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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2010 (09/11/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 11

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 9 de noviembre de 2010 428823 VISTA; la carta de renuncia de fecha 05 de noviembre de 2010, presentada por el Sr. Marco Aurelio Fernández Chirinos; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Jefatural Nº 064-2010- FONDEPES del 06 de mayo de 2010 se designó al Sr. Marco Aurelio Fernández Chirinos, como Jefe de la Ofi cina General de Administración del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero-FONDEPES; Que, el referido funcionario ha presentado renuncia al cargo que venía desempeñando, por lo que corresponde dictar el acto administrativo por el cual se acepte dicha renuncia. De conformidad a lo previsto por el artículo 3º de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de Funcionarios Públicos y el artículo 10º literal l) del Decreto Supremo Nº 003-2010-PRODUCE que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del FONDEPES; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar la renuncia del Sr. MARCO AURELIO FERNANDEZ CHIRINOS al cargo de Jefe de la Ofi cina General de Administración del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero-FONDEPES, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese, CARLOS ROBERTO CARDOZA MAURTUA Jefe 564630-1 RELACIONES EXTERIORES Ratifican el Acuerdo para el Establecimiento de un Mecanismo de Cooperación en Materia de Representación Diplomática con el Ecuador DECRETO SUPREMO Nº 119-2010-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el Acuerdo para el Establecimiento de un Mecanismo de Cooperación en Materia de Representación Diplomática con el Ecuador, fue formalizado mediante intercambio de Notas, Nota RE Nº GAB 6-12/93 del Ministro de Relaciones Exteriores de la República del Perú, del 24 de agosto de 2010, en la ciudad de Lima, República del Perú y Nota 20.610 GM/SRB/DGRFP del Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración de la República del Ecuador, del 24 de agosto de 2010, en la ciudad de Quito, República del Ecuador; Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratifi cación del citado instrumento internacional; Que, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 57º y 118º inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el artículo 2º de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la República para celebrar y ratifi car Tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase el Acuerdo para el Establecimiento de un Mecanismo de Cooperación en Materia de Representación Diplomática con el Ecuador, formalizado mediante intercambio de Notas, Nota RE Nº GAB 6-12/93 del Ministro de Relaciones Exteriores de la República del Perú, del 24 de agosto de 2010, en la ciudad de Lima, República del Perú y Nota 20.610 GM/SRB/DGRFP del Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración de la República del Ecuador, del 24 de agosto de 2010, en la ciudad de Quito, República del Ecuador. Artículo 2º.- Dése cuenta al Congreso de la República. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los ocho días del mes de noviembre del año dos mil diez. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 564776-2 Ratifican el “Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República de Indonesia sobre Cooperación Técnica y Económica” DECRETO SUPREMO Nº 120-2010-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el “Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República de Indonesia sobre Cooperación Técnica y Económica”, fue suscrito el 9 de abril de 2010, en la ciudad de Lima, República del Perú; Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratifi cación del citado instrumento internacional; Que, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 57º y 118º inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el artículo 2º de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la República para celebrar y ratifi car tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase el “Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República de Indonesia sobre Cooperación Técnica y Económica”, suscrito el 9 de abril de 2010, en la ciudad de Lima, República del Perú. Artículo 2º.- Dése cuenta al Congreso de la República. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los ocho días del mes de noviembre del año dos mil diez. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 564776-3 Ratifican el “Convenio Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales” DECRETO SUPREMO Nº 121-2010-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el “Convenio Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales”, fue adoptado el 2 de diciembre de 1961, en la ciudad de París, República Francesa y revisado el 10 de noviembre de 1972, el 23 de