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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2006 (28/12/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 188

TEXTO PAGINA: 47

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 28 de diciembre de 2006 335649 De conformidad con lo establecido por el artículo 10º de la Ley Nº 28939 – Ley que aprueba un Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006, dispone la creación de Fondos y dicta otras medidas; DECRETA: Artículo 1º.- Autorización de Transferencia de Partidas Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006, hasta por la suma de CUARENTA Y CUATRO MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 44 548 440,00), con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA (En Nuevos Soles) SECCIÓN PRIMERA: Gobierno Central 42 735 588,00 SECCIÓN SEGUNDA: Instancias Descentralizadas 1 812 852,00 TOTAL: 44 548 440,00 A LA SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración GeneralFUNCIÓN 03 : Administración y PlaneamientoPROGRAMA 006 : Planeamiento GubernamentalSUBPROGRAMA 0019 : Planeamiento Presupuestario, Financiero y ContableACTIVIDAD 00010 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector PúblicoCATEGORÍA DEL GASTO 5. GASTOS CORRIENTES 0. Reserva de Contingencia 44 548 440,00 TOTAL: 44 548 440,00 Los Pliegos habilitadores que están comprendidos en la Sección Primera: Gobierno Central y la Sección Segunda: Instancias Descentralizadas, que se mencionan en el presente artículo están detallados en el Anexo que forma parte de la presente norma. Artículo 2º.- Aprobación Institucional Autorízase a los Titulares de los Pliegos a aprobar, mediante resolución, la desagregación de los recursos a los que se re fi ere el artículo 1º del presente Decreto Supremo, a nivel de función, programa, subprograma, actividad, proyecto y grupo genérico de gasto, dentro de los dos (2) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la resolución se remite dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el artículo 23º numeral 23.2 de la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, Ley Nº28411. Artículo 3º.- Notas de Modi fi cación Presupuestaria Las O fi cinas de Presupuesto o las que hagan sus veces, en los Pliegos, instruyen a las Unidades Ejecutoras, bajo su ámbito para que elaboren las correspondientes “Notas para Modi fi cación Presupuestaria”, que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 4º.- RefrendoEl presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y rige desde el día de su publicación. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintisiete días del mes de diciembre del año dos mil seis. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y Finanzas ANEXO 1 PLIEGOS PRESUPUESTARIOS QUE HAN GENERADO LOS AHORROS EN LA FUENTE DE FINANCIAMIENTO : RECURSOS ORDINARIOS DESTINADOS AL FONDO PARA LA IGUALDAD (En Nuevos Soles) SECTOR PLIEGO MONTO 01. PRESIDENCIA CONSEJO MINISTROS 13,589,587 001. PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS 8,426,875 002. INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA 26,636006. INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA CIVIL 77,787 007. CONSEJO NACIONAL DEL AMBIENTE 58,350 010. DIRECCION NACIONAL DE INTELIGENCIA 87,344 011. DESPACHO PRESIDENCIAL 3,499,023 012. COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y VIDA SIN DROGAS - DEVIDA 98,651013. CONSEJO NACIONAL DE DESCENTRALIZACION 712,247 014. COMISION NACIONAL DE LA JUVENTUD - CNJ 124,935 017. INSTITUTO NACIONAL DE DESARROLLO DE PUEBLOS ANDINOS AMAZONICOS Y AFROPERUANOS - INDEPA 367,314 070. CUERPO GENERAL DE BOMBEROS VOLUNTARIOS DEL PERU 787 116. INSTITUTO NACIONAL DE RADIO Y TELEVISION DEL PERU - IRTP 109,638 04. PODER JUDICIAL 208,213 004. PODER JUDICIAL 171,100 040. ACADEMIA DE LA MAGISTRATURA 37,113 06. JUSTICIA 676,212 006. M. DE JUSTICIA 194,024 061. INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO 442,816 096. UNIDAD DE INTELIGENCIA FINANCIERA 39,372