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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 7 de marzo de 2010 415193 RAÚL ALEJANDRO QUISPE MEDINA Pasajes US $ 5 207.74 Viáticos US $ 1 200.00 Tarifa Única por Uso de Aeropuerto US $ 31.00 -------------------- Total US $ 6 438.74 Artículo 3°.- El cumplimiento de la presente Resolución Suprema no otorga derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 4°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, los referidos funcionarios deberán presentar al Ministro de Agricultura un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Agricultura. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros ADOLFO DE CÓRDOVA VÉLEZ Ministro de Agricultura 465354-3 Plaguicidas químicos de uso agrícola registrados en el mes de enero de 2010 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 020-2010-AG-SENASA-DIAIA La Molina, 25 de febrero del 2010 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con lo dispuesto por el Artículo 17º del Decreto Ley Nº 25902, Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura, se creó el Servicio Nacional de Sanidad Agraria (SENASA) como encargado de desarrollar y promover la participación de la actividad privada para la ejecución de los planes y programas de prevención, control y erradicación de plagas y enfermedades que inciden con mayor signifi cación socioeconómica en la actividad agraria; siendo a su vez, el ente responsable de cautelar la seguridad sanitaria del agro nacional; Que, conforme con lo señalado por el Artículo 5º del Reglamento de Organización y Funciones del SENASA, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2005-AG, el SENASA tiene entre otras funciones y atribuciones, las de conducir y mantener el sistema de registro y actividades post-registro de insumos agropecuarios; Que, el Reglamento de Organización y Funciones del SENASA, establece que la Dirección de Insumos Agropecuarios e Inocuidad Agroalimentaria tiene a su cargo, entre otras a la Subdirección de Insumos Agrícolas; Que, por Decreto Supremo N° 016-2000-AG, se aprueba el Reglamento para el Registro y Control de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola, disponiendo en su Artículo 53° que el SENASA publicará mensualmente la relación de plaguicidas químicos de uso agrícola registrados en el mes anterior; Que, la Tercera Disposición Transitoria del Reglamento acotado menciona que en tanto no se disponga de reglamentación específi ca para el registro y control de productos biológicos se aplicarán las disposiciones del referentes al registro de éstos, contenidas en el Decreto Supremo N° 15-95-AG; Que, el Artículo 12º del Reglamento sobre el Registro, Comercialización y Control de Plaguicidas Agrícolas y Sustancias Afi nes, aprobado con Decreto Supremo Nº 15- 95-AG, y actualmente aplicable sólo para el registro de los productos biológicos formulados, señala que el SENASA publicará mensualmente la relación de plaguicidas registrados en el mes anterior; Que, mediante Memorándum Nº 635-2010-AG- SENASA-DIAIA-SDIA de fecha 4 de febrero del 2010, la Subdirección de Insumos Agrícolas ha remitido el listado de productos químicos de uso agrícola registrados en el mes de enero del 2010; indicando además que no se registraron productos biológicos de uso agrícola en el mes de enero del 2010; De conformidad con el Decreto Supremo N° 016- 2000 y modifi catorias, el Decreto Supremo N° 15-95-AG y modifi catoria y el Decreto Supremo Nº 008-2005-AG; y con los vistos buenos del Director General de la Ofi cina de Asesoría Jurídica y del Director de la Subdirección de Insumos Agrícolas; SE RESUELVE: Artículo Único.- Disponer la publicación en el Diario Ofi cial El Peruano de los plaguicidas químicos de uso agrícola registrados en el mes de enero del 2010, según la siguiente relación: Nº Registro PQUA Nombre comercial Nombre común (ISO) Clase Origen Titular del registro 230-SENASA Fullrice 600 EC Butachlor Herbicida Ecuador Química Suiza S.A. 231-SENASA DK-Dikarb Aldicarb Nematicida Singapur Drokasa Perú S.A. 232-SENASA Cirosan 75 WP Cyromazine Insecticida China Aris Industrial S.A. 233-SENASA Orion 25 EW Tebuconazole Fungicida China/Perú Farmex S.A. 234-SENASA Ataque 80% PM Fosetyl aluminium Fungicida China Agroseguro S.R.L. 235-SENASA Verdugo 60 EC Butachlor Herbicida Perú Aris Industrial S.A. 236-SENASA Aikido 50 EC Lambda cyhalothrin Insecticida China Helm del Perú S.A.C. 237-SENASA Imidamin Imidacloprid Insecticida China Agro Klinge S.A. 238-SENASA Scar 400 EC Pendimethalin Herbicida China Neo Agrum S.A.C. 239-SENASA Vivando SC Metrafenone Fungicida España Basf Peruana S.A. 240-SENASA Sensei 350 SC Imidacloprid Insecticida China Aris Industrial S.A. 241-SENASA Trymex 25 EC Cypermethrin Insecticida Venezuela Comercial Andina Industrial S.A. 242-SENASA Quimiamina 720 SL 2,4-D Herbicida Ecuador Química Suiza S.A. 243-SENASA Etofi n 10 SC Ethaboxam Fungicida Corea Sumitomo Corporation del Perú S.A. 244-SENASA Abatina 1.8 EC Abamectin Insecticida China Pineral Andina S.A. 245-SENASA Nemate Oxamyl Nematicida China Neo Agrum S.A.C. 246-SENASA Fungistop 250 EC Difenoconazole Fungicida Ecuador Química Suiza S.A. 247-SENASA Amauta 240 SL Oxamyl Insecticida China Aris Industrial S.A. 248-SENASA Quimifuran 48 SC Carbofuran Insecticida China Química Suiza S.A. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN LUIS ALBERTO UGAZ APAESTEGUI Director General (e) Insumos Agropecuarios e Inocuidad Agroalimentaria 464836-1