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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2008 (30/09/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 136

TEXTO PAGINA: 35

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 30 de setiembre de 2008 380553 Aprueban la Formalización de los Créditos Suplementarios del II Trimestre del año fiscal 2008, en el Presupuesto Consolidado de las Empresas y Organismos Públicos Descentralizados de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales DECRETO SUPREMO Nº 117-2008-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el numeral 42.3 del artículo 42º de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, señala que la Dirección Nacional del Presupuesto Público propone el proyecto de Decreto Supremo que aprueba las modi fi caciones al Presupuesto Consolidado de las Empresas y Organismos Públicos Descentralizados de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; Que, el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 196- 2007-EF, establece, entre otros aspectos, que las modi fi caciones al Presu puesto Consolidado de las Empresas y Organismos Públicos Descentralizados de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales se aprueban en períodos trimestrales mediante Decreto Supremo, conforme a los procedimientos establecidos en el Texto Ordenado de la Directiva Nº 004-2007-EF/76.01, “Directiva para la Ejecución del Presupuesto de las Entidades de Tratamiento Empresarial”, aprobado por la Resolución Directoral Nº 014-2008-EF/76.01; Que, en consecuencia es necesario aprobar la formalización de los Créditos Suplementarios del II Trimestre del año fi scal 2008, en el Presupuesto Consolidado de las Empresas y Organismos Públicos Descentralizados de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; y, De conformidad con el numeral 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú, el numeral 42.3 del artículo 42º de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 196-2007-EF y los artículos 25º (modi fi cado por el artículo 3º del Anexo Modi fi catorias y Derogatorias de la Resolución Directoral Nº 014-2008-EF/76.01), 26º y 27º del Texto Ordenado la Directiva Nº 004-2007-EF/76.01 aprobado por la Resolución Directoral Nº 014-2008-EF/76.01. DECRETA: Artículo 1º.- Objeto Apruébase, en el Presupuesto Consolidado de las Empresas y Organismos Públicos Descentralizados de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales correspondiente al año fi scal 2008, la formalización de los Créditos Suplementarios del II Trimestre del citado Año Fiscal por la suma de NOVENTA Y OCHO MILLONES NOVENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 98 092 485,00), de acuerdo al siguiente desagregado: (En Nuevos Soles) INGRESOSFuentes de Financiamiento2 Recursos Directamente Recaudados 40 021 340,00 3 Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito 3 320 555,00 4 Donaciones y Transferencias 54 750 590,00 ____________ TOTAL INGRESOS 98 092 485,00 ============ (En Nuevos Soles) EGRESOSCategorías del Gasto5 Gastos Corrientes 17 873 936,006 Gastos de Capital 80 218 549,00 _____________ TOTAL EGRESOS 98 092 485,00 ============ Artículo 2º.- Desagregado del Presupuesto Consolidado El desagregado de los montos aprobados en el artículo precedente, a nivel de Empresa y Organismo Público Descentralizado de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, se detallan en los Anexos que forman parte de la presente norma legal, de acuerdo a lo siguiente: Descripción Anexo Distribución del Ingreso de las Empresas y Organismos Públicos Descentralizados de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales por Fuentes de Financiamiento Anexo Nº I Distribución del Egreso de las Empresas y Organismos Públicos Descentralizados de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales por Fuentes de Financiamiento y Grupo Genérico de Gasto Anexo Nº II Distribución del Egreso de las Empresas y Organismos Públicos Descentralizados de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales por Grupo Genérico de Gasto – Recursos Públicos Anexo Nº III Distribución del Egreso de las Empresas y Organismos Públicos Descentralizados de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales por Grupo Genérico de Gasto – Recursos Directamente Recaudados Anexo Nº III-1 Distribución del Egreso de las Empresas y Organismos Públicos Descentralizados de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales por Grupo Genérico de Gasto – Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito Anexo Nº III-2 Distribución del Egreso de las Empresas y Organismos Públicos Descentralizados de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales por Grupo Genérico de Gasto – Donaciones y Transferencias Anexo Nº III-3 Artículo 3º.- Plazo de Aprobación y Presentación del Presupuesto de Apertura considerado en la Formalización de Créditos Suplementarios Las Entidades que por aplicación de la formalización de los Créditos Suplementarios señalada en el artículo 1º, les corresponda la aprobación de sus Presupuestos Institucionales de Apertura para el Año Fiscal 2008, deberán desagregarlo a nivel de fuente de fi nanciamiento y categoría del gasto y autorizarlo mediante Resolución del Titular de la Entidad, dentro de los (05) días hábiles posteriores a la vigencia del presente Decreto Supremo. Copia de la citada resolución, así como de los formatos y anexos de aprobación, visados por el Titular de la Entidad y el Jefe de la O fi cina de Presupuesto son presentados a la Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República del Congreso de la República, a la Contraloría General de la República y a la Dirección Nacional del Presupuesto Público, dentro de los cinco (05) días posteriores a su aprobación. Artículo 4º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintinueve días del mes de setiembre del año dos mil ocho. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República LUIS M. VALDIVIESO M. Ministro de Economía y Finanzas