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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE MARZO DEL AÑO 2002 (27/03/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 83

Pág. 220033 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 27 de marzo de 2002 MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO Amplían plazo para presentación de de- claración jurada y pago al contado o de cuotas del impuesto predial y arbitrios municipales ORDENANZA Nº 043-MSI San Isidro, 26 de marzo de 2002 EL ALCALDE DE SAN ISIDRO; POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN ISIDRO; En Sesión Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, mediante Informe de la Oficina de Rentas Nº 029-2002-22-OREN/MSI del 20 de marzo del 2002, so- bre ampliación del plazo para la presentación de la Declaración Jurada y el pago al contado o de la prime- ra cuota fraccionada del Impuesto Predial y los Arbi- trios Municipales 2002; Que, el inciso a), del Artículo 14º del Decreto Legislati- vo Nº 776, que aprobó la Ley de Tributación Municipal, es- tablece que los contribuyentes están obligados a presen- tar Declaración Jurada anualmente, el último día hábil del mes de febrero, salvo que la Municipalidad establezca una prórroga; Que, el Artículo 15º de la misma norma establece que el impuesto podrá cancelarse al contado o en forma fraccio- nada, venciendo la primera cuota el último día hábil del mes de febrero; Que, mediante Ordenanza Nº 040-MSI se prorrogó la fecha de pago del Impuesto Predial y de las tres primeras cuotas de los arbitrios municipales hasta el 27 de marzo del 2002; Que, con ocasión de la amnistía tributaria y no tri- butaria denominada "Beneficio Extraordinario de Con- donación de Intereses y Sanciones BECIS 2002" apro- bado mediante Ordenanza Nº 039-MSI, se han acogido más de seis (6,000) mil contribuyentes, gran parte de los cuales requieren un plazo adicional para poder cum- plir con sus obligaciones tributarias correspondientes al presente año; Que, en la última semana del mes de marzo se conme- mora la Semana Santa, disminuyéndose el número de días hábiles disponibles para el cumplimiento de las obligacio- nes tributarias con la Municipalidad, por los feriados no labo- rables; Que, en el mes de marzo tradicionalmente vencen otras obligaciones, tales como pago de matrículas y otros gas- tos de Colegios, Universidades y tributos al Gobierno Cen- tral, entre otros; Que, siendo política de la actual administración brindar las mayores facilidades a nuestros contribuyentes para el adecuado cumplimiento de sus obligaciones tributarias de naturaleza formal o sustancial del ejercicio fiscal 2002, co- rresponde sancionar una Ordenanza ampliando el plazo para su cumplimiento; Que, conforme a las facultades conferidas por la Ley Nº 23853, Ley Orgánica de Municipalidades, Decreto Legislativo Nº 776, que aprobó la Ley de Tributación Muni- cipal y Decreto Supremo Nº 135-99-EF, que aprobó el Tex- to Único Ordenado del Código Tributario, se aprobó por unanimidad y con dispensa de trámite de aprobación de actas la siguiente: ORDENANZA QUE AMPLÍA EL PLAZO PARA LA PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN JURADA Y EL PAGO AL CONTADO O DE LA PRIMERA CUOTA FRACCIONADA DEL IMPUESTO PREDIAL y DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES 2002 Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 30 de abril del 2002 el vencimiento del plazo para la presentación de la Declaración Jurada anual y el pago al contado o de laprimera cuota fraccionada del Impuesto Predial del ejerci- cio fiscal 2002. Artículo Segundo.- PRORROGAR hasta el 30 de abril del 2002 el vencimiento del plazo para el pago de las tres primeras cuotas de los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública y Ornato, de Parques y Jardines y de Seguridad Ciudadana del ejercicio fiscal 2002. Artículo Tercero.- ENCARGAR a las Oficinas de Rentas y de Administración, a sus dependencias y a la Unidad de Informática el cumplimiento de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese y cúmplase. GASTÓN BARÚA LECAROS Alcalde 5761 MUNICIPALIDAD DE SAN LUIS Determinan dietas de regidores y remu- neración del Alcalde para el ejercicio presupuestal 2002 ACUERDO DE CONCEJO Nº 0040-2002-CDSL San Luis, 25 de marzo del 2002 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS Visto, en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 7 de marzo del 2002, la propuesta del Regidor Telésforo Solano Osorio sobre las dietas de los señores Regidores por asis- tencia a las Sesiones de Concejo; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con lo prescrito en el Artículo 21º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, modificado por la Ley Nº 26317, los Alcaldes y Regidores son renta- dos conforme lo permite el presupuesto y la disponibilidad de recursos propios de cada Municipalidad, previo Acuer- do del Concejo Municipal, aplicándose los montos que de- terminan o autorizan las normas sobre remuneraciones para sus respectivos rangos; Que, conforme se establece en el primer párrafo del Artículo 39º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, concordante con el Artículo 2º de la Ley Nº 26317, el Concejo Municipal debe sesionar ordinariamente cuan- do menos una vez cada quince días y los Regidores pue- den percibir Dietas hasta por un máximo de cuatro sesio- nes al mes; Que, el monto mensual de las dietas ha sido previsto en el Presupuesto de la Municipalidad Distrital de San Luis aprobado mediante Acuerdo de Concejo Nº 126-2001- CDSL de fecha 17 de diciembre del 2001 para el presente año fiscal; Que, el Artículo 3º de la Ley Nº 26317 establece que el Acuerdo para fijar el monto de la dieta se adopta una vez al año hasta el 31 de marzo de cada ejercicio presu- puestal; Que, en la sesión referida el Sr. Alcalde Víctor Alegría Gonzales manifestó su desacuerdo con la propuesta del Regidor Solano sobre la modificación del número de Se- siones y las Dietas; Con el Voto unánime de sus miembros, en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, en concordancia con el Re- glamento Interno del Concejo, y de conformidad con la Ley Nº 26317; ACUERDA: Artículo Primero.- FIJAR en 0.5806 UIT el monto de la dieta que percibirá cada Regidor del Concejo Distrital de San Luis durante el Ejercicio Presupuestal 2002 por su asis- tencia efectiva a Sesión de Concejo, abonándose hasta por un máximo de dos sesiones al mes.