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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 3 de agosto de 2011 447874 de la presente resolución funcionan en el ámbito de la Autoridad Administrativa del Agua V Jequetepeque – Zarumilla continuarán prestando servicios como sedes administrativas de las Administraciones Locales de Aguas que se están creando mediante la presente resolución de acuerdo al siguiente detalle: Administración Local de Agua Sede Administrativa Denominación de la Sede Administrativa Ubicación de la sede administrativa Órgano Desconcentrado con anterioridad a la presente resolución Jequetepeque–Zaña Alto Jequetepeque Chilete ALA Jequetepeque Jequetepeque San Pedro de Lloc Zaña Zaña ALA Zaña Chancay–Lambayeque Santa Cruz Santa Cruz ALA Chancay- Lambayeque Chancay Chiclayo Motupe–Olmos La Leche Illmo ALA Motupe - Olmos La Leche Motupe Motupe Piura Alto Piura Chulucanas ALA Alto Piura - Huancahuamba Medio y Bajo Piura Piura ALA Medio y Bajo Piura Chira San Lorenzo Tambo Grande, C.P Cruceta ALA San Lorenzo Ayabaca Ayabaca Chira Sullana ALA Chira Tumbes Zarumilla Zarumilla ALA Tumbes Tumbes Tumbes Artículo 3º.- Procedimientos en trámite Las Administraciones Locales de Agua que se están creando mediante la presente resolución asumirán los procedimientos en trámite que les corresponda de acuerdo a su ámbito jurisdiccional sin retrotraer etapas ni suspender plazos. Artículo 4º.- Publicación en el Portal Institucional Publíquese, en la página web de la Autoridad Nacional del Agua, la propuesta técnica elaborada por la Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos, que forma parte integrante de la presente resolución y sirve de sustento para la creación y delimitación de las Administraciones Locales de Agua de la Autoridad Administrativa del Agua V Jequetepeque – Zarumilla. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER FRANCISCO CARRASCO AGUILAR Jefe Autoridad Nacional del Agua 672736-1 Aprueban creación y delimitación de las Administraciones Locales de Agua de la Autoridad Administrativa del Agua I Caplina - Ocoña RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 505-2011-ANA Lima, 1 de agosto de 2011 VISTO: El Memorando Nº 556-2011-ANA-DCPRH/PLA de la Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos, mediante el cual presenta la propuesta técnica que sustenta la creación y delimitación de las Administraciones Locales de Agua de la Autoridad Administrativa del Agua I Caplina – Ocoña; y CONSIDERANDO: Que, según el artículo 17º de la Ley de Recursos Hídricos, Ley Nº 29338, la Autoridad Nacional del Agua cuenta con Autoridades Administrativas del Agua como órganos desconcentrados, que a su vez tienen Administraciones Locales de Agua, a través de los cuales ejerce presencia a nivel nacional; Que, según el artículo 23º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2010-AG, los ámbitos territoriales de las Administraciones Locales de Agua son aprobados mediante Resolución Jefatural de la Autoridad Nacional del Agua; Que, con Resolución Jefatural Nº 546-2009-ANA, ratifi cada por la Sétima Disposición Complementaria Final del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, se aprobó la delimitación de los ámbitos territoriales de las Autoridades Administrativas del Agua, entre ellas la Autoridad Administrativa del Agua I Caplina – Ocoña; Que, estando a lo opinado por la Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos con el documento del visto, corresponde aprobar la creación y delimitación del ámbito territorial de las Administraciones Locales de Agua de la Autoridad Administrativa del Agua I Caplina - Ocoña; Con los vistos de la Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos, la Dirección de Administración de Recursos Hídricos, la Ofi cina de Asesoría Jurídica, la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto y de la Secretaría General; y, De conformidad con lo dispuesto en el artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 006-2010-AG. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Creación y delimitación de las Administraciones Locales de Agua de la Autoridad Administrativa del Agua I Caplina – Ocoña Aprobar la creación y delimitación de los ámbitos territoriales de las Administraciones Locales de Agua de la Autoridad Administrativa del Agua I Caplina – Ocoña, conforme al mapa anexo y cuadro siguiente: Cód. Autoridad Administrativa del Agua Administración Local de Agua (ALA) Área (Km2) % AAA I Caplina - Ocoña 1 Caplina – Locumba 18,153.70 19.49 2 Moquegua – Tambo 19,893.50 21.36 3 Quilca – Chili 13,817.40 14.84 4 Camaná – Colca 18,820.50 20.21 5 Ocoña 22,445.20 24.10 Total 93,130.30 100.00 Artículo 2º.- Ofi cinas Los órganos desconcentrados de la Autoridad Nacional del Agua que a la fecha de entrada en vigencia de la presente resolución funcionan en el ámbito de la Autoridad Administrativa del Agua I Caplina – Ocoña continuarán prestando servicios como sedes administrativas de las Administraciones Locales de Aguas que se están creando mediante la presente resolución de acuerdo al siguiente detalle: Administración Local de Agua Sede Administrativa Denominación de la Sede Administrativa Ubicación de la sede administrativa Órgano Desconcentrado con anterioridad a la presente resolución Caplina – Locumba Tacna Tacna ALA Tacna Candarave Candarave ALA Locumba Sama Moquegua – Tambo Alto Tambo Omate ALA Tambo Alto Tambo Tambo La Curva Moquegua Moquegua ALA Moquegua Quilca - Chili Chili Arequipa ALA Chili Camaná – Colca Chivay Chivay ALA Colca Siguas Chivay Pedregal Pedregal Camaná Camaná ALA Camaná Majes Ocoña Pausa Pausa ALA Ocoña Pausa Cotahuasi Cotahuasi Ocoña Ocoña Artículo 3º.- Procedimientos en trámite Las Administraciones Locales de Agua que se están creando mediante la presente resolución asumirán los procedimientos en trámite que les corresponda de acuerdo a su ámbito jurisdiccional sin retrotraer etapas ni suspender plazos.