Norma Legal Oficial del día 05 de marzo del año 2005 (05/03/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

MORDAZA, sabado 5 de marzo de 2005

NORMAS LEGALES

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la facultad de determinar excepcional y justificadamente un nivel de estudios distinto al fijado en dicha norma; Que, mediante la MORDAZA disposicion complementaria y transitoria de la Ley Nº 28427, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano Fiscal 2005, se ha facultado a las empresas de servicios publicos de propiedad o bajo administracion de mas de un Gobierno Regional o Gobierno Local, para evaluar y declarar la viabilidad de los Proyectos de Inversion Publica, que se enmarquen en las disposiciones sobre delegacion de facultades que, para tal efecto, emita el Ministerio de Economia y Finanzas; En uso de las facultades conferidas por el Decreto Legislativo Nº 183, Ley Organica del Ministerio de Economia y Finanzas y la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversion Publica, y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 157-2002-EF; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificacion de los articulos 3 y 5 de la Resolucion Ministerial Nº 372-2004-EF-15 1.1. Adicionar al articulo 3 de la Resolucion Ministerial Nº 372-2004-EF-15, como MORDAZA y tercer parrafos, el siguiente texto: "La facultad delegada por el presente articulo podra ser ejercida directamente por las empresas de servicios de saneamiento de propiedad o bajo administracion de mas de un Gobierno Local, respecto a los proyectos que ellas mismas formulen, que se enmarquen en la Funcion 14: Salud y Saneamiento, Programa 047: Saneamiento y Subprograma 0127: Sa-

neamiento General y cuyo monto de inversion, a precios de MORDAZA, no supere los S/. 3'000,000.00 (tres millones y 00/100 nuevos soles), en caso contrario la evaluacion sera realizada por la Oficina de Programacion e Inversiones del Sector correspondiente del Gobierno Nacional y la declaracion de viabilidad sera otorgada por quien ostente tal facultad segun el monto de inversion del proyecto. Las empresas senaladas en el parrafo precedente coordinan su acceso al Banco de Proyectos del Sistema Nacional de Inversion Publica, con la Direccion General de Programacion Multianual del Sector Publico." 1.2. Incorporar el inciso 5.3 al articulo 5 de la Resolucion Ministerial Nº 372-2004-EF-15, con el texto siguiente: "5.3. Un Informe Tecnico favorable de la oficina evaluadora de Proyectos de Inversion Publica de la empresa, en los casos de Proyectos de Inversion Publica de competencia de una empresa de servicios publicos de propiedad o bajo administracion de mas de un Gobierno Local". Articulo 2º.- Incorporacion de incisos a los articulos 3º y 9º de la Resolucion Ministerial Nº 3722004-EF-15 2.1. Incorporar el inciso 3.3 al articulo 3º de la Resolucion Ministerial Nº 372-2004-EF-15 con el siguiente texto: "3.3. Se enmarquen en las competencias de los Gobiernos Locales de acuerdo a Ley."
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MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

COMUNICADO Nº 007-2005-EF/76.01
A LOS PLIEGOS DE LOS GOBIERNOS LOCALES APLICACION DEL ARTICULO 7º NUMERAL 7.4 DE LA LEY DE PRESUPUESTO DEL SECTOR PUBLICO PARA EL ANO FISCAL 2004 - LEY Nº 28128
La Direccion Nacional del Presupuesto Publico publico el 16 de marzo de 2004 el Documento Nº 011-2004DNPP, con el objeto de orientar a los Gobiernos Locales en los procedimientos de caracter presupuestario para el registro de las transferencias de los fondos publicos de los Programas y Proyectos de Lucha Contra la Pobreza que se efectuaron en el ano 2004, provenientes de la Fuente de Financiamiento 17. Recursos Ordinarios para los Gobiernos Locales, en aplicacion del articulo 7º numeral 7.4 de la Ley Nº 28128 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2004. En el caso de las Transferencias para Comedores, Alimentos por Trabajo y Hogares y Albergues; Transferencias para Otras Acciones Nutricionales y de Asistencia Solidaria; y Proyectos de Infraestructura Social y Productiva, las Municipalidades Acreditadas y No Acreditadas, debieron efectuar las transferencias financieras y las modificaciones presupuestarias necesarias en el nivel Funcional Programatico de los fondos publicos, segun corresponda, de acuerdo a lo senalado en el citado Documento, las mismas que han debido ser aprobadas por Resolucion de Alcaldia, de conformidad a lo establecido en el articulo 23º de la Directiva Nº 003-2004-EF/76.01 - Directiva para la Aprobacion, Ejecucion y Control del MORDAZA Presupuestario de los Gobiernos Locales para el Ano Fiscal 2004. Por lo expuesto, la Direccion Nacional del Presupuesto Publico recuerda a las Oficinas de Planeamiento y Presupuesto, o las que MORDAZA sus veces en los Pliegos Presupuestarios de los Gobiernos Locales, de corresponder, que el Presupuesto Institucional Modificado debe contener las modificaciones presupuestaria aprobadas en el MORDAZA de lo establecido en el Documento Nº 011-2004-DNPP y la Directiva Nº 0032004-EF/76.01 MORDAZA mencionada. MORDAZA, 3 de marzo de 2004 Direccion Nacional del Presupuesto Publico 04853

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