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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 3 de julio de 2009 398497 y concesiones de obras públicas de infraestructura y de servicios públicos; De conformidad con el inciso 19) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú y el numeral 2) del artículo 11 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; y, Con cargo de dar cuenta al Congreso de la República; DECRETA: Artículo 1.- Declaratoria de estado de emergencia Declárese en estado de emergencia, de acuerdo a lo establecido en el artículo 54 de la Ley General de Servicios de Saneamiento, Ley N° 26338, la infraestructura para la prestación de los servicios de saneamiento, por el término de seis (6) meses, contados a partir de la entrada en vigencia de la presente norma, de la zona denominada Taboada, ubicada en la Provincia Constitucional del Callao. Artículo 2.- Acciones a ejecutarse en el marco de la emergencia El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a través del Comité que deberá crear en el marco de las disposiciones establecidas en el Decreto Legislativo N° 1012, que aprueba la Ley Marco de Asociaciones Público - Privadas para la Generación de Empleo Productivo y Dicta Normas para la Agilización de los Procesos de Promoción de la Inversión Privada, dirigirá el proceso de promoción de la inversión privada de la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales de la zona denominada Taboada, ubicada en la Provincia Constitucional del Callao. El mencionado Comité, podrá avocarse al conocimiento del proceso encargado a PROINVERSIÓN en el estado en que se encuentre, atribuyéndosele las facultades conferidas en el artículo 7 del Reglamento del Texto Único Ordenado de las normas con rango de ley que regulan la entrega en concesión al Sector Privado de las obras públicas de infraestructura y de servicios públicos, aprobado por Decreto Supremo N° 060-96-PCM, pudiendo suspender, cancelar, retrotraer, dejar sin efecto todo o parte del proceso o dictar cualquier otra medida que permita su correcta ejecución. Artículo 3.- Alcances del Decreto de Urgencia N° 047-2008 Declarar de necesidad nacional y de ejecución prioritaria por parte del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el proceso de promoción de la inversión privada vinculado con la concesión de la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales Taboada, aplicándosele los alcances del Decreto de Urgencia N° 047-2008, dentro del plazo a que se hace referencia en el artículo primero, en lo que resulte pertinente. En tal sentido, podrán aplicarse los reglamentos y procedimientos para contratar, elaborados dentro del marco del citado decreto de urgencia. Artículo 4.- Vigencia El presente decreto de urgencia entra en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 5.- Refrendo El presente decreto de urgencia será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por los Ministros de Economía y Finanzas y de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dos días del mes de julio del año dos mil nueve. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República YEHUDE SIMON MUNARO Presidente del Consejo de Ministros JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Ministro de Educación Encargado del Despacho del Ministerio de Economía y Finanzas FRANCIS ALLISON OYAGUE Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 367909-1 PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Autorizan viaje de funcionarios de INDECOPI para participar en la Segunda Ronda de Negociaciones del Acuerdo de Asociación Económica entre Perú y Japón RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 137-2009-PCM Lima, 2 de julio de 2009 Vista la Carta Núm. 162-2009/GEG-INDECOPI del Gerente General del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI; y, CONSIDERANDO: Que, del 6 al 10 de julio de 2009 en la ciudad de Tokio, Japón, se llevará a cabo la Segunda Ronda de Negociaciones del Acuerdo de Asociación Económica entre Perú y Japón; Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo solicitó al INDECOPI la designación de funcionarios para que participen en las reuniones de la referida Ronda de Negociaciones, a fi n de que brinden apoyo técnico en las áreas de Propiedad Intelectual y Competencia; Que, el INDECOPI ha designado al Secretario Técnico de la Sala de Propiedad Intelectual del Tribunal de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual y al Secretario Técnico de la Comisión de Defensa de la Libre Competencia, para brindar el apoyo técnico requerido en las negociaciones de las áreas de Propiedad Intelectual y Competencia respectivamente; Que, los gastos en los que incurran los funcionarios por concepto de pasajes aéreos, viáticos y tarifa única por uso de aeropuerto para la participación en la citada reunión serán asumidos por el INDECOPI; De conformidad con la Ley Núm. 29289, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, Ley Núm. 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo Núm. 047-2002-PCM y el Reglamento de Organizaciones y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros aprobado mediante Decreto Supremo Núm. 063-2007- PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de los señores Flavio Núñez Echaíz, Secretario Técnico de la Sala de Propiedad Intelectual del Tribunal de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual del INDECOPI, del 4 al 9 de julio de 2009 y Miguel Ángel Luque Oyarce, Secretario Técnico de la Comisión de Defensa de la Libre Competencia del INDECOPI, del 7 al 11 de julio de 2009, a la ciudad de Tokio, Japón, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos de viaje para la participación en la citada reunión, serán cubiertos por el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI, de acuerdo al siguiente detalle: Flavio Núñez Echaíz Pasajes US$ 2 150,00 Viáticos US$ 1 040,00 Tarifa Única por Uso de Aeropuerto US$ 30,25 Miguel Ángel Luque Oyarce Pasajes US$ 2 250,00 Viáticos US$ 780,00 Tarifa Única por Uso de Aeropuerto US$ 30,25