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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2004 (22/12/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 77

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G32/G39/G35/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 22 de diciembre de 2004 presa ROME INTERNACIONAL SCRLtda. Para efec- tuar las liquidaciones Técnicas de Obras correspon- diente al año 1999, Se advierte falta de transparencia en dicho proceso al observar que la fecha de la apro-bación de las bases sea posterior al otorgamiento de la buena pro y suscripción de contrato, también se observa inconsistencia en el número de expedienteestampados en la propuesta. Transgrediendo el artí- culo 3º de la Ley Nº 26850. Observación (13): Con relación a la contratación de una empresa para laelaboración de puertas machihembrados en el cole- gio Ricardo Bentin, se advierte una falta de transpa- rencia en la contratación de SAVAL toda vez que seha invitado y contratado a un postor que tiene un giro de negocio distinto a la características de los bienes ha adquirirse y además de que ninguno de los posto-res se encontraban inscritos en el Registro Nacional de Contratistas, evidenciándose además por la Co- misión de Auditoría una sobrevaloración en la adqui-sición de las puertas por la suma de S/. 8,719.25 nuevos soles. En tal sentido, de acuerdo a las observaciones formuladas por la Contraloría General de la Repúbli- ca en su informe Nº 282-2003-CG/LOC, señaladosen el considerando precedente, existen razonables indicios de responsabilidad en los ex funcionarios de la Municipalidad Provincial de Huarochirí al haber in-cumplido sus funciones, siendo éstos los siguientes funcionarios: ARTURO GONZALES SANCHEZ, ex Director Municipal al haber incumplido sus funcionesde ordenar, conducir y supervisar las actividades de los diversos órganos de la municipalidad, estableci- da en el inciso b) artículo 25º del ROF (aprobadomediante Edicto Nº 01-99/CM-MPH-M ) de la Obser- vación (01), (02),(10),(13) y por incumplir su obliga- ción establecida en inciso a) del artículo 21º del D.L.Nº 276 en la Observación (06) y (07). MANUEL AN- TONIO SERPA ALLISON, ex Director de Desarrollo Urbano por haber soslayado su obligación de implan-tar mecanismos de control efectivos en la ejecución de obras, incumpliendo su función establecida en el artículo 46º del ROF de la Observación (01),(10) y(13) y por no cumplir personalmente y diligentemente los deberes que le impone el servicio público, esta- blecido en el artículo 21º del D.L. Nº 276 en la Obser-vación (02). CARLOS LORENZO ALIAGA TAMBINI, ex Jefe de Abastecimiento y Personal por no cautelar la idoneidad de los postores que se presentaron alproceso de selección, incumpliendo su función de conducir el sistema administrativo de los recursos materiales establecido en el artículo 33º del ROF enla Observación (01) y por haber soslayado su obli- gación de implantar mecanismos de control efectivo en la ejecución de las obras, incumpliendo su obliga-ción establecida en el artículo 21º D.L. Nº 276 en la Observación (02) y por no premunirse adecuada- mente de los antecedentes del personal que ingresaa laborar a la entidad, soslayando su deber de cum- plir personalmente y diligentemente los deberes que le impone el servicio público, establecido en el artí-culo 21º del D.L. Nº 276 en la observación (09) y por no cautelar la adecuada recepción de la obra, incum- pliendo su obligación establecida en el artículo 21D.L Nº 276 en la Observación (10) y por no eviden- ciarse acciones efectivas para el recupero del car- gador frontal, soslayando su obligación señalada enel artículo 21º del D.L. Nº 276 en la Observación (11) y por no cautelar la idoneidad de los postores que se presentaron al proceso de selección, incumpliendosu obligación de cumplir personalmente y diligente- mente de acuerdo al artículo 21º del D.L. Nº 276 en la Observación (12) y (13). JULIO CESAR TORRESCORNEJO, ex Director de Transportes por incumplir sus funciones de programar, normar dirigir, ejecutar y supervisar las actividades relacionadas con la re-gulación del Transporte Urbano establecido en el ar- tículo 50º del ROF. ANTONIO MAURO FLORES QUIS- PE, ex Director Municipal al haber incumplido susfunciones de ordenar, conducir y supervisar las acti- vidades de los diversos órganos de la municipalidad, establecida en el inciso b) artículo 25º del ROF en laObservación (03). Por no haber dispuesto