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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 1 de enero de 2007 336865 OCTUBRE 110,79 0,04 1,40 NOVIEMBRE 110,48 -0,28 1,11 DICIEMBRE 110,51 0,03 1,14 Artículo 2º.- Aprobar la publicación del Boletín Mensual de Indicadores de Precios de la Economía, correspondiente al mes de diciembre del 2006 , documento que contiene la Información O fi cial del Índice de Precios al Consumidor. Regístrese y comuníquese. RENÁN QUISPE LLANOS Jefe 11584-1 Índice de Precios Promedio Mensual al Por Mayor a Nivel Nacional correspondiente al mes de diciembre de 2006 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 380-2006-INEI Lima, 31 de diciembre del 2006 CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Estadística e Informática - INEI, elabora y publica el Índice de Precios Promedio Mensual al Por Mayor a Nivel Nacional, adoptando como período Base: Año 1994 = 100,00 a partir del mes de enero de 1999; Que, es necesario disponer la publicación de la Variación Mensual y Acumulada del Índice de Precios al Por Mayor a Nivel Nacional del mes de diciembre del 2006 , y del Boletín Mensual de Indicadores de Precios de la Economía, que contiene la información o fi cial del Índice de Precios al Por Mayor; En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 604; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar la publicación, del Índice de Precios Promedio Mensual al Por Mayor a Nivel Nacional que contiene la Base: Año 1994= 100,00, correspondiente al mes de diciembre del 2006 , así como la publicación de la variación mensual y acumulada del Índice de Precios Promedio Mensual al Por Mayor a Nivel Nacional. AÑO/MESNÚMERO ÍNDICE VARIACIÓN PORCENTUAL BASE 1994 MENSUAL ACUMULADA 2006 ENERO FEBREROMARZO ABRIL MAYOJUNIO JULIO AGOSTOSETIEMBRE OCTUBRE NOVIEMBREDICIEMBRE171,973343 171,652587 172,301372173,036455172,670986 172,895914 172,734510173,075394 173,335897 173,442468173,100456 173,4260720,49 -0,19 0,38 0,43 -0,21 0,13 -0,09 0,20 0,150,06 -0,20 0,190,49 0,30 0,68 1,11 0,89 1,02 0,931,131,28 1,34 1,141,33 Artículo 2°.- Aprobar la publicación del Boletín Mensual de Indicadores de Precios de la Economía, que contiene la información O fi cial del Índice de Precios Promedio Mensual al Por Mayor a Nivel Nacional, correspondiente al mes de diciembre del 2006 .Regístrese y comuníquese. RENÁN QUISPE LLANOS Jefe 11584-2 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA Prorrogan plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 385-MSB que aprobó Beneficio Especial por Campaña Navideña DECRETO DE ALCALDÍA Nº 019-2006-MSB-A San Borja, 29 de diciembre de 2006EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN BORJA Visto, el Informe Nº 147-2006-MSB-GR, de fecha 26.12.2006 de la Gerencia de Rentas. CONSIDERANDO:Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cada por Ley Nº 28607 – Ley de la Reforma Constitucional, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el día 04.10.2005, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son los órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; radicando ésta en la facultad de ejercer actos de gobierno administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico, de acuerdo a lo establecido en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972. Que, mediante Ordenanza Nº 385-MSB, publicada con fecha 07.12.2006, se aprobó el Bene fi cio Especial por Campaña Navideña para los contribuyentes del distrito de San Borja, estableciéndose como plazo de vigencia de la referida ordenanza hasta el 28.12.2006. Que, la primera disposición fi nal de la Ordenanza precitada faculta al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza, así como para establecer la prórroga de la misma. Que, a la fecha existen contribuyentes que por diversas razones no han podido acogerse al bene fi cio establecido en la norma precitada, siendo el deseo de los mismos que se prorrogue el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 385-MSB, para poder cumplir con sus obligaciones formales y sustanciales ante este corporativo edil; correspondiendo a la administración municipal acudir al llamado de los vecinos del distrito. Estando a lo expuesto, con el visto de la Gerencia Municipal, Gerencia de Rentas y Gerencia de Asesoría Jurídica y conforme a lo establecido en el inciso 6) del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972. DECRETA: Artículo Único.- PRORROGAR el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 385-MSB hasta el 19 de enero del 2007. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Alcalde 11380-1