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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE FEBRERO DEL AÑO 2008 (02/02/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 95

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 2 de febrero de 2008 365625 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, el Concejo, por mayoría y con dispensa del trámite de aprobación del Acta, adoptó el siguiente: ACUERDO: Artículo Primero.- APROBAR la exoneración del proceso de selección por la causal de Servicios Personalísimos, para la contratación del Dr. ANÍBAL QUIROGA LEÓN, quien estará encargado de la defensa de los intereses de la Municipalidad y Comunidad de Mirafl ores, ante el Tribunal Constitucional y el Congreso de la República, como consecuencia de la Sentencia del Tribunal Constitucional, de fecha 21 de noviembre de 2007, recaída sobre el expediente N° 00003-2007-CC, de acuerdo a su propuesta de Honorarios Profesionales, que forma parte del presente Acuerdo. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Acuerdo de Concejo a la Gerencia Municipal. Regístrese, Comuníquese y Cúmplase MANUEL MASÍAS OYANGUREN Alcalde 159537-1 MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA Convocan a proceso de elección de representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital y aprueban Cronograma del Proceso Electoral DECRETO DE ALCALDÍA N° 03-2008-MSB-A San Borja, 31 de enero del 2008 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA CONSIDERANDO: Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Estado modifi cada por Ley N° 27680 – Ley de Reforma Constitucional, señala que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local; tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 102° de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley N° 27972, establece la conformación del Consejo de Coordinación Local Distrital, el mismo que debe estar integrado por el Alcalde quien lo preside, los Regidores y por los Representantes de las Organizaciones Sociales de Base, Asociaciones, Organizaciones de Productores, Gremios Empresariales, Juntas Vecinales y cualquier otra forma de organización de nivel distrital; Que, mediante Ordenanza N° 411-MSB, se regula el procedimiento para el proceso de elección de los representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital (CCLD), señalando en su artículo 4° que el Alcalde, mediante Decreto de Alcaldía convoca a la elección de Representantes de la Sociedad Civil ante el CCLD; Que, el artículo 5° de la Ordenanza N°411-MSB, establece la conformación del Comité Electoral responsable de la conducción y desarrollo del proceso de elección de representantes de la sociedad civil ante el CCLD; Estando a lo expuesto, con el visto bueno de la Gerencia Municipal, Gerencia de Asesoría Jurídica y Gerencia de Participación Vecinal y, a lo dispuesto en el inciso 6) del artículo 20° de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972; DECRETA: Artículo Primero .- Convocar al proceso de elección de los representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital; en acto de votación a realizarse el día domingo 16 de Marzo de 2008, a las 9:00am. 1° convocatoria y 9.30am 2° convocatoria, en el Auditorio Municipal – Av. Joaquín Madrid N° 200 - San Borja. Artículo Segundo.- Aprobar el Cronograma del Proceso Electoral convocado, el cual será publicado y difundido en lugares visibles de la Municipalidad de San Borja y en el Portal Municipal medios por los cuales, también, se publicarán todos los actos que resulten del proceso electoral. CRONOGRAMA DEL PROCESO ELECTORAL ETAPAS FECHA DIFUSION DE LA CONVOCATORIA 01 AL 21 DE FEBREROINSCRIPCION DE ORGANIZACIONES SOCIALES04 AL 22 DE FEBRERO SUBSANACION DE INSCRIPCIONES 05 AL 26 DE FEBRERO EMISION DE RESOLUCIÓN DE INSCRIPCIONES27 DE FEBRERO PUBLICACION DEL PADRON ELECTORAL 27 DE FEBRERO PRESENTACION DE TACHAS AL PADRON ELECTORAL28 DE FEBRERO AL 05 MARZO EVALUACION DE TACHAS PRESENTADAS 06 AL 12 DE MARZO PUBLICACION DE RESOLUCION DE TACHAS 13 DE MARZOPUBLICACION DEFINITIVA DEL PADRON ELECTORAL14 DE MARZO ELECCIONES 16 DE MARZO PUBLICACION DE RESULTADOS FINALES 18 DE MARZO Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Participación Vecinal y al Comité Electoral el cumplimiento del proceso de elección de los representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Alcalde 159545-1 MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL Prorrogan beneficio de regularización tributario establecido mediante Ordenanza N° 143-MDSM DECRETO DE ALCALDÍA Nº 001-2008-MDSM San Miguel, 31 de enero de 2008EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MIGUEL CONSIDERANDO:Que, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modifi cado por la Ley de la Reforma Constitucional, Ley Nº 27680, las Municipalidades gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Ordenanza Nº 143-MDSM, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano, el 4 de diciembre de 2007, se ha establecido un Benefi cio de Regularización Tributaria y no Tributaria, para aquellos contribuyentes con deudas tributarias y obligaciones pendientes al 30 de noviembre de 2007, benefi cio que rigió hasta el 20 de diciembre de 2007, siendo prorrogada por Decreto de Alcaldía Nº 012-2007/MDSM, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 3 de enero del presente año; Que, habiendo recogido el sentir de los vecinos sanmiguelinos, quienes desean cumplir con sus obligaciones tributarias, la cual no han podido realizar hasta la fecha, siendo una de las mayores preocupaciones de esta Administración, brindar a los contribuyentes las mayores facilidades para que puedan cumplir con sus obligaciones formales y materiales; y, teniendo en cuenta la coyuntura socioeconómica por la que atraviesa el país, es necesario prorrogar la vigencia de dicho benefi cio; Estando a lo expuesto y de acuerdo a la facultad establecida en la segunda disposición fi nal de la Ordenanza Nº 143-MDSM y en el inciso 6) del Artículo 20° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972;