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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE JULIO DEL AÑO 2003 (05/07/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 95

PÆg. 247613 NORMAS LEGALES Lima, sábado 5 de julio de 2003 POR CUANTO: Visto; en Sesión Extraordinaria de Concejo, de fecha jueves 26 de junio del año en curso, la Cédula de Notifi-cación Nº 10357/2003.TC de fecha 12/5/03, del ConcejoSuperior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado-CONSUCODE, el Informe Nº 033-2003-PVL-MDP, presen-tado por la Jefe de Administración del Programa del Vasode Leche, así como el Informe Legal Nº 065-03-AL/MDP,presentado por el Asesor Legal Externo; y, CONSIDERANDO:Que, con fecha 28-4-03, se convocó al proceso de selec- ción para la adquisición de productos alimenticios para elPrograma del Vaso de Leche, vía proceso de AdjudicaciónDirecta Selectiva Nº 001-2003-MDP., otorgándose la bue-na pro, con fecha 14-5-03; Que, contra el otorgamiento de la buena pro, se interpuso sucesivamente, recurso de apelación y poste-riormente, recurso de revisión, por parte de la EmpresaMOLINERAS TRUJILLO; recurso que se viene tramitandoante el Tribunal del CONSUCODE, de conformidad a lodispuesto en el Art. 53º, del D.S. Nº 012-2001-PCM, con-cordante con el Art. 172º, del D.S. Nº 013-2001-PCM, yque ha conllevado a suspender dicho proceso de selec-ción, de acuerdo a lo previsto en el Art. 183º, del D.S. Nº013-2001-PCM; Que, teniendo en cuenta los fines que persigue el Programa del Vaso de Leche, como un programa de asis-tencia alimentaria social, a fin de atender con productosalimenticios a las personas más necesitadas, que en nues-tra jurisdicción Distrital, representa la atención de 105 Clubde Madres y 30 Comités de Vasos de Leche, que en sutotalidad representan a más de 16,000 beneficiarios; Que, ante la realidad presentada y ante la ausencia imprevisible de los productos alimenticios, que compro-mete en forma inminente la continuidad del servicio ali-mentario, es conveniente encontrar los mecanismos via-bles, que conlleven a solucionar el problema del desa-bastecimiento, a fin de no perjudicar a los beneficiariosde nuestro distrito; declarando en situación de urgenciadicho Programa, por los meses de junio a agosto del pre-sente año; Estando a lo expuesto, así como el Informe Nº 033-2003- PVL-MDP, presentado por la Jefe de Administración delPrograma del Vaso de Leche, así como el Informe Nº 065-03-AL/MDP, presentado por el Asesor Legal Externo, y a lodispuesto en los Arts. 19º, Inc. c), 20º, Inc. c) y 21º, del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Esta-do, D.S. Nº 012-2001-PCM., concordante con el Art. 108º,Inc. 2), del Reglamento D.S. Nº 013-2001-PCM, y en uso alas atribuciones contenidas en el Art. 20º, de la Ley Orgá-nica de Municipalidades Nº 27972; Y, contando con el voto por unanimidad de los Señores Regidores en sesión extraordinaria de la fecha, con excep-ción de lectura y aprobación de Acta; SE ACUERDA: Artículo Primero.- DECLARAR en situación de ur- gencia por el período de tres (3) meses: junio, julio yagosto, del presente año, el Programa del Vaso de Le-che, de la Municipalidad Distrital de El Porvenir, para laadquisición de los insumos alimenticios de dicho Progra-ma, por el monto referencial mensual de S/. 76,881.10, ymonto referencial total de S/. 230,643.30; disgregadosde la siguiente manera: MES DE JUNIO - Avena Enriquecida con quinua 10,097.67 kg. = S/. 