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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE ABRIL DEL AÑO 2007 (29/04/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 29 de abril de 2007 344499 ÍNDICE DE USOS PARA LA UBICACIÓN DE LAS ACTIVIDADES URBANAS DEL DISTRITO DE MIRAFLORES NOTAS LEYENDA 1.-La aplicación del presente Indice de Usos esta referido al uso del suelo de acuerdo a los tres sectores en los que se ha div idido el distrito.D USO CONFORME 2.-Las Edi fi caciones deberan adecuarse a las Normas a las que se re fi ere el Reglamento de Zoni fi cación del Distrito y al Reglamento Nacional de Edi fi caciones. USO NO CONFORME 3.-Los inmuebles que cuenten con licencia de construcción comercial, Declaratoria de Fabrica comercial (inscrita en Registros P úblicos sin carga) para el desarrollo de una actividad especi fi ca podran solicitar la licencia para esta actividad u otra relacionada al uso de comercio local u O fi cinas Administrativas. cActividades Profesionales desarrolladas directamente por el residente del inmueble hasta un máximo de 40 m2, sin modi fi cacion de fachada y sin publicidad exterior, se exigirá el cumplimiento de los niveles operacionales y estándares de calidad aprobados por la Municipalidad de Mira fl ores. 4.-En las Zonas Residenciales: RDMA ,RDA ,RDM y RDB , los inmuebles que cuenten con resolución de Cambio de Uso a local comercia l podrán solicitar la licencia de funcionamiento para actividades relacionadas al uso de comercio local u O fi cinas Administrativas, debiendo resolver el requerimiento de estacionamiento en el interior del lote. yActividades comerciales que se podran desarrollar en una vivienda existente sin incremento de area techada y sin modi fi cacion de fachada, se exigirá el cumplimiento de los niveles operacionales y estándares de calidad aprobados por la Municipalidad de Mira fl ores (ver observaciones). CODIFICACION CIIU DE ACUERDO AL INEI SECTORES ACTIVIDADESSECTOR A SECTOR B SECTOR C OBSERVACIONES RDMA RDM RDB CZ CV RDMA RDA RDM RDB CM CZ CV ZRE H RDMA RDM CZ CV G 52 3 1 02 VENTA DE PRODUCTOS ORTOPEDICOS, MATERIAL E INSTRUMENTAL MEDICO •DD •DDD DDEn RDM : Solo en vias de nivel Metropolitano (según Ord. 920 MML), excepto en las Avenidas:Casimiro Ulloa, Roca y Bologna y Ricardo Palma. G 52 3 1 03 PERFUMERIAS Y DROGUERIAS • DD •DDD DDEn RDM : Solo en vias de nivel Metropolitano ( Ord. 920 MML), excepto en las Avenidas:Casimiro Ulloa, Roca y Bologna y Ricardo Palma. G 52 3 1 04 CASAS NATURISTAS • DD •DDD DDEn RDM : Solo en vias de nivel Metropolitano ( Ord. 920 MML), excepto en las Avenidas:Casimiro Ulloa, Roca y Bologna y Ricardo Palma. G5 2 3 2 VENTA AL POR MENOR DE PRODUCTOS TEXTILES PRENDAS DE VESTIR CALZADO, ART. CUERO G 52 3 2 01 ZAPATERIAS • DD •DDD DDEn RDM : Solo en vias de nivel Metropolitano ( Ord. 920 MML), excepto en las Avenidas:Casimiro Ulloa, Roca y Bologna y Ricardo Palma. G 52 3 2 02 BOUTIQUES • DD •DDD DDEn RDM : Solo en vias de nivel Metropolitano ( según Ord. 920 MML), excepto en las Avenidas:Casimiro Ulloa, Roca y Bologna y Ricardo Palma. G 52 3 2 03 VENTA DE TELAS Y TEJIDOS • DD •DDD DDEn RDM : Solo en vias de nivel Metropolitano ( según Ord. 920 MML), excepto en las Avenidas:Casimiro Ulloa, Roca y Bologna y Ricardo Palma. G 52 3 2 04 VENTA DE ARTICULO DE CUERO Y ACCESORIOS DE VIAJE • DD •DDD DDEn RDM : Solo en vias de nivel Metropolitano ( según Ord. 920 MML), excepto en las Avenidas:Casimiro Ulloa, Roca y Bologna y Ricardo Palma. G 52 3 2 05 VENTA DE PRENDAS DE VESTIR PARA CABALLEROS • DD •DDD DDEn RDM : Solo en vias de nivel Metropolitano (según Ord. 920 MML), excepto en las Avenidas:Casimiro Ulloa, Roca y Bologna y Ricardo Palma. G 52 3 2 06 VENTA DE ROPA PARA NIÑOS • DD •DDD DDEn RDM : Solo en vias de nivel Metropolitano ( según Ord. 920 MML), excepto en las Avenidas:Casimiro Ulloa, Roca y Bologna y Ricardo Palma. G 52 3 2 07 VENTA DE ROPA PARA BEBES • DD •DDD DDEn RDM : Solo en vias de nivel Metropolitano (Ord. 920 MML), excepto en las Avenidas:Casimiro Ulloa, Roca y Bologna y Ricardo Palma. G 52 3 2 08 MALETERIA DD DDD DD G 52 3 2 09 LENCERIA •DD •DDD DDEn RDM : Solo en vias de carácter Metropolitano (Ord. 920 MML), excepto en las Avenidas:Casimiro Ulloa, Roca y Bologna y Ricardo Palma. G 52 3 2 10 PELETERIA DD DDD DD G 52 3 2 11 SOMBRERERIA • DD •DDD DDEn RDM : Solo en vias de carácter Metropolitano (según Ord. 920 MML), excepto en las Avenidas:Casimiro Ulloa, Roca y Bologna y Ricardo Palma. G 52 3 2 12 CASAS DE NOVIOS DD DDD DD G 52 3 2 13 VENTA DE PRENDAS DE VESTIR PARA DAMAS • DD •DDD DDEn RDM : Solo en vias de nivel Metropolitano (según Ord. 920 MML), excepto en las Avenidas:Casimiro Ulloa, Roca y Bologna y Ricardo Palma. G 52 3 3 VENTA AL POR MENOR APARATOS, ARTICULOS Y EQUIPO DE USO DOMESTICO G 52 3 3 01 VENTA DE ARTEFACTOS DE ILUMINACION Y BRONCE • DD •DD DDEn RDM : Solo en vias de nivel Metropolitano (según Ord. 920 MML), excepto en las Avenidas:Casimiro Ulloa, Roca y Bologna y Ricardo Palma. G 52 3 3 02 VENTA DE ARTICULOS Y EQUIPO DE USO DOMESTICO DD DD DD G 52 3 3 03 VENTA DE CORTINAS Y TAPICES • DD •DD DDEn RDM : Solo en vias de carácter Metropolitano (Ord. 920 MML), excepto en las Avenidas:Casimiro Ulloa, Roca y Bologna y Ricardo Palma. G 52 3 3 04 LOCERIAS DD DD DD