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Pág. 233750 NORMAS LEGALES Lima, sábado 23 de noviembre de 2002 dos que se creen y/o asignen para el desarrollo de activi- dades vinculadas al Proyecto Camisea. Artículo 5º.- El GTCI CAMISEA establecerá mecanis- mos de coordinación con relación al Proyecto Camisea con las siguientes entidades: - El Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Energía (OSINERG); - El Instituto Nacional de Recursos Naturales del Minis- terio de Agricultura (INRENA); - La Secretaría Técnica de Asuntos Indígenas (SETAI) de la Comisión Nacional de Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuanos (CONAPA); - El Consejo Nacional del Ambiente (CONAM); - La Dirección General de Salud Ambiental del Ministe- rio de Salud (DIGESA); - La Defensoría del Pueblo (DP); - La Dirección General de Caminos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (DGC); - El Instituto Nacional de Desarrollo (INADE); - El Programa Especial de Titulación de Tierras (PETT); - La Dirección de Capitanías y Guardacostas del Minis- terio de Defensa (DICAPI); y, - El Instituto Nacional de Cultura (INC). Para los fines a que se contrae el presente Decreto Supremo, cada una de las entidades antes menciona- das, deberá designar a sus representantes en un plazo no mayor de 7 días calendario, computados a partir de la vigencia del presente Decreto Supremo. Así mismo el Ministerio de Energía y Minas partici- pará en el GTCI a través de la Dirección General de Asuntos Ambientales y la Dirección General de Hidro- carburos, sin perjuicio de lo establecido en el artículo siguiente. Artículo 6º.- Por Resolución Ministerial del Sector Energía y Minas, se designará al responsable de coordi- nar el GTCI CAMISEA, el cual asumirá las tareas inhe- rentes al manejo de los recursos indicados en el Artí- culo 2º del presente Decreto Supremo y será, adicio- nalmente, el encargado de efectuar las tareas de coordi- nación con los representantes de las entidades indica- das en el Artículo 5º. Artículo 7º.- Facultar al Ministerio de Energía y Mi- nas, para dictar las disposiciones que se requieran para el cumplimiento del presente Decreto Supremo, inclu- yendo la posibilidad de transferir recursos a las entida- des involucradas con el desarrollo de las actividades a cargo del Programa de Fortalecimiento Institucional y de Apoyo a la Gestión Ambiental y Social del Proyecto Camisea. Artículo 8º.- Derogar o dejar en suspenso, según sea el caso, las disposiciones que se opongan al presente De- creto Supremo. Artículo 9º.- El presente Decreto Supremo será refren- dado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Energía y Minas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintidós días del mes de noviembre del año dos mil dos. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República LUIS SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Energía y Minas 20759Autorizan viaje del Ministro de Relacio- nes Exteriores para realizar Visita Ofi- cial a la República de Colombia RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 516-2002-PCM Lima, 22 de noviembre de 2002 CONSIDERANDO: Que el Ministro de Relaciones Exteriores, Embajador Allan Wagner Tizón, ha sido invitado a realizar una Visita Oficial a la República de Colombia, el 25 y 26 de noviem- bre de 2002; Que la mencionada Visita Oficial tiene como objetivo estrechar las relaciones bilaterales del Perú con este país, en materia de cooperación e integración fronteriza, así como en materia comercial y de inversiones; Que, asimismo, se sostendrán reuniones con las más altas autoridades de los países mencionados y se suscribirán diversos instrumentos bilaterales orienta- dos a la cooperación medio ambiental, turística y con- sular; De conformidad con el inciso b) del artículo 12º del Decreto Legislativo Nº 894, Ley del Servicio Diplomáti- co de la República, de 24 de diciembre de 1996, el inci- so m) del artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 28 de diciembre de 1992, la Ley Nº 27619, su regla- mento aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2002- PCM, de 6 de junio de 2002, el Decreto de Urgencia Nº 030-2002, modificado por el Decreto de Urgencia Nº 033-2002; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje del Embajador Allan Wagner Tizón, Ministro de Relaciones Exteriores, en Visita Oficial a la República de Colombia, el 25 y 26 de noviembre de 2002. Artículo Segundo.- Los gastos que ocasione la pre- sente Resolución por concepto de pasajes US$ 954.62, viáticos US$ 600,00 y tarifa por uso de aeropuerto US$ 25,00, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Mi- nisterio de Relaciones Exteriores. Artículo Tercero.- La presente Resolución no da dere- cho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República LUIS SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Relaciones Exteriores 20751 Encargan el Despacho de Relaciones Exteriores al Presidente del Consejo de Ministros RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 517-2002-PCM Lima, 22 de noviembre de 2002 CONSIDERANDO: Que, el Ministro de Relaciones Exteriores, Embajador Allan Wagner Tizón, se ausentará del país el 25 y 26 de noviembre de 2002 para realizar una Visita Oficial a la Re- pública de Colombia; Que, en consecuencia, es necesario encargar el Des- pacho del Ministro de Relaciones Exteriores en tanto dure la ausencia del titular;