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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2003 (25/12/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 6

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G38/G31/G38/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 25 de diciembre de 2003 Que, en el Informe Final de la Comisión para la Rees- tructuración Integral de las Fuerzas Armadas, aprobadopor Resolución Suprema Nº 038-DE/SG incluye un Capí-tulo relacionado a “Aspectos de Política Exterior en rela-ción a la Defensa Nacional“ en el que se hace referenciaentre otros a la importancia de un sistema colectivo de se-guridad regional; Que, el Decreto Supremo Nº 005-87-DE/SG de fe- cha 4 de diciembre de 1987, el Decreto Supremo Nº034-DE/SG de fecha 21 de junio de 2001 y la Resolu-ción Ministerial Nº 1062-DE/CCFFAA de fecha 1 de di-ciembre de 1994, regulan los conceptos que se abonanal personal militar y civil de las Fuerzas Armadas queviaja al exterior; Estando a lo opinado por el Comandante General de la Fuerza Aérea; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Nombrar como Asesor de Nación partici- pante, ante el Comando Sur de los Estados Unidos deAmérica (Miami - Florida) al Coronel FAP GAMARRA TRU-JILLO Ramón NSA 0-93058, del 1 de enero al 31 de di-ciembre del 2004. Artículo 2º.- El citado Personal pasará lista de revista a órdenes del Comando de Personal de la Fuerza Aérea,por el período que dure la Misión. Artículo 3º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aé- rea del Perú, estará a cargo de asegurar las condicio-nes adecuadas para el cumplimiento de la misión en-comendada, de acuerdo a la normatividad legal vigen-te. Artículo 4º.- El Comandante General de la Fuerza Aérea, queda facultado para variar la fecha de inicio ytérmino de la Misión, sin exceder el período total esta-blecido. Regístrese, comuníquese y publíquese. AURELIO E. LORET DE MOLA BÖHME Ministro de Defensa 23999 /G41/G6D/G70/G6C/GED/G61/G6E/G20/G6E/G6F/G6D/G62/G72/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G41/G67/G72/G65/G67/G61/G64/G6F /G41/GE9/G72/G65/G6F/G20/G41/G64/G6A/G75/G6E/G74/G6F/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G45/G6D/G62/G61/G6A/G61/G64/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G65/G72/GFA /G65/G6E/G20/G6C/G6F/G73/G20/G45/G45/G2E/G55/G55/G2E RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 2067-2003-DE/FAP-CP Lima, 12 de diciembre de 2003 CONSIDERANDO: Que, la Ley del Ministerio de Defensa, artículo 4º inciso f) ha previsto entre sus funciones, la de participar y fomen-tar la implementación de políticas y acuerdos internacio-nales, destinados a garantizar la Defensa Regional y Se-guridad Hemisférica; Que, la concepción contemporánea de Seguridad y Defensa Nacional tiene directa relación con los temas depolítica exterior, en el contexto de sistema de seguridadcolectiva en el ámbito regional y de seguridad cooperativaen el ámbito hemisférico; Que, en tal sentido y en atención al nuevo marco legal del sector Defensa es prioritario el fomento de la imple-mentación de políticas y acuerdos bilaterales o multilatera-les destinados a garantizar la Defensa Regional y la Segu-ridad Hemisférica; Que, estas variables plantean el desafío de las Fuer- zas Armadas profesionalizadas para que desarrollen susactividades en el marco del accionar conjunto e interope-rativo, en observancia de los estándares internacionalesen la misión constitucional conferida a estos cuerpos de seguridad; Que, en atención a los lineamientos que en materia Militar han sido diseñados por la Organización de lasNaciones Unidas y las Organización de Estados Ame-ricanos, reviste la importancia la interrelación en elámbito castrense, la misma que es sugerida por el Con-sejo de Seguridad Hemisférica de la OEA; Que, en el informe final de la comisión para la Re- estructuración Integral de las Fuerzas Armadas, apro-bado por Resolución Suprema Nº 038-DE/SG incluyeun Capítulo relacionado a “Aspectos de Política Exte-rior en relación a la Defensa Nacional” en el que sehace referencia entre otros a la importancia de un sis-tema colectivo de Seguridad Regional; Que, el Sector defensa en cumplimiento a lo dispues- to por el Supremo Gobierno, respecto a las medidas deausteridad y racionalidad del gasto en el Sector Públi-co, ha reducido al mínimo indispensable las autoriza-ciones de viaje del Personal de Oficiales Superiores,para que presten servicios en las Agregadurías de De-fensa y/o Militares acreditadas en el extranjero; Que, los Agregados de Defensa dependen del Jefe de Misión y actúan como asesores de éste, en toda negocia-ción y gestión que competa a su especialización, debiendocumplir además las instrucciones que les impartan, entre lasque deben destacarse las señaladas en los considerandosprecedentes; Que, con Resolución Ministerial Nº 071-DE/FAP-CP del 17 de enero del 2003, se nombró al Mayor FAP RO-MAINVILLE VILLASANTE Edgar Enrique como Agre-gado Aéreo Adjunto a la Embajada del Perú en los Es-tados Unidos de América, a partir del 1 de enero al 31de diciembre del 2003; Que, es necesario ampliar el nombramiento en Mi- sión Diplomática del Mayor FAP ROMAINVILLE VILLA-SANTE Edgar Enrique como Agregado Aéreo Adjuntoa la Embajada del Perú en los Estados Unidos de Amé-rica, a partir del 1 de enero al 31 de diciembre del 2004; Que, el Decreto Supremo Nº 005-87-DE/SG de fe- cha 4 de diciembre de 1987, el Decreto Supremo Nº034-DE/SG de 21 de junio 2001 y la Resolución Minis-terial Nº 1062-DE/CCFFAA de fecha 1 de diciembre de1994, regulan los conceptos que se abonan al personalmilitar y civil de las Fuerzas Armadas que viaja al exte-rior en Misión Diplomática; y, Estando a lo opinado por el Comandante General de la Fuerza Aérea; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Ampliar el nombramiento en Misión Di- plomática del Mayor FAP ROMAINVILLE VILLASANTEEdgar Enrique como Agregado Aéreo Adjunto a la Em-bajada del Perú en los Estados Unidos de América, apartir del 1 de enero al 31 de diciembre del 2004. Artículo 2º.- El citado Oficial Superior pasará a re- vistar a órdenes del Comando de Personal de la Fuer-za Aérea, por el período que dure la Misión Diplomáti-ca. Artículo 3º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aé- rea del Perú, estará a cargo de asegurar las condicio-nes adecuadas para el cumplimiento de la Misión en-comendada, de acuerdo a la normatividad legal vigen-te. Artículo 4º.- El Comandante General de la Fuerza Aé- rea queda facultado para variar la fecha de inicio y/o térmi-no de la Misión Diplomática, sin exceder el período totalestablecido. Regístrese, comuníquese y publíqueseAURELIO E. LORET DE MOLA BÖHME Ministro de Defensa 24000