Norma Legal Oficial del día 12 de enero del año 2004 (12/01/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 111

MORDAZA, lunes 12 de enero de 2004

NORMAS LEGALES

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INDECOPI: Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y la propiedad Intelectual. OSINERG : Organismo Supervisor de la Inversion en Energia. NTC : MORDAZA Tecnica de Contraste de sistemas de medicion-Resolucion Ministerial Nº 012 2003-EM/DM. ROCC: Resolucion OSINERG Nº 142-2003 OC/CD y Anexos, o la que la reemplace. 1.2 Frecuencia de los contrastes o verificaciones de los medidores En concordancia con la ROCC, los medidores deberan ser contrastados o verificados como minimo una vez cada 10 anos, de conformidad a lo senalado en la presente norma. 1.3 Medidores sujetos a contrastes o verificaciones. La seleccion de los medidores electromecanicos a contrastar o electronicos a verificar, debera ser efectuada por las concesionarias. El tamano del lote de medidores a contrastar y/o verificar en cada semestre, sera como minimo el 5% del total del MORDAZA de equipos de medicion que mantiene bajo su administracion cada concesionaria, al momento de seleccionar el lote, asimismo debera incluirse un numero minimo de medidores alternativos para reemplazar a aquellos que excepcionalmente resultasen imposibles de contrastar. 2. TITULO MORDAZA PROCEDIMIENTO PARA LA CONTRASTACION Y/O VERIFICACION DE MEDIDORES 2.1 Programa de contrastacion y/o verificacion Las concesionarias elaboraran su programa de contrastacion y/o verificacion semestralmente, previa seleccion de los medidores, de acuerdo a lo establecido en el numeral 1.2. Para tal efecto se considerara: I Semestre: del 1 de enero al 30 de junio II Semestre: del 1 de MORDAZA al 31 de diciembre 2.2 Seleccion de los medidores sujetos a contrastes y/o verificaciones. En la seleccion de los medidores debera tomarse en cuenta los siguientes criterios, ordenados de mayor a menor importancia: 1. Fecha de la MORDAZA contrastacion y/o verificacion. 2. La antiguedad de su instalacion. 3. MORDAZA y modelo (siendo prioritario los modelos mas antiguos). OSINERG revisara los criterios de seleccion de los medidores utilizados por la concesionaria; de existir observaciones OSINERG, en un plazo de 10 dias habiles despues de recibida la seleccion, las comunicara a la concesionaria para su correccion, la cual debera producirse MORDAZA del inicio del programa de contrastacion y/o verificacion. En un primer momento, de no tener el concesionario el MORDAZA de la MORDAZA fecha de contraste o verificacion del medidor, se utilizara el MORDAZA de la antiguedad de la instalacion, siendo obligatorio que en adelante se registre en la base de datos la fecha del ultimo contraste o verificacion. 2.3 Contrastacion de Medidores Electromecanicos para conexiones en Baja Tension La contrastacion debera ser efectuada de acuerdo a lo previsto por la NTC. Si el medidor luego del contraste no

cumple con la precision de acuerdo a NTC, este debe ser reemplazado, en el plazo senalado en dicha norma. Los reemplazos de medidores seran contabilizados como contrastados para los fines de fiscalizacion. Los medidores electromecanicos deben ser reemplazados como MORDAZA en un plazo de 30 anos a partir de su primera instalacion. Para este fin, en el caso de los medidores actualmente instalados las concesionarias presentaran al OSINERG un plan de adecuacion. 2.4 Verificacion de Medidores Electronicos para conexiones en Baja y Media Tension Los medidores electronicos monofasicos en Baja Tension de medicion simple (opcion tarifaria BT5B) deben ser reemplazados como MORDAZA en un plazo de quince anos a partir de su primera instalacion. La verificacion debe permitir comprobar el funcionamiento del medidor electronico dentro de los parametros correctos, asi como de la programacion del software de medicion para todos los parametros electricos. En el caso de medidor electronico monofasico en Baja Tension de medicion simple (opcion tarifaria BT5B) la concesionaria debera instalar equipos cuya MORDAZA util sera no menor a 15 anos. Para el caso de medidores electronicos monofasicos de doble medicion, y los trifasicos de doble medicion y medicion de energia y potencia en un solo bloque horario (opcion BT5A, BT4 y MT4), de clases 1.0, el MORDAZA de verificacion del correcto funcionamiento debera realizarse mediante la comparacion con un medidor patron con precision mayor al sistema de medicion a verificar; las pruebas de verificacion se efectuaran de acuerdo a la tabla Nº 1 contenida en la NTC, o de la MORDAZA especifica para contraste de medidores electronicos que lo complemente o reemplace. Para el caso de medidores electronicos multifuncion (opciones BT3, BT2, MT3 y MT2), acorde a los requerimientos de los parametros que se miden, estos deberan tener una MORDAZA util de 30 anos y clase de precision de 0.2. El MORDAZA de verificacion debera realizarse, en tanto la NTC no precise otro metodo, mediante la comparacion con un medidor patron, con precision mayor al sistema de medicion a verificar, las pruebas de verificaciones se efectuaran segun lo dispuesto por la MORDAZA Internacional vigente (IEC 687) para equipos de medicion electronicos, o de la MORDAZA nacional especifica para contrastacion de medidores electronicos de clase 0.2 que la reemplace. Asimismo, mientras no existan en el MORDAZA empresas autorizadas y especializadas, el concesionario debera efectuar la revision de la programacion de todos los parametros de medicion del medidor, segun la estructura tarifaria que corresponda al suministro al que pertenece el sistema de medicion: · · · · · Potencia Activa (Horas Punta, Fuera de Punta, un solo Horario, etc.) Energias activas (Horas Punta, Fuera de Punta, un solo Horario, etc.) Energias reactivas. Reloj. Opciones de display escogidas.

De no cumplir el sistema de medicion con una adecuada programacion, esta situacion debe ser corregida de inmediato. 2.5 Cambio y calibracion de medidores De detectarse, luego de la contrastacion y/o verificacion del medidor, que este no se encuentre funcionando correctamente, se debera proceder a su reemplazo por otro medidor, entregandose al usuario el certificado de calibracion emitido por un laboratorio autorizado por INDECOPI, o del propio laboratorio de la concesionaria en caso

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