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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 24 de noviembre de 2008 383870 Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 13 de noviembre del 2008 el Dictamen N° 233-2008-MML-CMDUVN de la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura; Aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE RECONOCE LA CONSOLIDACIÓN URBANA IRREVERSIBLE PRODUCIDA EN DISTINTAS ÁREAS URBANAS DE LIMA METROPOLITANA Artículo Primero.- Levantar la califi cación de Zona de Recreación Pública a las unidades urbanas denominadas Parques Zonales hasta la fecha, Parque Zonal Nº 28 – “Santa Clara” ubicado en el distrito de Ate, al Parque Zonal – “Carabayllo” ubicado en el distrito del mismo nombre y al Parque Zonal Nº 16 – “Pachacútec” ubicado en el distrito de El Agustino, en razón a la consolidación urbana irreversible de uso residencial que presentan los terrenos de los dos primeros y a la ocupación como depósitos de los dos de la Planta “La Atarjea” de SEDAPAL en el tercer caso. Artículo Segundo.- Asignar la Zonifi cación de Residencial de Densidad Media – RDM al área del antes denominado Parque Zonal – “Carabayllo” y disponer que la Municipalidad Distrital respectiva verifi que que el proceso de Habilitación Urbana respete las secciones viales del Sistema Vial Metropolitano aprobado mediante la Ordenanza Nº 341-MML y su complementaria Ordenanza Nº 1083-MML, así como la franja ribereña establecida por los dispositivos legales vigentes. Artículo Tercero.- Asignar la Zonifi cación de Residencial de Densidad Media – RDM al área del antes denominado Parque Zonal Nº 28 – “Santa Clara” del distrito de Ate, y disponer que la Municipalidad Distrital respectiva verifi que que el proceso de Habilitación Urbana respete las secciones viales del Sistema Vial Metropolitano aprobado mediante la Ordenanza Nº 341- MML y su complementaria Ordenanza Nº 371-MML, así como las áreas de protección de la Zona Arqueológica “San Juan de Pariachi”, establecidas por el Instituto Nacional de Cultura. Artículo Cuarto.- Asignar la Zonifi cación de Otros Usos – (OU Planta la Atarjea) al área del antes denominado Parque Zonal Nº 16 – “Pachacútec” del distrito de El Agustino y recomendar que ésta sea tratada con arborización progresivamente, a fi n de proteger el medio ambiente de las poblaciones asentadas en sus proximidades. Artículo Quinto.- Disponer que el Instituto Metropolitano de Planifi cación de la Municipalidad Metropolitana de Lima, incorpore en el Plano de Zonifi cación de los distritos respectivos, las modifi caciones de zonifi cación de usos del suelo aprobadas en la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. En Lima, a los 18 días del mes de noviembre de 2008.LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 280569-1 Aprueban Reglamento para la Administración de la Zona Monumental del distrito de Pueblo Libre ORDENANZA N° 1192 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA; POR CUANTO EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA; Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 13 de noviembre del 2008, el Dictamen Nº 234-2008-MML-CMDUVN de la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura; Aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO PARA LA ADMINISTRACIÓN DE LA ZONA MONUMENTAL DEL DISTRITO DE PUEBLO LIBRE Artículo Primero.- ÁMBITO DE APLICACIÓNLa presente Ordenanza es de aplicación en el área declarada como Zona Monumental del distrito de Pueblo Libre por el Instituto Nacional de Cultura, cuya delimitación fue aprobada mediante la Resolución Directoral Nacional Nº 573/INC del 18 de abril del 2008, publicada en el Diario El Peruano el 7 de junio del 2008. Artículo Segundo.- APROBACIÓN DEL REGLAMENTO Aprobar el Reglamento para la Administración de la Zona Monumental del distrito de Pueblo Libre, elaborado por la Municipalidad de Pueblo Libre y aprobado mediante la Resolución Directoral Nacional Nº 831/INC de fecha 24 de junio del 2008, en cumplimiento de lo señalado en el Artículo 6º y la Disposición Final Segunda de la Ordenanza Nº 1017-MML, el mismo que consta de 141 Artículos, 2 Disposiciones Transitorias, 5 Disposiciones Finales y 3 Planos, que se detallan a continuación: Plano P-01: Delimitación de la Zona Monumental de Pueblo Libre Plano P-02: Delimitación de Zonas de Tratamiento Plano P-03: Alturas máximas de Edifi cación Artículo Tercero.- APROBACIÓN DE ANEXOS Aprobar los Anexos del Reglamento de la Zona Monumental del distrito de Pueblo Libre siguientes: Anexo Nº 01-A.- Indice de Usos para la Ubicación de Actividades Urbanas en la Zona Monumental de Pueblo Libre - Zona de Tratamiento ZT-1. Anexo Nº 01-B.- Indice de Usos para la Ubicación de Actividades Urbanas en la Zona Monumental de Pueblo Libre - Zona de Tratamiento ZT-2. Anexo Nº 02.- Especifi caciones Normativas de la Zonifi cación por Zonas de Tratamiento para la Zona Monumental del distrito de Pueblo Libre. DISPOSICIONES FINALESPrimera.- El Reglamento para la Administración de la Zona Monumental del distrito de Pueblo Libre; los Planos de Delimitación de la Zona Monumental (P-01), de Delimitación de las Zonas de Tratamiento (P-02) y de Alturas Máximas de Edifi cación (P-03); el Índice de Usos para la Ubicación de Actividades Urbanas de las Zonas de Tratamiento 1 y 2 (Anexos 01-A y 01-B) y las Especifi caciones Normativas de la Zonifi cación por Zonas de Tratamiento (Anexo 02), serán publicados en el portal electrónico de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe). Segunda.- Encargar al Instituto Metropolitano de Planifi cación de la Municipalidad Metropolitana de Lima que incorpore en el Plano de Zonifi cación de Lima Metropolitana correspondiente a Pueblo Libre, la nueva delimitación de la Zona Monumental del distrito de Pueblo Libre. Tercera.- Extiéndase la vigencia de Parámetros Urbanísticos y edifi catorios y/o licencias de obra otorgados antes de la presente Ordenanza hasta 180 días después de la publicación de la misma; vencido dicho plazo se aplicará en toda su extensión la presente Ordenanza. Cuarta.- Deróguese cualquier otra Norma y/o Disposición que se oponga a la presente Ordenanza. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.En Lima, a los 18 días del mes de noviembre de 2008.LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 280570-1Descargado desde www.elperuano.com.pe