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/G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 /G20 /G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G31/G37Lima, domingo 1 de agosto de 2004 20 Poderes otorgados por Artículos 15º, 11º, 17º y 176º del Regla- 1.- Formato de solicitud de inscripción debidamente 1.20 % U.I.T por 35 días salvo Diario Registrador Público Tribunal Registral sociedades constituidas en el mento General de los Registros Públicos, llenado y suscrito. derecho de prórroga oextranjero o por sucursales es- aprobado por Resolución Nº 195- 2.- Copia del documento de identidad del presentante, con la calif icación y 0.24% suspensión. tablecidas en el extranjero 2001-SUNARP/SN (23/07/2001); constancia de haber sufragado en las últimas elecciones o U.I.T por dere cho Ley General de Sociedades haber solicitado la dispensa respectiva. de inscripción. - Ley Nº 26887 (09/12/1997); 165º 3.- Certificado de vigencia de la sociedad otorgante u otroy 169º del Reglamento del Registro de instrumento equivalente expedido por autoridadSociedades, aprobado por competente en su país de origen.Resolución Nº 200-2001-SUNARP/SN 4.- Alternativamente deberá presentarse alguno de los siguien-(27/07/2001); Decreto Supremo tes documentos :Nº 37-94-JUS (07/07/1994) a) Declaración jurada o certificación expedida por un repre- sentante legal de la sociedad extranjera que cumpla las fun-ciones de fedatario o equivalente, en el sentido de que elotorgante del poder se encuentra debidamente facultado,de acuerdo con el estatuto de la sociedad y las leyes delpaís en que dicha sociedad fue constituida, para actuar como representante de ésta y otorgar poderes a su nom-bre en los términos establecidos en el título materia deinscripción; b) Certificación de la autoridad o funcionario extranjero com- petente, de que el otorgante del poder se encuentra debi-damente facultado, de acuerdo con el estatuto de la socie-dad extranjera y leyes del país en que dicha sociedad fueconstituida, para actuar como representante de ésta yotorgar poderes a su nombre, en los términos establecidosen el título materia de inscripción; 5.- Las declaraciones juradas y certificaciones, a que se refie- re el artículo anterior, deberán consignar los nombres com-pletos de los declarantes y su domicilio. 6.- Las firmas de quienes brindan las declaraciones juradas o certificaciones, deberán estar legalizadas ante Notario, Cónsul Peruano o autoridad extranjera competente. 7.- Pago de derechos registrales. 8.- Otros, según calificación registral y disposiciones vigentes. 21 Anotación de resoluciones Artículos 15º, 17º y 176º del Regla- 1.- Formato de solicitud de inscripción debidamente 0.24% U.I.T po r 35 días salvo Diario Registrador Público Tribunal Registral judiciales mento General de los Registros Públicos, llenado y suscrito. derecho de prórroga o aprobado por Resolución Nº 195- 2.- Copia del documento de identidad del presentante, con la calificación y 0.24% suspensión.2001-SUNARP/SN (23/07/2001); constancia de haber sufragado en las últimas elecciones o U.I.T por derechosLey General de Sociedades haber solicitado la dispensa respectiva. de inscripción. - Ley Nº 26887 (09/12/1997); 3.- Parte judicial relativo a actos susceptibles de9º del Reglamento del Registro de inscripción o anotación contemplados en el artículoSociedades, aprobado por Resolución 9º del Reglamento del Registro de Sociedades.Nº 200-2001-SUNARP/SN 4.- Pago de derechos registrales.(27/07/2001); 122º, 139º 5.- Otros, según calificación registral y disposicionesy 148º del TUO del Código Procesal vigentes.Civil (23/04/1993); Decreto Supremo Nº 37-94-JUS (07/07/1994) 22 Transferencia de Artículos 15º, 17º y 176º del Reglamen- 1.- Formato de solicitud de inscripción debidamente 0.24% de UIT por 35 d ías salvo Diario Registrador Público Tribunal Registral participaciones por acto to General de los Registros Públicos, llenado y suscrito . derecho de prórroga ointervivos aprobado por Resolución Nº 195- 2.- Copia del documento de identidad del presentante, con la calificación y suspensión. 2001-SUNARP/SN (23/07/2001); 271º, constancia de haber sufragado en las últimas elecciones o 3/1000 del valor de291º y 298º de la Ley General de Socie haber solicitado la dispensa respectiva. la transferencia por dades, Ley Nº 26887 (09/12/1997); 88º 3.- Escritura pública de transferencia con la intervención derechos de97º y 105º del Reglamento del Registro del transferente y del adquiriente. inscripción.de Sociedades, aprobado por 4.- En su caso, acreditar el cumplimiento del derecho de ad-Resolución Nº 200-2001-SUNARP/SN quisición prefrente.(27/07/2001); Decreto Supremo 5.- Pago de derechos registrales.Nº 37-94-JUS (07/07/1994) 6.- Otros, según calificación registral y disposiciones vigentes.DERECHO DE PAGO CALIFICACIÓN INICIO DE AUTORIDAD QUE Nº PROCEDIMIENTO BASE LEGAL REQUISITOS (TASA) AUTO- EVALUACIÓN TRÁMITE APRUEBA EL RESUELVE RECURSO IMPUGNATORIO MÁTICO POSITIVO NEGATIVO TRÁMITE RECONSIDERACIÓN APELACIÓN