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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G32/G34/G36/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 17 de octubre de 2005 Que, el literal c) del artículo 6º de la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de ComercioExterior y Turismo, establece que PROMPEX, es unOrganismo Público Descentralizado del sector ComercioExterior y Turismo; De conformidad con lo dispuesto por las Leyes Nºs. 27790 y 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCMy el Decreto de Urgencia Nº 015-2004; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor David Abraham Edery Muñoz, Gerente de Programas y ProyectosMultisectoriales de PROMPEX a la ciudad de Madrid, Reinode España del 17 al 23 de octubre del 2005, para los finesa los que se refiere la parte considerativa de la presenteResolución. Artículo 2º.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolución se efectuarán con cargo alPresupuesto del Pliego 008 Comisión para la Promoción deExportaciones, del Sector 35 Comercio Exterior y Turismo,Unidad Ejecutora 001 Comisión para la Promoción deExportaciones, Función 11 Industria, Comercio y Servicio,Programa 040 Comercio, Sub-Programa 0110 PromociónExterna del Comercio, de acuerdo al siguiente detalle: - Viáticos (US$ 260,00 x 5 días) : US$ 1 300,00 - Pasajes : US$ 1 427,40- Tarifa Corpac : US$ 28,24 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la realización del viaje, el representante dePROMPEX, autorizado mediante el Artículo 1º de lapresente resolución, presentará al Titular de la Entidad uninforme detallado sobre las acciones realizadas y los logrosobtenidos, asimismo, presentará la rendición de cuentasde acuerdo a Ley. Artículo 4º.- La presente Resolución no da derecho a liberación o exoneración de impuestos o de derechosaduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Ministro de Economía y FinanzasEncargado de la Cartera de ComercioExterior y Turismo 17659 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G79/G20/G72/G65/G67/G69/G73/G74/G72/G61/G6E/G20/G6D/G6F/G64/G65/G6C/G6F/G20/G64/G65 /G6D/GE1/G71/G75/G69/G6E/G61/G20/G74/G72/G61/G67/G61/G6D/G6F/G6E/G65/G64/G61/G73/G20/G61/G20/G73/G6F/G6C/G69/G63/G69/G74/G75/G64/G20/G64/G65 /G53/G70/G6F/G72/G74/G20/G42/G65/G74/G73/G20/G53/G2E/G41/G2E RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 521-2005-MINCETUR/VMT/DNT Lima, 3 de octubre de 2005 Visto, el Expediente Nº 001296-2005-MINCETUR, de fecha 12.9.2005, presentado por la empresa Sport BetsS.A., en el que solicita autorización y registro de un (1)modelo de máquina tragamonedas; CONSIDERANDO:Que, mediante Ley Nº 27153, modificada por la Ley Nº 27796, se regula la explotación de los juegos de casinoy máquinas tragamonedas, estableciéndose en el artículo11º del citado cuerpo legal que los modelos de máquinastragamonedas cuya explotación es permitida en el país sonaquéllos que cuentan con autorización y registro; Que, el artículo 16º del Reglamento de la Ley Nº 27153, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR,señala la información y documentación que deben presentarlos interesados en obtener la autorización y registro de losmodelos de máquinas tragamonedas; Que, por su parte, el artículo 21º del citado Reglamento establece que los modelos de máquinas tragamonedas ylas memorias de sólo lectura de los programas de juegodeberán someterse con anterioridad a su autorización yregistro, a un examen técnico ante una entidad autorizada,la cual expedirá un Certificado de Cumplimiento queacreditará que el modelo o las memorias que componen elprograma de juego, según sea el caso, cumplen con losrequisitos establecidos en la Ley, el Reglamento y las Directivas; Que, realizada la evaluación del Certificado de Cumplimiento Nº 200508-05 de fecha 24.8.2005, expedidopor el Laboratorio de Certificación de la Pontificia UniversidadCatólica del Perú, y verificado los requisitos técnicos de lamáquina tragamonedas cuya autorización y registro solicitan,se advierte que la misma cumple con lo dispuesto en elartículo 16º del Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR; Que, de la evaluación de la documentación e información adjunta, se concluye que la solicitante ha cumplido con lasdisposiciones legales aplicables para que la Dirección Nacionalde Turismo acceda a la autorización y registro solicitada; De conformidad con la Ley Nº 27153, modificada por la Ley Nº 27796, el Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETURy el Procedimiento Nº 05 del Decreto Supremo Nº 006-2005-MINCETUR, estando a lo opinado en los Informes TécnicoNº 108-2005-MINCETUR/VMT/DNT/DJCMT/DAR-JYM yLegal Nº 610-2005-MINCETUR/VMT/DNT/DJCMT/SDAR; SE RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar y registrar a solicitud de la empresa Sport Bets S.A., el modelo de máquinatragamonedas fabricada por la empresa Austrian GamingIndustries Gmbh (Austria), según el siguiente detalle: Registro B0000251 Código del Modelo FV 622 CF Descripción Máquina Tragamonedas de video rodillo, de cuerpo vertical con un gabinete de tapa planahorizontal. Como medios de ingreso dedinero cuenta con un aceptador de tarjetas(card reader), fichas, monedas y aceptadorde billetes. Este modelo no cuenta conpalanca lateral y tiene un monitor (LCD) de19" pulgadas diagonales el cual puede serde tacto o convencional. Esta máquina puedeformar parte de un sistema de carrusel. Dimensiones del Alto : 133.00cm. Modelo Ancho : 54.00 cm. Largo : 41.50 cm. Regístrese, comuníquese y publíquese. MIGUEL ANTONIO ZAMORA S. Director Nacional de Turismo 17558 ECONOMÍA Y FINANZAS /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G64/G65/G63/G75/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G46/G6F/G72/G6D/G61/G74/G6F/G73/G20/G79 /G41/G6E/G65/G78/G6F/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G49/G6E/G73/G74/G72/G75/G63/G74/G69/G76/G6F/G20/G4E/GBA/G20/G32/G33/G2D/G32/G30/G30/G34/G2D/G45/G46/G2F /G39/G33/G2E/G31/G31/G20/G22/G43/G69/G65/G72/G72/G65/G20/G43/G6F/G6E/G74/G61/G62/G6C/G65/G20/G79/G20/G50/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E /G64/G65/G20/G49/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G43/G75/G65/G6E/G74/G61/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G22 CONTADURÍA PÚBLICA DE LA NACIÓN RESOLUCIÓN DE CONTADURÍA Nº 189-2005-EF/93.01 Lima, 30 de setiembre del 2005Visto: El Informe Nº 009-2005-EF/93.11, referente a la adecuación de Formatos y Anexos conformantes del InstructivoNº 23-2004-EF/93.11 “Cierre Contable y Presentación deInformación para la Cuenta General de la República”. CONSIDERANDO: Que, por Resolución de Contaduría Nº 178-2004-EF/ 93.01 se aprobó el Instructivo Nº 23-2004-EF/93.11 “CierreContable y Presentación de Información para la CuentaGeneral de la República”; Que, con Resolución Nº 031-2004-EF/93.01 del Consejo Normativo de Contabilidad se resolvió suspender larealización del Ajuste Integral de los Estados Financierospor Efecto de Inflación, a partir del ejercicio 2005; Que, como consecuencia de lo dispuesto por la Resolución Nº 031-2004-EF/93.01 del Consejo Normativo de Contabilidad,es necesario adecuar los Formatos y Anexos conformantes