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Pág. 219225 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 13 de marzo de 2002 MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Autorizan contratación de servicios de capacitación sobre gestión y negocia- ción mediante adjudicación de menor cuantía SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA - SAT RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 022-2002-SAT-MML Lima, 12 de marzo de 2002 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el inciso h) del Ar- tículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobada mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, las con- trataciones de servicios personalísimos se encuentran exoneradas de los procesos de Licitación, Concurso Público o Adjudicación Directa, procediendo su contratación mediante una Adjudicación de Menor Cuantía, conforme a lo establecido por el Artículo 20º de dicha Ley; Que, el Artículo 111º del Reglamento de la precitada Ley, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establece que son servicios personalísimos, los contratos de locación de servicios celebrados con personas natura- les o jurídicas cuando para dicha contratación se haya te- nido en cuenta como requisito esencial a la persona del locador, ya sea por sus características inherentes, particu- lares o especiales o por su determinada calidad, profesión, ciencia, arte u oficio; Que, los Artículos 105º y 116º del mencionado Reglamento establecen los procedimientos a que de- ben someterse las contrataciones y adquisiciones exo- neradas de los procesos de selección antes aludidos precisando que, una vez aprobada la exoneración, la contratación deberá realizarse mediante acciones in- mediatas sobre la base de la obtención de una cotiza- ción que cumpla los requisitos establecidos en las Ba- ses, debiendo indicarse en la resolución exoneratoria el órgano que se encargará de llevar a cabo la contra- tación exonerada; Que, esta Institución requiere contratar a una institu- ción de prestigio académico con experiencia en programas de gestión y negociación a fin de lograr una capacitación sobre herramientas fundamentales en administración y gestión estratégica así como en los avances de la legisla- ción tributaria municipal, de la normatividad y procedimien- tos necesarios para un desempeño profesional de primer nivel; Que, de los Informes Nºs. 000091-2002-SAT/04 y 007- 2002-SAT/03-RECURSOS de esta entidad, se opina que los servicios del Centro de Negocios de la Universidad Católica del Perú - Centrum Católica, con quien actual- mente se mantiene un convenio interinstitucional que le ha permitido recabar información de manera conjunta con los funcionarios del SAT para el mejor enfoque de la re- ferida capacitación, califican como servicios personalí- simos, teniendo en consideración su amplia experiencia en capacitación de primer nivel sobre gestión y negocia- ción. Siendo dichas características inherentes a dicha persona jurídica; Que, lo expresado en los citados Informes, justifican técnica y legalmente la contratación de los servicios espe- cializados mediante la exoneración del respectivo proceso de selección antes señalado, cumpliéndose así con lo es- tipulado en el Artículo 113º del Reglamento antes mencio- nado; Estando a lo expresado y de conformidad con lo dis- puesto en los Artículos 19º y 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, y con los Artículos 105º, 111º, 113º y 116º de su Reglamento,aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, la Di- rectiva Nº 011-2001-CONSUCODE/PRE, y contando con los Informes Nºs. 000091-2002-SAT/04 y 007-2002-SAT/ 03-RECURSOS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la exoneración de la contratación de los servicios personalísimos referidos en la parte con- siderativa de la presente resolución y, consecuentemente, autorizar a la Gerencia de Administración a contratar por la prestación de 180 horas lectivas, mediante Adjudicación de Menor Cuantía. Artículo 2º.- El valor referencial del servicio a contratar asciende a US$ 25,000.00 (veinticinco mil y 00/100 dóla- res americanos) que incluye todo concepto, gastos y tribu- tos a que hubiere lugar. Artículo 3º.- Disponer que la Gerencia de Adminis- tración remita copia de la presente resolución y del informe que sustenta esta exoneración a la Contraloría General de la República dentro de los diez días calendario siguientes a su aprobación. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JOSÉ ARISTA ARBILDO Jefe del Servicio de Administración Tributaria 4862 Aprueban Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Servicio de Administración Tributaria para el ejer- cicio fiscal 2002 SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA - SAT RESOLUCIÓN DE GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN Nº 0019-02-SAT/03 Lima, 12 de marzo de 2002 CONSIDERANDO: Que, es necesario contar con un documento de ges- tión que formalice y permita la adquisición de bienes y la contratación de servicios mediante los procesos de se- lección correspondiente, a fin de garantizar el normal fun- cionamiento del Servicio de Administración Tributaria y dar cumplimiento a las metas trazadas para el Ejercicio Fiscal 2002; Que, de acuerdo al Artículo 7º del Texto Único Orde- nado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Es- tado aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y el Artículo 7º de su Reglamento aprobado por Decreto Su- premo Nº 013-2001-PCM, cada entidad elaborará un Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones que consolidará la información de las Licitaciones Públicas, Concursos Públicos y Adjudicaciones Directas que realizará la Enti- dad durante el Ejercicio Fiscal, el mismo que deberá ser aprobado por el Titular del Pliego o la máxima autoridad administrativa; Que, el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el Ejercicio Fiscal 2002 del Servicio de Administra- ción Tributaria ha sido formulado de acuerdo a la asigna- ción presupuestal del referido Ejercicio Fiscal; Que, la información ha sido consolidada de los cuadros de necesidades presentados en su oportunidad por las di- ferentes Gerencias y Áreas del Servicio de Administración Tributaria; Que, el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones será aprobado por la máxima autoridad administrativa de la Entidad; Que, el Artículo 10º del Edicto Nº 227 señala a la Ge- rencia de Administración como órgano responsable del manejo presupuestal del pliego constituido por la institu- ción, teniendo entre sus funciones elaborar el proyecto de presupuesto de la institución y administrar los procesos de compras y abastecimientos, siendo el Gerente de Admi- nistración el funcionario de mayor nivel del área adminis- trativa;