Norma Legal Oficial del día 18 de septiembre del año 2005 (18/09/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

MORDAZA, MORDAZA 18 de setiembre de 2005

NORMAS LEGALES

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Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica de MORDAZA WAISMAN RJAVINSTHI MORDAZA Vicepresidente de la Republica Encargado del Despacho de la Presidencia de la Republica MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros 16080

en las materias de Salud Humana, Sanidad Agraria y Ambiente no han culminado sus evaluaciones opor tunamente por cuestiones inherentes a la implementacion de las normas y criterios senalados en la Decision 436 y la Resolucion 630; por lo que el SENASA debe seguir adoptando las medidas necesarias a fin de evitar perjuicios a los administrados cuyos procedimientos de revaluacion se encuentran en tramite, a la fecha de publicacion de la presente norma; De conformidad con la Decision 436, el Decreto Ley Nº 25902 y el Decreto Supremo Nº 008-2005-AG; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Ratificar la prorroga de los registros de los plaguicidas quimicos de uso MORDAZA establecida en el Articulo 1 de la Resolucion Directoral Nº 332-2003-AGSENASA-DGSV, y extender la vigencia de los registros actualmente vigentes hasta la finalizacion de su MORDAZA de revaluacion, conforme al cronograma vigente aprobado mediante las Resoluciones Directorales Nºs. 361-2001-AGSENASA-DGSV y 039-2002-AG-SENASA-DGSV. Articulo 2º.- Para efectos de lo dispuesto en el articulo precedente, entiendase que el MORDAZA de revaluacion comprende unicamente la evaluacion de los plaguicidas quimicos de uso MORDAZA registrados MORDAZA de la vigencia de la Decision 436, y no a la evaluacion postregistro que se realizara en la oportunidad correspondiente. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe (e) Servicio Nacional de Sanidad Agraria 15994

AGRICULTURA
Ratifican prorroga de registros de plaguicidas quimicos de uso MORDAZA establecida en la R.D. Nº 332-2003-AGSENASA-DGSV
RESOLUCION JEFATURAL Nº 166-2005-AG-SENASA La MORDAZA, 15 de setiembre de 2005 VISTOS: La Carta de la Comunidad MORDAZA de 15 de agosto de 2005, en respuesta al Oficio Nº 579-2005-AG-SENASA, la cual dispone que es potestad de la autoridad nacional competente decidir respecto de la extension del plazo de vigencia del Registro en aras de facilitar y ordenar el MORDAZA de revaluacion acorde con el Articulo 55 de la Decision 436; CONSIDERANDO: Que, mediante Decision 436 de la Comunidad MORDAZA se aprobo la MORDAZA MORDAZA para el Registro y Control de Plaguicidas Quimicos de Uso Agricola; estableciendose en su Articulo 70 que dicha Decision entrara en vigencia al momento de la aprobacion del Manual Tecnico Andino; Que, con fecha 30 de junio de 2002 se publico en la Gaceta Oficial de la Comunidad MORDAZA la Resolucion 630, Manual Tecnico MORDAZA para el Registro y Control de Plaguicidas Quimicos de Uso Agricola; entrando en vigencia la Decision 436; Que, el Articulo 55 de la Decision 436 senala que los plaguicidas quimicos de uso MORDAZA registrados MORDAZA de la vigencia de la presente Decision estaran sujetos a un MORDAZA de revaluacion por parte de la Autoridad Nacional Competente dentro de los cinco (5) anos siguientes a la entrada en vigencia de la presente Decision; Que, mediante la Carta de Vistos, la Comunidad MORDAZA ratifica la posibilidad de que la Autoridad Nacional Competente pueda decidir respecto a la extension del plazo de vigencia de los registros de plaguicidas quimicos de uso MORDAZA, renovando dichos registros, en aras de facilitar y ordenar el MORDAZA de revaluacion acorde con el Articulo 55 de la Decision 436; Que, el Articulo 27 de la Ley Nº 27322, Ley MORDAZA de Sanidad Agraria, establece que el Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA es la autoridad responsable de llevar y conducir el Registro de Plaguicidas de Uso MORDAZA en el pais; Que, mediante el Articulo 1 de la Resolucion Directoral Nº 332-2003-AG-SENASA-DGSV, se dispuso prorrogar la fecha de vencimiento de los registros de plaguicidas quimicos de uso MORDAZA establecida en el cronograma aprobado mediante las Resoluciones Directorales Nº 3612001-AG-SENASA-DGSV y Nº 039-2002-AG-SENASADGSV, hasta la conclusion del procedimiento de tramite respectivo; Que, dentro del MORDAZA del procedimiento de revaluacion de plaguicidas quimicos de uso MORDAZA, las Autoridades

MINCETUR
Autorizan viaje de funcionarios para participar en la XII Ronda de Negociaciones del TLC con EE.UU. que se realizara en Colombia
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 271-2005-MINCETUR/DM MORDAZA, 12 de setiembre de 2005 Visto el Memorandum N° 490-2005-MINCETUR/DM/ GA, del Jefe del Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial; CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo MINCETUR es el organismo publico competente para definir, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar la politica de comercio exterior y de turismo; responsable en materia de negociaciones comerciales inter nacionales, en coordinacion con el Ministerio de Relaciones Exteriores y otros sectores del Gobierno en el ambito de sus respectivas competencias; Que, el Peru conjuntamente con Ecuador y Colombia, viene negociando con los Estados Unidos de Norteamerica la suscripcion de un Tratado de Libre Comercio - TLC, para cuyo efecto, a la fecha, se han realizado once Rondas de Negociaciones, habiendose programado la realizacion de la XII Ronda del 19 al 23 de setiembre de 2005, en la MORDAZA de Cartagena, Republica de Colombia; Que, resulta conveniente la participacion de la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Asesores del Despacho Ministerial y del senor MORDAZA MORDAZA Dapuetto, Director de la Oficina de Prensa y Protocolo, a fin de que presten apoyo tecnico y efectuen funciones de coordinacion, durante la realizacion de la XII Ronda de Negociaciones; De conformidad con las Leyes Nºs. 27619, 27790, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, Decreto Supremo

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