documentos que seran devueltos con la correspondiente papeleta de infraccion, la que debera ser firmada por el conductor. Articulo 10º.- En caso que el conductor se negase a proporcionar la documentacion solicitada y/o a firmar la papeleta de infraccion respectiva, se dejara MORDAZA en la papeleta.

Articulo 11º.- De encontrarse el vehiculo en movimiento, solo se podra intervenir el mismo con la participacion de la Autoridad Policial. Articulo 12º.- Los formularios de Papeletas de Infraccion se expediran en original y tres (3) copias. Articulo 13º.- La distribucion del formulario de Papeleta de Infraccion se efectuara observando el siguiente detalle: el original de la papeleta de infraccion sera entregada al infractor, la primera MORDAZA sera para la Persona Juridica correspondiente, la MORDAZA MORDAZA sera para la Oficina de Rentas y la tercera MORDAZA para la Direccion de Servicios Publicos, dentro de las 24 horas de efectuada la imposicion. Articulo 14º.- La Municipalidad podra ademas solicitar a la Policia Nacional del Peru, si asi lo considera necesario, la imposicion de papeletas de infraccion observando el procedimiento establecido en los articulos precedentes, para lo cual la Autoridad Administrativa remitira los formularios que se aprueben, como se menciona en el Articulo 6º. Articulo 15º.- El conductor y/o propietario del vehiculo y en su caso, la persona juridica prestadora del servicio, son solidariamente responsables ante la Autoridad Municipal Distrital de las infracciones que constate y sancione el Inspector Municipal. Articulo 16º.- La Papeleta de Infraccion podra contener una o mas infracciones, siempre que el infractor sea el mismo, observandose las formalidades aprobadas en el presente Reglamento. Articulo 17º.- El Inspector Municipal elevara a la Direccion de Servicios Publicos, un Informe sobre las Papeletas de Infraccion impuestas, una MORDAZA informativa sera remitida a la Division de Transporte. El informe recibido con la visacion respectiva de la Direccion de Servicios Publicos, sera derivado a la Oficina de Rentas, el que servira de sustento para la Resolucion de Multa que expedira esta Oficina. Articulo 18º.- La Direccion de Servicios Publicos mantendra el archivo de Papeletas de Infraccion, para efectos del control y fiscalizacion. Articulo 19º.- La Oficina de Rentas mantendra y custodiara las Resoluciones de Multas, asi como las Papeletas de Infraccion, para efectos de los tramites a que hubiese lugar, debiendose archivar el Original al concluir su tramite, para efectos de control y fiscalizacion, informando mensualmente a la Direccion Municipal de las multas canceladas. Articulo 20º.- El importe de la multa esta referido a un porcentaje de la Unidad Impositiva Tributaria (U.I.T.) vigente a la fecha de imposicion de la sancion. Articulo 21º.- El infractor con la MORDAZA de la papeleta de infraccion debera acercarse a la Oficina de Rentas de la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA del Triunfo para obtener la calificacion y orden de pago correspondiente, la misma que debera ser cancelada en un plazo MORDAZA de 15 (quince) dias habiles, descontando el cincuenta por ciento (50%) del importe en caso de ser cancelada dentro de los primeros 5 (cinco) dias utiles contados desde la aplicacion de la papeleta al conductor o al representante legal de la persona juridica, segun sea el caso. Articulo 22º.- De no estar conforme la persona afectada con la papeleta impuesta, tiene 3 (tres) dias habiles para interponer su Recurso Impugnativo, de acuerdo a lo establecido en el Reglamento de Aplicacion de Sanciones Administrativas (R.A.S.) de esta Municipalidad. Articulo 23º.- De no cancelar el importe del valor de la Multa en el plazo MORDAZA de 15 (quince) dias habiles, una vez de que se firme la papeleta impuesta, se derivara a la Unidad de Ejecutoria Coactiva, para su ejecucion, efectuandose la cobranza por esta via.
DISPOSICIONES FINALES

Primera.- Encargar a la Direccion de Servicios Publicos, a traves de sus Unidades Organicas, el estricto cumplimiento del presente Reglamento. Segunda.- El presente Decreto de Alcaldia entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano.

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