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PÆg. 239023 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 12 de febrero de 2003 Estando a la normatividad antes glosada y a lo dis- puesto por el artículo 47º inciso 6) de la Ley Orgánica deMunicipalidades Nº 23853; RESUELVE: Artículo Primero.- Designar al Secretario General de la Municipalidad de Miraflores como funcionario respon-sable de entregar la información solicitada por la ciuda-danía, de conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº27806. Artículo Segundo.- Disponer que los Directores y Jefes de las demás áreas que componen el organigrama estructural de la Municipalidad, proporcionen a la Se-cretaría General toda la información que éste solicitare,bajo responsabilidad, a fin de que cumpla con la funciónencomendada. Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la pre- sente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, publíquese y cúmplase.FERNANDO ANDRADE CARMONA Alcalde 02823 MUNICIPALIDAD DE VILLA EL SALVADOR Disponen la intangibilidad del Ærea de dominio pœblico correspondiente al Par- que del Grupo 01, Sector 7 y demÆsÆreas de carÆcter pœblico o desarrollocomunal ACUERDO DE CONCEJO Nº 009-2003-MVES Villa El Salvador, 31 de enero del 2003 EL CONCEJO MUNICIPAL DE VILLA EL SALVADOR CONSIDERANDO:Que, es imperativo cautelar todas las áreas de equi- pamiento comunal reservadas conforme a la Zonificación Distrital y al Plan de Desarrollo Integral de Villa El Salva-dor, de conformidad a lo aprobado por los Acuerdos deConcejo Nº 008-99-MVES y Nº 009-99/MVES del2.2.1999 y 8.2.2000 respectivamente; Que, un grupo de trabajadores informales del comer- cio ambulatorio invadieron el 10.1.03 una propiedad mu- nicipal en el Sector 7, Grupo 01, área destinada parainfraestructura deportiva comunal del Sector; Que, en dicho terreno cuya extensión es de 19,600 m2, los pobladores de la Coordinadora Sectorial del 7°Sector han presentado un proyecto, para la construcción de un complejo deportivo y áreas verdes al Programa Social "A Trabajar Urbano", aprobado el 3 de diciembredel 2002, conforme señala la carta Nº 004-2002-ATU/02/LIMASUR/J, mediante el cual beneficiará con manode obra no calificada a 100 familias de extrema pobrezade la zona; Que, es competencia municipal exigir el cumplimien- to de sus propias normas ya sea con sus propios medioso con el apoyo de las Fuerzas Policiales, de conformi-dad con los artículos 10º numeral 9, 47º numeral 20, enconcordancia con el Art. 114º inciso 3 de la Ley Orgáni-ca de Municipalidades Nº 23853; Que, asimismo el Art. 13º numeral 13.7 de la Ley Nº 26979 - Ley de Procedimiento de Ejecución Coacti-va, señala que el ejecutor coactivo por disposiciónde la entidad, podrá ejecutar los medios y disposi-ciones necesarios para proceder al desalojo de losocupantes ilegales y sus enseres, previo al procedi- miento legal;Que, vistos los Informes de Nº 06-2003/MVES-DEC- SUR-FPCU de fecha 21.1.03, Informe Nº 001-FS-DDH-MVES-03 del 24.1.03, y finalmente el Informe Nº 25-2003-DIRSEC-MVES, suscritos por la Dirección de Desarro-llo Urbano, División de Salud y Dirección de ServiciosComunales respectivamente, se tiene que dichos órga- nos emiten opinión legal y técnica, concluyendo que es imposible construir un centro comercial en dicha área,precisando que la ocupación de dichas áreas ponen enpeligro la salud, higiene y seguridad pública del Sector; Que, el Informe Nº 024-2003-OAJ/MVES de fecha 30.1.03, suscrito por el Director de la Oficina de Aseso- ría Jurídica, concluye que, tratándose de un área de uso público y que además la invasión en mención, pone enpeligro la salud, higiene y la seguridad pública, resultaprocedente del acto coercitivo o ejecución forzosa; Estando a lo debatido por la Sesión de Concejo, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 10º nu- meral 9, artículo 47º numerales 6 y 20 y el artículo ya citado artículo 114º numeral 3 de la por la Ley Orgánicade Municipalidades Nº 23853; contando con el Voto Uná-nime del Concejo Municipal; SE ACUERDA: Artículo 1º.- Disponer la intangibilidad del área de dominio público correspondiente al Parque del Grupo 01,Sector 7, así como de las demás áreas de carácter pú-blico y/o desarrollo comunal existentes en el distrito. Artículo 2º.- Dispóngase dentro de las 72 horas la clausura, retiro y desocupación de las instalaciones y comercios informales antes señalados por cuenta de lospropios infractores, caso contrario con cargo a los mis-mos autorícese la ejecución forzada de dicha medida através de la Ejecución Coactiva de la Municipalidad, con-tando con el apoyo de las Fuerzas Policiales. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JAIME A. ZEA USCA Alcalde 02785 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE BELLAVISTA Establecen disposiciones para el pago del Impuesto Predial correspondienteal ejercicio fiscal 2003 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 001-2003-MDB Bellavista, 24 de enero de 2003 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELLAVISTA CONSIDERANDO: Que, el segundo párrafo del Artículo 13º del Decreto Legislativo Nº 776, Ley de Tributación Municipal, facultaa las Municipalidades establecer montos mínimos a pa-gar por concepto del Impuesto Predial equivalente al 0.6% de Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente al 1 de enero del año al que corresponde el Impuesto; Que, la Base imponible del impuesto se encuentra estipulada en el Artículo 11º del Decreto Legislativo Nº776, el cual indica que para determinar el valor de lospredios se aplicarán los valores arancelarios y valores unitarios oficiales de edificación y las tablas de deprecia- ción por antigüedad y estado de conservación que for-mula el Consejo Nacional de Tasaciones; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 171- 2002-VIVIENDA, se aprobaron los planos básicosarancelarios que contienen los valores arancelarios