medidas efectivas que garanticen el cobro de los alquileres y recupero de inmuebles, incumpliendo su obligaciónseñalado en el inciso a) de la artículo 21º del D.L. Nº 276 en la Observación (07). JOSE ANTONIO IPIN- CE ALARCON, ex Director de Transporte por no re- visar adecuadamente los documentos que susten-tan soslayar la revisión de los antecedentes al in- cumplir sus funciones de programar, normar, dirigir, ejecutar y supervisar, establecido en artículo 50º delROF en la Observación (04). JUAN CARLOS SAN- TIAGO LOZANO, ex Director Municipal por haber incumplido sus funciones de ordenar, conducir y su-pervisar las actividades de los diversos órganos de la municipalidad, establecida en el inciso b) artículo 25º del ROF en la Observación (04) y por incumplirsu obligación de cumplir personal y diligentemente los deberes que impone el servicio público, estable- cido en el inciso a) del artículo 21º del D.L. Nº 276. enla Observación (06) y por no haber dispuesto medi- das efectivas que garanticen el cobro de los alquile- res y recupero de inmuebles, incumpliendo su obli-gación señalado en el inciso a) de la artículo 21º del D.L. Nº 276 en la Observación (07). LUIS RECALDE VELA, ex Director Municipal por haber incumplido susfunciones de ordenar, conducir y supervisar las acti- vidades de los diversos órganos de la municipalidad, establecida en el inciso b) artículo 25º del ROF en laObservación (04) y por incumplir su obligación de cumplir personal y diligentemente los deberes que impone el servicio público, establecido en el inciso a)del artículo 21º del D.L. Nº 276 en la Observación (06) y por no haber dispuesto medidas efectivas que garanticen el cobro de los alquileres y recupero deinmuebles, incumpliendo su obligación señalado en el inciso a) del artículo 21º del D.L. Nº 276 en la Ob- servación (07). FANNY CHINCHIHUALPA ANGLAS,ex Director de Transporte por no revisar adecuada- mente los documentos que sustentan soslayar la re- visión de los antecedentes al incumplir sus funcio-nes de programar, normar, dirigir, ejecutar y supervi- sar, establecido en artículo 50º del ROF en la Obser- vación ( 04) y por incumplir su obligación de cumplirpersonal y diligentemente los deberes que impone el servicio público, establecido en el inciso a) del artí- culo 21º del D.L. Nº 276 en la Observación (06). BLAN-CA CRUZ REQUENA, ex Directora de Transporte por no revisar adecuadamente los documentos que sus- tentan soslayar la revisión de los antecedentes alincumplir sus funciones de programar, normar, diri- gir, ejecutar y supervisar, establecido en artículo 50º del ROF en la Observación (04) y por incumplir suobligación de cumplir personal y diligentemente los deberes que impone el servicio público, establecido en el inciso a) del artículo 21º del D.L. Nº 276 en laObservación (06). JESUS GALLARDO CASTILLO, ex Director de Asesoría Jurídica por haber emitido opinión tendiente a confundir, plasmado en el InformeNº 036-2000-AJ-MPH-M, induciendo a error a la ad- ministración edil, soslayando su obligación de cono- cer exhaustivamente las labores del cargo, estable-cida en el inciso d) del artículo 21º del D.L Nº 276. EDGAR JESUS LUCIO ROQUE, ex Jefe de Contabi- lidad y Presupuesto por incumplir en sus funcionesde conducir las acciones presupuestarias y conta- bles, establecido en el artículo 30º del ROF en la Observación (05). LUZ MARLENE SAMANIEGO ZU-RITA, ex Tesorera por autorizar los comprobantes de Pago que significaron el desvío de fondos, incum- pliendo su obligación de cumplir diligentemente susdeberes, según el artículo 21º del D.L. Nº 276 en la Observación (05). MARIO TORRES NEGREIROS, ex Director Municipal por haber incumplido sus fun-ciones de ordenar, conducir y supervisar las activi- dades de los diversos órganos de la municipalidad, establecida en el inciso b) artículo 25º del ROF en laObservación (05). Por incumplir su obligación de cum- plir personal y diligentemente los deberes que impo- ne el servicio público, establecido en el inciso a) delartículo 21º del D.L. Nº 276 en la Observación (06) y por no haber dispuesto medidas efectivas que ga- ranticen el cobro de los alquileres y recupero de in-muebles, incumpliendo su obligación señalado en el inciso a) del artículo 21º del D.L. Nº 276 en la Obser- vación (07) y por haber incumplido sus funciones desupervisar las actividades de la Unidad de Personal y Abastecimiento, establecido en el inciso b) artículo 25º del ROF en la Observación (09) y por haber in-