Norma Legal Oficial del día 17 de octubre del año 2004 (17/10/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 17 de octubre de 2004

gulares, como la variacion de la modalidad de MORDAZA, por parte del Comite Especial, el cual no tiene tal atribucion; Que, en el caso de los Programas del Vaso de Leche las Municipalidades deben incluir el MORDAZA de MORDAZA por el cual se adquiriran los insumos, debiendo dicho MORDAZA encontrarse previsto en el Plan Anual de Adquisiciones de la entidad, lo que no ocurrio en el caso de tal Adjudicacion; Que, conforme lo establece el articulo 26º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, el Titular del Pliego o la MORDAZA autoridad administrativa podra declarar de oficio la nulidad del MORDAZA de seleccion, por las causales previstas en el articulo 57º de la Ley, solo hasta MORDAZA de la celebracion del contrato, debiendo publicarse tal Resolucion en el Diario Oficial El Peruano dentro de los cinco dias de expedida, bajo responsabilidad; Que, conforme lo senala la Directiva Nº 001-2001-CONSUCODE-PRE, la cancelacion del MORDAZA de seleccion solo puede ser declarada mediante Resolucion del mismo nivel o superior nivel del que autorizo la realizacion del MORDAZA de seleccion; Estando a lo expuesto, con la opinion favorable de la Oficina de Asesoria Juridica contenido en el Informe Legal Nº 528-2004-MPH-OAJ; y de conformidad a las atribuciones conferidas en el inciso 6 del articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar la nulidad del oficio del MORDAZA de Seleccion correspondiente a la Adjudicacion Directa Publica Nº 001-2004-CE-PVL/MPH, por vicios contenidos en su realizacion, debiendo retrotraerse el MORDAZA a la etapa de la convocatoria. Articulo Segundo.- Encarguese a la Gerencia de Administracion la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano dentro de los cinco dias de expedida, conforme a Ley. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 18657

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ACOBAMBILLA
Declaran en situacion de urgencia la adquisicion de materiales para la ejecucion de obra de construccion de MORDAZA de irrigacion
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 047-2004-MDA-HVCA
Acobambilla, 14 de octubre del 2004 VISTO: El Informe Nº 001-2004-R/FCH de fecha 21 de setiembre 2004, del Residente de Obra: "CONSTRUCCION MORDAZA DE IRRIGACION SAN MORDAZA VINAS PALLPAPAMPA" e Informe Nº 001-2004-AJ/MDA (Informe Tecnico - Legal) de fecha 22 de setiembre 2004 del Asesor Juridico de la Municipalidad Distrital de Acobambilla, y el acta de Sesion Extraordinaria de Concejo de fecha trece de octubre del 2004; CONSIDERANDO: Que, de conformidad a la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, mediante el cual modifican el Capitulo XIV del Titulo IV de la Constitucion Politica del Peru y establecen en el articulo 194º: Las Municipalidades Provinciales y Distritales son los organos de Gobierno Local. Tienen autonomia politica, economica, administrativa en los asuntos de su competencia, concordante con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; Que, de conformidad al articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, el Gobierno Local de Acobambilla, tiene como finalidad esencial de representar al vecindario, promover la adecuada prestacion de servicios publicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armonico de su circunscripcion;

Que, la obra: "CONSTRUCCION MORDAZA DE IRRIGACION SAN MORDAZA VINAS PALLPAPAMPA", fue aprobada su ejecucion mediante Convenio Nº 006-2004-GR/HVCA, entre el Gobierno Regional de Huancavelica y la Municipalidad Distrital de Acobambilla; Que, de los documentos vistos, mediante el cual se advierte la necesidad de declarar en situacion de urgencia la adquisicion de materiales consistente en tuberias, cemento, MORDAZA, contratacion de servicios y otros segun expediente tecnico para la ejecucion de la obra en mencion, como un hecho de excepcion para una adquisicion rapida en vista que resulta tecnica y materialmente imposible cumplir con las metas fisicas programadas por el poco tiempo que queda segun el cronograma de ejecucion de obra, puesto que ha quedado parcialmente paralizada la obra en mencion desde el 14 de MORDAZA al 29 de septiembre, por presentarse deficiencias en el Expediente Tecnico conllevando a una Reformulacion del Expediente Tecnico y su aprobacion mediante Resolucion Gerencial Regional Nº 120-2004-GR-HVCA/GRI de fecha 29 de setiembre del 2004, tambien cabe resaltar la presencia de las precipitaciones pluviales, propias del comportamiento climatologico de la MORDAZA del proyecto, que ocasionaria dificultades en el traslado de materiales por las interrupciones en las vias de acceso por efecto de las lluvias, conllevando a un grave perjuicio al normal desarrollo de los trabajos, con la consiguiente paralizacion de los mismos por el desabastecimiento de los materiales y servicios requeridos; Que, asimismo, mediante Sesion Extraordinaria de Concejo de fecha 13 de octubre del 2004 se aprueba por unanimidad declarar en situacion de urgencia la adquisicion del total del cuadro de necesidades para el cumplimiento del plazo de terminacion de la obra, tal como consta en los folios Nºs. 72-74 del Libro de Actas de Sesion Extraordinaria; Que, del presupuesto de la obra: "CONSTRUCCION DE MORDAZA DE IRRIGACION SAN MORDAZA VINAS PALLPAPAMPA", se advierte que la adquisicion de los materiales de construccion, conlleva realizar un MORDAZA de seleccion de Licitacion Publica, el cual como es de conocimiento requiere un plazo prudencial conforme a la normatividad vigente; sin embargo, los Arts. 19º Inc. c) y 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, concordados con el articulo 105º de su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establecen que estan exonerados de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso; las adquisiciones que se realicen en situacion de emergencia o de urgencia declarados de conformidad con ley, en cuyo caso las adquisiciones se sujetan al MORDAZA de ADJUDICACION DE MENOR CUANTIA; Estando a los informes tecnico-legal emitidos; y, Que, por tales consideraciones y en uso de las facultades conferidas por el Art. 47º de la Ley Organica de Municipalidades; SE RESUELVE: Articulo 1º.- DECLARAR en situacion de URGENCIA la adquisicion de materiales consistentes en: tuberia perfilada PVC d = 500 mm. por un monto de S/. 315 735.00, Cemento Portland por un costo de S/. 16 871.40 y otros materiales de construccion ascendente a un total de S/. 64 435.90 y contratacion de servicios por un monto de S/. 104 604.87, los cuales seran adquiridos en un plazo no mayor a (10) diez dias para la ejecucion de la obra: "CONSTRUCCION DE MORDAZA DE IRRIGACION SAN MORDAZA VINAS PALLPAPAMPA", por los fundamentos expuestos en la presente Resolucion. Articulo 2º.- EXONERAR del MORDAZA de seleccion de Licitacion Publica para la adquisicion de materiales de construccion, alquiler de maquinaria y contratacion de servicios para la ejecucion de la obra referida en el articulo precedente, por situacion de Urgencia. Articulo 3º.- ENCARGAR al Comite Especial de Adjudicaciones realizar la adquisicion de materiales de construccion y alquiler de maquinarias para la obra: "CONSTRUCCION DE MORDAZA DE IRRIGACION SAN MORDAZA VINAS PALLPAPAMPA" segun el monto detallado en el Expediente Tecnico, con cargo a la fuente de financiamiento del Convenio 006-2004-GR/HVCA, mediante el MORDAZA de seleccion de Adjudicacion de Menor Cuantia. Articulo 4º.- DISPONER la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, dentro del plazo previsto por Ley. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 18658

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