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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2011 (19/12/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 12

TEXTO PAGINA: 8

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 19 de diciembre de 2011 455138 LUZ MENDOZA NAVARRO por su notable y valiosa contribución a la organización y conservación del Patrimonio Documental de la Nación, a la creación de conciencia acerca de la importancia del mismo, al desarrollo del Archivo General de la Nación, a la implementación y consolidación del Sistema Nacional de Archivos y a la enseñanza e investigación académica en Archivística. Artículo Segundo.- Notifi car la presente Resolución al interesado y publicarla en el Diario Ofi cial “El Peruano”, trámites que estarán a cargo de la Ofi cina de Administración Documentaria y de la Ofi cina Técnica Administrativa (a través de la Ofi cina de Abastecimiento), respectivamente. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSEPH DAGER ALVA Jefe Institucional 729731-10 INSTITUTO NACIONAL DE SALUD Designan Asesora del Instituto Nacional de Salud RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 370-2011-J-OPE/INS Lima, 16 de diciembre de 2011 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de confi anza de Asesor II, Nivel F-4 del Instituto Nacional de Salud; Que, resulta conveniente proceder a la designación del profesional que ocupe el puesto de confi anza a que se hace referencia en el considerando precedente a fi n de garantizar la continuidad del servicio y normal desarrollo de las actividades institucionales; Con el visto bueno de la Sub Jefa y la Directora General de Asesoría Jurídica del Instituto Nacional de Salud; y, De conformidad con lo establecido en el numeral 17.1 del artículo 17 de la Ley 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, el artículo 77º del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y en los artículos 3º y 7º de la Ley Nº 27594, Ley que regula la Participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos; y, En uso de las atribuciones establecidas en el artículo 12º del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Salud, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2003-SA; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar con efi cacia anticipada al 01 de diciembre de 2011, a la CPC. Elizabeth Ojeda Alegría, en el cargo de Asesor II, Nivel F-4 del Instituto Nacional de Salud. Artículo 2º.- Encargar a la Ofi cina General de Información y Sistemas la actualización del Directorio Institucional que aparece en la página web en atención a lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo 3º.- Remitir copia de la presente Resolución a todas las Unidades orgánicas de la Institución, al personal comprendido y a su legajo personal. Regístrese, comuníquese y publíquese. PERCY LUIS MINAYA LEÓN Jefe 730080-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS SUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES Aprueban difusión del proyecto de las “Normas Sobre la Presentación de Estados Financieros Auditados por Parte de Sociedades o Entidades a las que se refiere el Artículo 5º de la Ley Nº 29720” RESOLUCIÓN SMV Nº 009-2011-SMV/01 Lima, 15 de diciembre de 2011 CONSIDERANDO: Que, el artículo 5º de la Ley que Promueve las Emisiones de Valores Mobiliarios y Fortalece el Mercado de Capitales, aprobada mediante Ley Nº 29720, establece que las sociedades o entidades distintas a las que se encuentran bajo la supervisión de la Superintendencia del Mercado de Valores (SMV), cuyos ingresos anuales por venta de bienes o prestación de servicios o sus activos totales sean iguales o excedan a tres mil Unidades Impositivas Tributarias (UIT), deben presentar a dicha entidad sus estados fi nancieros auditados por sociedades de auditoría habilitadas por un colegio de contadores públicos en el Perú, conforme a las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) y sujetándose a las disposiciones y plazos que determine la SMV; Que, conforme a la citada Ley, corresponde a la SMV aprobar las disposiciones a las que deben sujetarse las empresas obligadas a presentar información fi nanciera, lo que implica entre otros aspectos, la atribución para determinar el alcance de la obligación, la fi jación de plazos para su remisión, los formatos que deberán utilizarse, la implementación de los mecanismos para el acceso al público y las sanciones en caso de que se detecte su inobservancia; a cuyo efecto se ha elaborado el proyecto de las “Normas Sobre la Presentación de Estados Financieros Auditados por Parte de Sociedades o Entidades a las que se Refi ere el Artículo 5º de la Ley Nº 29720”; Que, debido a que la obligación contenida en el artículo 5º de la referida norma es aplicable a sociedades o entidades distintas a las que se encuentran bajo la supervisión de la SMV, se considera necesario que además de difundirse el citado proyecto a través del Portal del Mercado de Valores Peruano (www.smv.gob.pe), se publique la presente resolución que autoriza su difusión en el Diario Ofi cial El Peruano; y, Estando a lo dispuesto en la Resolución CONASEV Nº 089-2006-EF/94.10, que aprueba la política de difusión previa de las normas de carácter general de la SMV, así como a lo acordado por el Directorio de la SMV, reunido en sesión de fecha 13 de diciembre de 2011; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la difusión del proyecto de las “Normas Sobre la Presentación de Estados Financieros Auditados por Parte de Sociedades o Entidades a las que se Refi ere el Artículo 5º de la Ley Nº 29720”, el mismo que consta de once (11) artículos, tres (3) disposiciones complementarias fi nales y una (1) disposición complementaria transitoria. Artículo 2º.- Disponer que el proyecto de las “Normas Sobre la Presentación de Estados Financieros Auditados por Parte de Sociedades o Entidades a las que se Refi ere el Artículo 5º de la Ley Nº 29720” se difunda en el Portal del Mercado de Valores (www.smv.gob.pe). Artículo 3º.- El plazo para que las personas interesadas puedan remitir a la Superintendencia del Mercado de Valores sus comentarios y observaciones sobre el proyecto de las “Normas Sobre la Presentación de Estados Financieros Auditados por Parte de Sociedades o Entidades a las que se Refi ere el Artículo 5º de la Ley Nº 29720” es de treinta (30) días hábiles contados a partir