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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2002 (23/11/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 236

TEXTO PAGINA: 5

Pág. 233751 NORMAS LEGALES Lima, sábado 23 de noviembre de 2002 De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 127º de la Constitución Política del Perú; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo Único.- Encargar el Despacho del Ministro de Relaciones Exteriores al Presidente del Consejo de Minis- tros, doctor Luis Solari de la Fuente, mientras dure la au- sencia del titular. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República LUIS SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Relaciones Exteriores 20752 DEFENSA Aprueban Texto Único de Procedimien- tos Administrativos de la Marina de Guerra del Perú DECRETO SUPREMO Nº 011-DE/MGP EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Visto el Oficio R.1000-082 del Jefe del Estado Mayor General de la Marina de fecha 21 enero 2002; CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 005-DE/MGP de fecha 10 marzo 2000, precisado con Decreto Supremo Nº 021- DE/MGP de fecha 25 setiembre 2000 y los Decretos Su- premos Nº 014-DE/MGP de fecha 10 abril 2001, Nº 025- DE/MGP de fecha 9 mayo 2001, Nº 031-DE/MGP de fecha 13 junio 2001, Nº 046-DE/MGP de fecha 10 agosto 2001 y Nº 056-DE/MGP de fecha 28 diciembre 2001, se actualiza- ron e incorporaron diferentes Procedimientos Administrati- vos clasificados por Partes y Unidades Orgánicas, que en su conjunto forman el “Texto Único de Procedimientos Ad- ministrativos de la Marina de Guerra del Perú” (TUPAM- 15001), Edición 2000; Que, el Artículo 38º de la Ley 27444 “Ley del Procedi- miento Administrativo General” promulgada el 10 abril 2001 y entrada en vigencia a los SEIS (06) meses de su publica- ción en el Diario Oficial El Peruano, es decir el 11 octubre 2001, dispone entre otros aspectos, que el TUPA de la Entidad Pública es aprobado por Decreto Supremo del Sector correspondiente; Que, la Tercera Disposición Transitoria de la Ley enunciada en el considerando precedente, dispone que las Entidades Públicas deberán aprobar su TUPA, con- forme a las normas del mencionado Dispositivo Legal, en un plazo máximo de CUATRO (04) meses contados a partir de la vigencia de la misma, el cual vence el 11 febrero 2002; Que, asimismo en el referido TUPA se han incluido Pro- cedimientos Administrativos concordados con lo dispues- to en el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM de fecha 12 febrero 2001 que aprobó el “Reglamento de la Ley de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado”; Que, la Marina de Guerra del Perú como parte integrante del Sector Defensa, en cumplimiento a las normas y pro- cedimientos que rigen la Administración Pública, en lo re- ferente a la prestación de servicios, ha cumplido con ade- cuar convenientemente sus Procedimientos Administrati- vos, a fin de que se encuentren comprendidos dentro de los alcances señalados en la Ley y Reglamento enuncia- dos en el segundo y cuarto considerando, respectivamen- te; De conformidad con lo dispuesto en el inciso (8) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú;DECRETA: Artículo 1º.- Aprobar la actualización del “Texto Úni- co de Procedimientos Administrativos de la Marina de Guerra del Perú” (TUPAM-15001), Edición enero 2002 que consta de las siguientes partes: “A” – Dirección General del Personal de la Marina, CINCUENTA Y UNO (51) Procedimientos; “B” – Dirección de Hidrografía y Navegación, DIEZ (10) Procedimientos; “C” – Dirección General de Capitanías y Guardacostas, CIENTO CUA- RENTA Y CUATRO (144) Procedimientos; “D” - Direc- ción General del Material de la Marina, VEINTISÉIS (26) Procedimientos; “E” – Comandancia General de Ope- raciones del Pacífico, VEINTISÉIS (26) Procedimien- tos; “F” – Dirección de Intereses Marítimos e Informa- ción, SEIS (06) Procedimientos; los cuales en su con- junto suman DOSCIENTOS SESENTA Y TRES (263) Procedimientos Administrativos y se encuentran inclui- dos en el anexo que forma parte integrante del presen- te Decreto Supremo, dando cumplimiento a lo dispues- to en la Tercera Disposición Transitoria de la Ley Nº 27444 “Ley del Procedimiento Administrativo General” y concordado con el Decreto Supremo Nº 013-2001- PCM de fecha 12 febrero 2001. Artículo 2º.- Autorizar a la Dirección General del Per- sonal de la Marina, Dirección de Hidrografía y Navegación, Dirección General de Capitanías y Guardacostas, Direc- ción General del Material de la Marina, Comandancia Ge- neral de Operaciones del Pacífico y Dirección de Intereses Marítimos e Información, la reproducción de las partes co- rrespondientes del presente texto, cuya publicación y difu- sión será efectuado de acuerdo a los requerimientos de los Administrados. Artículo 3º.- Designar al Estado Mayor General de la Marina, como el Organismo de origen de la citada publica- ción. Artículo 4º.- Deróguese los Decretos Supremos Nº 005-DE/MGP de fecha 10 marzo 2000; Nº 021-DE/MGP de fecha 25 setiembre 2000; Nº 014-DE/MGP de fecha 10 abril 2001; Nº 025-DE/MGP de fecha 9 mayo 2001; Nº 031-DE/MGP de fecha 13 junio 2001, Nº 046-DE/ MGP de fecha 10 agosto 2001 y Nº 056-DE/MGP de fecha 28 diciembre 2001, que actualizaron e incorpora- ron diferentes Procedimientos Administrativos, que en su conjunto formaron el “Texto Único de Procedimien- tos Administrativos de la Marina de Guerra del Perú” (TUPAM-15001), Edición 2000. Artículo 5º.- El presente Decreto Supremo será refren- dado por el Ministro de Defensa. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintitrés días del mes de octubre del año dos mil dos. Dr. ALEJ ANDR O TOLEDO MANRIQ UE Presidente Constitucional de la República AURELIO E. LORET DE MOLA BÖHME Ministro de Defensa MINISTERIO DE DEFENSA MARINA DE GUERRA DEL PERU ORDENANZAS NAVALES ORDINARIO PARTE V Nº DE REGISTRO TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE LA MARINA DE GUERRA DEL PERÚ ________________ TUPAM – 15001 ________________ Estado Mayor General de la Marina Enero – 2002