Norma Legal Oficial del día 21 de febrero del año 2005 (21/02/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 21 de febrero de 2005

inciso "c" del Decreto Supremo Nº 156-2004-EF - Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal; Que, el articulo 176º numeral 1 del Decreto Supremo Nº 135-99-EF - Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, determina las infracciones por la falta de MORDAZA de las declaraciones que contengan la determinacion de la deuda tributaria dentro de los plazos establecidos; infracciones que han sido consignadas en el Articulo 5º de la Ordenanza Nº 314-MSB, inclusion que no es necesaria, toda vez que el Codigo Tributario regula esta materia, en consecuencia es conveniente su derogatoria; Con las facultades conferidas por el articulo 9º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades y con dispensa del tramite de aprobacion de Actas, el Concejo Municipal por Unanimidad, aprobo la siguiente: MODIFICACION DE LA ORDENANZA Nº 314-MSB QUE ESTABLECE LA OBLIGACION DE PRESENTAR DECLARACION JURADA MASIVA DEL IMPUESTO PREDIAL EN EL DISTRITO DE SAN MORDAZA Articulo Unico.- Deroguese el articulo 5º de la Ordenanza Nº 314-MSB. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 03944

8º de la Ordenanza Nº 318-MDB en los terminos siguientes: Articulo 6º, MORDAZA parrafo.- "Los "Contribuyentes Puntuales del 2004" podran cancelar sus deudas generadas hasta el 31 de diciembre del 2003 con los beneficios establecidos en el Articulo 9º de la presente Ordenanza, hasta el ultimo dia habil del 2005". Articulo 7º, MORDAZA parrafo.- "Los contribuyentes mencionados en el presente articulo podran cancelar sus deudas generadas hasta el 31 de diciembre del 2003 con los beneficios establecidos en el Articulo 9º de la presente Ordenanza, si cumplieran con cancelar previamente su cuota correspondiente del Impuesto Predial 2005 MORDAZA de la fecha de vencimiento de la misma. La vigencia del beneficio se extendera hasta la nueva fecha de vencimiento de arbitrios, fecha en que se verificara el cumplimiento de pago de la cuota correspondiente del Impuesto Predial". Articulo 7º, tercer parrafo.- "Los contribuyentes mencionados en el presente articulo, si optasen con cancelar la totalidad de cuotas correspondientes al Impuesto Predial 2005 en el transcurso del referido ejercicio fiscal, obtendran los beneficios de descuentos de anos anteriores establecidos en el Articulo 9º de la presente Ordenanza, hasta el ultimo dia habil del ejercicio 2005" Articulo 8º, MORDAZA parrafo.- "Los contribuyentes mencionados en el presente articulo podran cancelar sus deudas de anos anteriores con los beneficios establecidos en el Articulo 9º de la presente Ordenanza, si cumplieran con cancelar previamente su cuota correspondiente al Impuesto Predial 2005. Los pagos sobre sus deudas anteriores los podran realizar hasta la fecha de vencimiento del siguiente periodo de arbitrios" Articulo 2º.- CUMPLIMIENTO Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Imagen Institucional, Gerencia de Rentas, Gerencia de Administracion y Finanzas, Gerencia de Planeamiento Estrategico y Gerencia de Participacion Vecinal, en cuanto sea de su competencia. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 03945

Precisan alcances de la Ordenanza Nº 318-MSB
ORDENANZA Nº 329-MSB
San MORDAZA, 15 de febrero de 2005 EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN MORDAZA POR CUANTO: Visto; en la IV-2005 Sesion Ordinaria Concejo de fecha 15.2.2005, el Dictamen Nº 008-2005-MSB-CER y Dictamen Nº 015-2005-MSB-CAL de la Comision de Economia y Rentas y Comision de Asuntos Legales, respectivamente; asi como las consideraciones expuestas en el Pleno del Concejo. CONSIDERANDO: Que, el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, establece que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Ordenanza Nº 318-MSB publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 6 de diciembre de 2004 se aprobo el Programa de Incentivos Tributarios "Cumple Mas y Paga Menos" el que otorgo a los contribuyentes la oportunidad de regularizar su deuda tributaria pendiente con las mayores facilidades, inclusive permitio descontar parte de su deuda tributaria; Que, es necesario precisar los beneficios que se describen en el MORDAZA parrafo del Articulo 6º; MORDAZA y tercer parrafo del Articulo 7º y MORDAZA parrafo del Articulo 8º de la Ordenanza Nº 318-MSB, para una mejor comprension e interpretacion de la MORDAZA, asi como para una mayor facilidad de los contribuyentes que se acojan; Que, de conformidad con lo dispuesto por los articulos 9º numeral 8) y 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, y con dispensa del tramite de aprobacion de Actas, el Concejo Municipal por Unanimidad, aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE PRECISA LOS ALCANCES DE LA ORDENANZA Nº 318-MSB Articulo 1º.- PRECISION Precisese los alcances de los beneficios senalados en el MORDAZA parrafo del Articulo 6º; en el MORDAZA y tercer parrafo del Articulo 7º y en el MORDAZA parrafo del Articulo

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE YUNGUYO
Aprueban Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el Ejercicio Presupuestal 2005
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 007-2005-MPY/A
Yunguyo, veintiuno de enero del ano dos mil cinco. VISTOS: La Carta Nº 003-2005-SGA/MPY, emitido por la Subgerencia de Administracion, mediante el cual remite el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad Provincial de Yunguyo, correspondiente al ejercicio presupuestal 2005 para su aprobacion; y, CONSIDERANDO: Que, los procesos de adquisicion y contratacion de los gobiernos locales se rigen por las disposiciones

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