Norma Legal Oficial del día 12 de marzo del año 2002 (12/03/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 12 de marzo de 2002

Que, con las facultades conferidas por los Articulos 20º y 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, y la Ley Nº 23853, Organica de Municipalidades, con la unanimidad de los miembros del Concejo; SE RESUELVE:

mientos comerciales, industriales y/o de servicios cumplan con presentar la Declaracion Jurada de Comunicado de Continuidad. Articulo Segundo.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza, asi como su respectiva difusion a la Gerencia de Finanzas en cuanto le corresponda. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase.

1º.- Declarar EN SITUACION DE URGENCIA la adquisicion de insumos del Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad de Lurigancho - Chosica, por un plazo que no podra exceder de 90 dias adicionales a la Resolucion de Concejo Nº 09-2001/CDL-CH, mientras dure el MORDAZA de seleccion convocada mediante Licitacion Publica. Registrese, comuniquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 4801

MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 4803

Amplian plazo de MORDAZA de solicitudes sobre inafectacion o exoneracion del pago del Impuesto Predial
ORDENANZA Nº 0133-MDSL
San MORDAZA, 8 de marzo del 2002 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal de San MORDAZA en Sesion Ordinaria de fecha 7 de marzo del 2002, aprobo por mayoria el Dictamen Nº 0025-2002-CEPAL-CDSL emitido por la Comision de Economia, Presupuesto y Asuntos Legales sobre la ampliacion del plazo para la MORDAZA de solicitudes de Inafectacion y/o Exoneracion del pago del Impuesto Predial. CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo Nº 776, Ley de Tributacion Municipal, en su Articulo 19º modificado por la Ley Nº 26952, establece que los pensionistas propietarios de un solo inmueble, a nombre propio o de la sociedad conyugal, que este destinado a vivienda de los mismos, deduciran de la base imponible del Impuesto Predial, un monto equivalente a 50 UIT, vigentes al 1 de enero de cada ejercicio gravable; Que, mediante Ordenanza Nº 0119-MDSL se amplio hasta el 28 de febrero del 2002 el plazo de MORDAZA de solicitudes para la Inafectacion y/o Exoneraciones del pago del Impuesto Predial; Que, en aplicacion de las normas acotadas los contribuyentes vienen solicitando la inafectacion y/o exoneracion del pago del Impuesto Predial, sin embargo existen contribuyentes que al 28 de febrero del 2002 no han presentado sus solicitudes respectivas; Que, es politica de la actual gestion otorgar facilidades a todos los contribuyentes, mas aun, considerando la actual coyuntura economica y politico-social que atraviesa el MORDAZA y que afecta especialmente a este sector, por ello es necesario ampliar el plazo de MORDAZA de las solicitudes para la Inafectacion y/o Exoneracion del Pago del Impuesto Predial a los pensionistas propietarios de un solo inmueble; En uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 23853 - Ley Organica de Municipalidades y el Articulo 19º del Decreto Legislativo Nº 776 - Ley de Tributacion Municipal, y de conformidad con el Informe Nº 025-2002-MDSL-GF de la Gerencia de Finanzas y Acuerdo de Concejo Nº 00392002-CDSL, se expide la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- AMPLIAR hasta el 27 de marzo del ano 2002, el plazo de MORDAZA de solicitudes para la Inafectacion y/o Exoneracion del Pago del Impuesto Predial. Articulo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Finanzas y a la Unidad de Tramite Documentario el cumplimiento de la presente Ordenanza, asi como su respectiva difusion, en cuanto les corresponda. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 4804

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Amplian plazo de MORDAZA de la declaracion jurada de comunicado de continuidad a cargo de conductores de establecimientos comerciales, industriales y de servicios
ORDENANZA Nº 0132-MDSL
San MORDAZA, 8 de marzo del 2002 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal de San MORDAZA en Sesion Ordinaria de fecha 7 de marzo del 2002, aprobo por unanimidad el Dictamen Nº 001-2002-CCA-CDSL emitido por la Comision de Comercializacion y Abastecimiento sobre ampliacion del plazo para la MORDAZA de la Declaracion Jurada de Comunicado de Continuidad. CONSIDERANDO: Que, conforme lo dispone la Ley Nº 27180, los conductores de establecimientos comerciales, industriales y/o de servicios, deben presentar en un papel simple una comunicacion de continuidad sin costo alguno, en donde senalen que siguen operando su establecimiento con el giro, area y demas caracteristicas autorizadas por la Municipalidad, siendo la fecha MORDAZA para presentar dicha Declaracion el ultimo dia de febrero de cada ano, en concordancia con la Primera Disposicion Complementaria de la Ordenanza Nº 0054-MDSL; Que, el inciso 7) del Articulo 68º de la Ley Nº 23853, Ley Organica de Municipalidades, establece que corresponde a las Municipalidades otorgar las autorizaciones de funcionamiento a los establecimientos comerciales, industriales y de actividades profesionales y/o servicios, asi como controlar su funcionamiento de acuerdo a las normas establecidas; Que, el plazo para presentar la Declaracion Jurada de Comunicado de Continuidad vencio el 28 de febrero del 2002, y unicamente el 40% de aproximadamente 3,000 conductores de establecimientos comerciales y/o de servicios ha cumplido con presentarlo; Que, es politica de la actual gestion otorgar facilidades a los contribuyentes para que cumplan con sus obligaciones, en tal sentido, es factible ampliar el plazo para la MORDAZA de dicha declaracion jurada; Estando a lo expuesto, con las facultades conferidas en la Ley Nº 23853, Ley Organica de Municipalidades y de conformidad con el Informe Nº 024-2002-MDSL-GF de la Gerencia de Finanzas y Acuerdo de Concejo Nº 0036-2002CDSL, se expide la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- Ampliar hasta el 30 de marzo del ano 2002, el plazo para que los conductores de estableci-

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