33,322.31 - Leche de soya en polvo instantánea 5,329.43 kg. = S/. 39,970.73- Azúcar 3,450.00 kg = S/. 3,588.00 MES DE JULIO - Avena Enriquecida con quinua 10,097.67 kg. = S/. 33,322.31- Leche de soya en polvo instantánea 5,329.43 kg. = S/. 39,970.73- Azúcar 3,450.00 kg = S/. 3,588.00 MES DE AGOSTO - Avena Enriquecida con quinua 10,097.67 kg. = S/. 33,322.31- Leche de soya en polvo instantánea 5,329.43 kg. = S/. 39,970.73- Azúcar 3,450.00 kg = S/. 3,588.00 Artículo Segundo.- ENCARGAR al Comité Especial de Adquisiciones del Programa del Vaso de Leche de estaMunicipalidad, implemente las medidas pertinentes, a finde llevar a cabo el proceso de selección por Menor Cuan-tía, de conformidad a lo dispuesto en el T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, D.S. Nº 012-2001-PCM, y su Reglamento D. S. Nº 013-2001-PCM. Artículo Tercero.- EL EGRESO que origine la ejecu- ción del presente acuerdo, se afectará con cargo: Función: 05 Asistencia y Previsión Social. Programa: Promoción y Asistencia Social Comunitaria.Actividad: 06 Programa Vaso de Leche.Específica del Gasto: 5.3.11.24.Alimentos para Perso- nas. Artículo Cuarto.- DISPONER se ponga de conocimien- to el presente acuerdo, al CONSUCODE y Contraloría Ge-neral de la República, así como se efectúe la publicaciónde ley, en el Diario Oficial. Regístrese, comuníquese y cúmplase.PEDRO H. ORDÓÑEZ LINDO Alcalde 12632 Aprueban remuneración mensual del Alcalde ACUERDO DE CONCEJO Nº 083-2003-MDP El Porvenir, 30 de junio de 2003 EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL PORVENIR POR CUANTO:Visto; en Sesión Extraordinaria de Concejo, de fecha jueves 30 de junio del año en curso, el Informe Legal Nº 66-03-ALE, presentado por el Asesor Legal Externo; y, CONSIDERANDO:Que, de conformidad a lo dispuesto en el Art. II del Títu- lo Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, con-cordante con el Art. 191º de nuestra Constitución Políticadel Estado, las Municipalidades gozan de autonomía políti-ca, económica y administrativa en los asuntos de su com-petencia; Que, a la vigencia de la Nueva Ley Orgánica de Munici- palidades Nº 27972, a partir del 28 de mayo del año encurso se ha normado en su Art. 21º, que el cargo del Alcal-de sea remunerado y su monto se fije por acuerdo de Con-cejo Municipal, el primer trimestre del primer año en ges-tión; Que, habiendo entrado en vigencia dicha ley, después de fenecido el primer período de gestión municipal, se hacenecesario regularizar la aplicación de dicha norma a fin dedeterminar formal y legalmente la remuneración del Alcal-de, toda vez que el desempeño de dicho cargo, ya no con-lleva a la percepción de dietas; Por lo que en virtud, a la vigencia de la norma antes acotada y en uso a las atribuciones que compete al Conce-jo Municipal contemplado en el Art. 9º Inc. 28) de la LeyNº 27972, y a lo acordado por mayoría en Sesión Extra-ordinaria de fecha 30 de junio, con dispensa del trámite delectura y aprobación de acta; SE ACUERDA: Artículo Primero.- APROBAR en 1.5 Unidades Imposi- tivas Tributarias, la remuneración mensual del señor Alcal-de de la Municipalidad Distrital de El Porvenir, o su equiva-lente a S/. 4,650.00 (CUATRO MIL SEISCIENTOS CIN-CUENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES). Artículo Segundo.- DISPONER la publicación del presente acuerdo en el Diario Oficial El Peruano conformea Ley. Regístrese, comuníquese y cúmplase. PEDRO H. ORDÓÑEZ LINDO Alcalde 12630