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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2011 (27/09/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 12

TEXTO PAGINA: 9

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 27 de setiembre de 2011 450647 Distrito de Paiján, Provincia de Ascope, Corte Superior de Justicia de La Libertad, en Cuarta Sala Laboral con sede en Trujillo, de la referida Corte Superior. Artículo Segundo.- Facultar al Presidente de la Corte Superior de Justicia de La Libertad; así como a la Gerencia General del Poder Judicial, en cuanto sea de su competencia, adoptar las acciones y medidas administrativas que sean necesarias para el adecuado cumplimiento de la presente resolución. Artículo Tercero.- Transcríbase la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Ministerio de Justicia, Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, Ministerio Público, Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Corte Superior de Justicia de La Libertad; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. SS. CESAR SAN MARTÍN CASTRO ROBINSON O. GONZALES CAMPOS JORGE ALFREDO SOLÍS ESPINOZA LUÍS ALBERTO VÁSQUEZ SILVA DARÍO PALACIOS DEXTRE AYAR CHAPARRO GUERRA 695428-1 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 220-2011-CE-PJ Lima, 23 de agosto de 2011 VISTO: El Ofi cio Nº 1081-2011-CED-CSJLL/PJ, cursado por el Presidente del Consejo Ejecutivo Distrital de la Corte Superior de Justicia de La Libertad; y, CONSIDERANDO: Primero: Que, mediante Resolución Administrativa Nº 099-2011-CE-PJ, se prorrogó el funcionamiento del Tercer Juzgado de Paz Letrado de Trujillo, Distrito Judicial de La Libertad, hasta el 30 de setiembre del año en curso. Segundo: Que, al respecto, el Presidente del Consejo Ejecutivo Distrital de la Corte Superior de Justicia de La Libertad solicita a este Órgano de Gobierno la conversión y reubicación del referido órgano jurisdiccional, en Juzgado de Paz Letrado de Paiján, Provincia de Ascope, del mencionado Distrito Judicial. Tercero: Que, conforme lo establecido por Resolución Administrativa Nº 029-2008-CE-PJ, la fi nalidad de la Comisión Nacional de Descarga Procesal es de conducir el seguimiento y monitoreo del proceso de descarga procesal de los órganos jurisdiccionales transitorios y permanentes a nivel nacional y proponer al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial las acciones complementarias que permitan operativizar dicho proceso. En tanto, las Comisiones Distritales, tienen como fi nalidad monitorear el funcionamiento de los órganos jurisdiccionales transitorios y permanentes, a fi n de coadyuvar al logro del objetivo institucional, dando cuenta a la Comisión Nacional de Descarga Procesal, para cuyos fi nes serán aprobados los instrumentos normativos, lineamientos y procedimientos que optimicen el funcionamiento de dichos órganos jurisdiccionales materia de evaluación. Cuarto: Que, los numerales 24, 25 y 26 del artículo 82º, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determinan como funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, crear órganos jurisdiccionales, aprobar la modifi cación de sus ámbitos de competencia territorial, asimismo adoptar acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y efi ciencia. Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, en sesión ordinaria de la fecha, por unanimidad; RESUELVE: Artículo Primero.- Convertir y reubicar, a partir del uno de octubre del año en curso, el Tercer Juzgado de Paz Letrado Transitorio de Trujillo, Distrito Judicial de La Libertad, en Juzgado de Paz Letrado Transitorio de Paiján, Provincia de Ascope, de la mencionada Corte Superior, con competencia territorial en el Distrito de Paiján; prorrogándose su funcionamiento hasta el 31 de enero de 2012. Artículo Segundo.- Facultar al Presidente de la Corte Superior de Justicia de La Libertad; así como a la Gerencia General del Poder Judicial, en cuanto sea de su competencia, adoptar las acciones y medidas administrativas que sean necesarias para el adecuado cumplimiento de la presente resolución. Artículo Tercero.- Transcríbase la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Ministerio de Justicia, Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Comisión Nacional de Descarga Procesal, Corte Superior de Justicia de La Libertad; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. SS. CÉSAR SAN MARTÍN CASTRO ROBINSON O. GONZÁLES CAMPOS JORGE ALFREDO SOLÍS ESPINOZA LUÍS ALBERTO VÁSQUEZ SILVA DARÍO PALACIOS DEXTRE AYAR CHAPARRO GUERRA 695428-2 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 770-2011-P-CSJLI/PJ Mediante Ofi cio Nº 799-2011-RA-P-CSJLI/PJ, la Corte Superior de Justicia de Lima solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Administrativa Nº 770-2011- P-CSJLI/PJ, publicada en nuestra edición del día 24 de setiembre de 2011. DICE: …. Artículo Primero: DESIGNAR al doctor OSWALDO CÉSAR ESPINOZA LÓPEZ, Juez Titular del Trigésimo Juzgado Civil de Lima, como Juez Superior Provisional integrante de la Primera Sala Civil de Lima, a partir del 26 de setiembre del presente año, quedando conformado el colegiado de la siguiente manera: Primera Sala Civil de Lima: Dr. Ángel Henry Romero Zumaeta Presidente Dra. Emilia Bustamante Oyague (T) Dr. Oswaldo César Espinoza López (P) DEBE DECIR: …. Artículo Primero: DESIGNAR al doctor OSWALDO CÉSAR ESPINOZA LÓPEZ, Juez Titular del Trigésimo