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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2009 (28/09/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 3

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 28 de setiembre de 2009 403341 Que, por tal razón, la Secretaria General de PROMPERÚ ha solicitado que se autorice el viaje del señor David Abraham Edery Muñoz, quien presta servicios en la Subdirección de Promoción Comercial, a la ciudad de Santiago, para que realice la misión empresarial antes señalada; Que, la Ley Nº 29289, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, con algunas excepciones, entre ellas, los viajes que se efectúan para acciones de promoción de importancia para el Perú; De conformidad con la citada Ley Nº 29289, la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, y sus modificatorias, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y el Decreto Supremo Nº 009-2007-MINCETUR; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor David Abraham Edery Muñoz, a la ciudad de Santiago, República de Chile, del 4 al 9 de octubre de 2009, para que en representación de PROMPERÚ, lleve a cabo diversas acciones de promoción de exportaciones durante la misión empresarial mencionada en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución se efectuarán con cargo al Pliego Presupuestal 008 Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ, de acuerdo al siguiente detalle: - Viáticos (US$ 200,00 x 5 días) : US$ 1 000,00 - Tarifa Corpac : US$ 31,00 Artículo 3º.- Dentro de los quince días calendario siguientes a su retorno al país, el señor David Abraham Edery Muñoz, presentará a la Titular del Pliego Presupuestal de PROMPERÚ, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante el evento al que asistirá; asimismo, deberá presentar la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Artículo 4º.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Comercio Exterior y Turismo. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros MARTÍN PÉREZ MONTEVERDE Ministro de Comercio Exterior y Turismo 402848-4 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 135-2009-MINCETUR Lima, 27 de setiembre de 2009 Visto el Oficio Nº 431-2009-PROMPERU/ SG, de la Secretaria General de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ; CONSIDERANDO: Que, la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ, es un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, competente para proponer y ejecutar los planes y estrategias de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones; Que, en cumplimiento de sus funciones PROMPERÚ ha programado conjuntamente con catorce micro empresas del sector textil confecciones una Misión de Prospección Comercial y Tecnológica del Sector Textil para Holanda y Francia, a realizarse en las ciudades de Ámsterdam (Reino de los Países Bajos) y París (República de Francia), del 14 al 20 de octubre de 2009, con el objetivo de conocer el mercado europeo, sus exigencias y tendencias, para lo cual las empresas participantes visitarán centros y tiendas especializadas en diseño y moda y llevarán a cabo entrevistas con potenciales compradores europeos; Que, la prospección de mercados constituye el proceso básico de identifi cación de demandas y una herramienta para la promoción, gestión y desarrollo de la oferta exportable, permitiendo identifi car oportunidades y debilidades que podrían tener los productos ofertados, por lo que la Secretaria General de PROMPERÚ ha solicitado que se autorice el viaje de la señorita Mónica Chávez Camacho, quien presta servicios en la Subdirección de Servicios y Asistencia Empresarial, a las ciudades de Ámsterdam y París, para que participe en la misión de prospección comercial y tecnológica antes señalada; Que, la Ley Nº 29289, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, con algunas excepciones, entre ellas, los viajes que se efectúan para acciones de promoción de importancia para el Perú; De conformidad con la citada Ley Nº 29289, la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, y sus modificatorias, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y el Decreto Supremo Nº 009-2007-MINCETUR; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la señorita Mónica Chávez Camacho, a las ciudades de Ámsterdam (Reino de los Países Bajos) y París (República de Francia) del 11 al 21 de octubre de 2009, para que en representación de PROMPERÚ participe en la misión de prospección comercial a que se refi ere la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución se efectuarán con cargo al Pliego Presupuestal 008 Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ, de acuerdo al siguiente detalle: - Viáticos (US$ 260.00 x 9 días) : US$ 2 340,00 - Pasajes aéreos : US$ 1 335,00 - Tarifa Corpac : US$ 31,00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, la señorita Mónica Chávez Camacho, presentará a la Titular del Pliego Presupuestal de PROMPERÚ, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante misión de prospección realizada; asimismo, deberá presentar la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley.